Norma Legal Oficial del día 16 de Febrero del año 2013 (16/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

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Articulo 4.- Encargar a la Sub Gerencia de Ingenieria de MORDAZA, los trabajos de senalizacion horizontal y vertical de los espacios de la via publica indicados en el articulo 1º, asi como los articulos 2° y 3° de la presente resolucion, de acuerdo a su competencia. Articulo 5.- Encargar a la Sub Gerencia de Fiscalizacion de Transporte, la supervision y fiscalizacion y cumplimiento de la presente resolucion; de ser el caso, debera coordinar con la Policia Nacional de Peru encargada del control del MORDAZA de acuerdo a su competencia y facultades de tal manera que permita garantizar el cumplimiento y respeto del paradero autorizado, en cumplimiento de las normas vigentes. Articulo 6.- Notificar la presente resolucion a la parte interesada. Articulo 7.- Dispongase la publicacion de la presente resolucion en la pagina web de la Gerencia de Transporte MORDAZA www.gtu.munlima.gob.pe y en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA G. MORDAZA TERBULLINO Subgerente Subgerencia de Regulacion del Transporte Gerencia de Transporte MORDAZA

901518-4

Declaran improcedente solicitud de implementacion de paradero oficial de taxi en el distrito de Ate
RESOLUCION DE SUBGERENCIA Nº 719-2013-MML/GTU-SRT
MORDAZA, 31 de enero de 2013 VISTOS: El Expediente Nº 124085-2012 de fecha 05 de MORDAZA del 2012, mediante el cual el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita la implementacion de un Paradero Oficial de Taxi Amarillo; el Informe Nº 614-2012-MML/GTU-SETT del 30 de octubre de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo senalado por el numeral 1.6, articulo 81º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, es funcion especifica exclusiva de las municipalidades provinciales el normar, regular y controlar la circulacion de vehiculos menores motorizados o no motorizados, tales como taxis, mototaxis, triciclos y otros de similar naturaleza; Que, el numeral 7.7, del articulo 161º de la Ley Nº 27972, establece que es competencia especifica y exclusiva de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, regular la circulacion de vehiculos menores motorizados o no motorizados tales como taxis, mototaxis, triciclos y otros de similar naturaleza; Que, la Ordenanza Nº 196-MML publicada el 11 de enero de 1999, aprueba el Reglamento del Servicio de Taxi Metropolitano, estableciendo en el numeral 4 del articulo 5º que corresponde a la Municipalidad Metropolitana de Lima: "4) Autorizar la instalacion de Paraderos Oficiales del Servicio de Taxi Metropolitano en la provincia de Lima"; Que, el articulo 42º de la Ordenanza Nº 196-MML, establece la definicion de paradero oficial de taxi como la MORDAZA de la via publica tecnicamente calificada en la cual los vehiculos autorizados del servicio de taxi en la modalidad de taxi independiente pueden estacionarse temporalmente a la espera de pasajeros, constituyendo los paraderos oficiales de taxi "Zona Rigida" para todos aquellos vehiculos no senalados en dicho articulo; Que, el articulo 43º de la citada ordenanza senala que "la determinacion y ubicacion de los Paraderos Oficiales de Taxi sera autorizada y senalizada por la Municipalidad Metropolitana de Lima"; Que, la Ordenanza Nº 341-MML en su articulo 7º establece que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene a su cargo la ejecucion, mantenimiento, remodelacion, senalizacion horizontal y vertical, semaforizacion, ornato,

publicidad y mobiliario MORDAZA de las vias expresas, arteriales y colectoras del Sistema Vial Metropolitano, de los intercambios viales y de todas las vias colectoras; Que el Informe Nº 614-2012-MML/GTU-SETT del 30 de octubre del 2012, emitido por la Sub Gerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte, concluye declarar tecnicamente No Factible la instalacion de un Paradero Oficial de Taxi (Modalidad de Taxi Independiente) ubicado en la Via Auxiliar de Evitamiento Km. 03 distrito de Ate, por los siguientes motivos: a) La operatividad del paradero propuesto representaria un problema en la transitabilidad de la Via Auxiliar de Evitamiento al quedar reducida a un carril, siendo esta via de doble sentido (01 carril por sentido) con un ancho de calzada de 6.00 metros; b) Un espacio de la via auxiliar presenta obstaculos como el comercio ambulatorio, que genera inseguridad para los vecinos de la MORDAZA, por la maniobrabilidad de los taxis independientes e informales; c) El sentido de circulacion de la via auxiliar es de Norte ­ Sur y viceversa, considerando que no existe continuidad por ser una via cerrada por la infraestructura del intercambio Vial MORDAZA Prado; Que, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitucion, la Ley, y el Derecho, dentro de las facultades que le esten atribuidas y de acuerdo con los fines para los que fueron conferidos, conforme a lo dispuesto en el numeral 1.1 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, por lo expuesto y de conformidad con la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444; la Ordenanza Nº 1334-MML; la Ordenanza Nº 812-MML; el Informe Nº 614-2012-MML/GTU-SETT del 30 de octubre del 2012 y demas normas vigentes; SE RESUELVE: Articulo 1.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de implementacion de un Paradero Oficial de Taxi en la Via Auxiliar de Evitamiento Km. 03 distrito de Ate. Articulo 2.- Notificar la presente resolucion a la parte interesada. Articulo 3.- Dispongase la publicacion de la presente resolucion en la pagina web de la Gerencia de Transporte MORDAZA www.gtu.munlima.gob.pe y en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA G. MORDAZA TERBULLINO Subgerente Subgerencia de Regulacion del Transporte Gerencia de Transporte MORDAZA

901518-2

Declaran improcedente solicitud de implementacion de mobiliario MORDAZA en paradero oficial de taxi ubicado en el Cercado de MORDAZA
RESOLUCION DE SUBGERENCIA Nº 722 -2013-MML/GTU-SRT
MORDAZA, 31 de enero de 2013 VISTOS: El Documento Simple Nº 78247-2012 de fecha 26 de MORDAZA del 2012, mediante el cual la FEDERACION NACIONAL DE TAXI Y COLECTIVO "FENTAC" solicita la implementacion de mobiliario MORDAZA en el paradero Oficial de Taxi Amarillo; el Informe Nº569-2012-MML/GTU-SETT del 18 de octubre de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo senalado por el numeral 1.6, articulo 81º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, es funcion especifica exclusiva de las municipalidades provinciales el normar, regular y controlar la circulacion de vehiculos menores motorizados o no motorizados, tales como taxis, mototaxis, triciclos y otros de similar naturaleza;

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