Norma Legal Oficial del día 21 de Febrero del año 2013 (21/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

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Innovacion y Desarrollo, del Director General de Normatividad y Asuntos Juridicos y del Director General de Recursos y Servicios. Por tanto, el Presidente en uso de sus atribuciones. RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del MORDAZA Nacional de Elecciones, cuyo contenido se anexa a la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolucion N° 180-2012-P/JNE, del 27 de diciembre del 2012. Articulo Tercero.-Disponer la difusion de la presente Resolucion a todas las areas del MORDAZA Nacional de Elecciones. Articulo Cuarto.- Encargar a la Direccion de Registros, Estadistica y Desarrollo Tecnologico la publicacion del integro del Texto Unico de Procedimientos Administrativos en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas y en el MORDAZA de la Entidad. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente

MORDAZA desaprobo la solicitud de adhesion presentada por MORDAZA Yomer MORDAZA MORDAZA, y rechazo la solicitud de vacancia presentada por MORDAZA MORDAZA Ticona. Esta decision se materializo en el Acuerdo Municipal Nº 0106-2012-MDCGAL-CM, la misma que fue notificada a todos los miembros del mencionado concejo y a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no advirtiendose que se MORDAZA efectuado lo propio respecto a MORDAZA Yomer MORDAZA MORDAZA (ver folios 176 a 187). Cabe destacar que no se aprecia que MORDAZA Yomer MORDAZA MORDAZA MORDAZA sido convocado a la sesion extraordinaria MORDAZA mencionada (ver folios 126 a 137). Respecto a la apelacion El 26 de noviembre de 2012, MORDAZA MORDAZA MORDAZA apelo el Acuerdo Municipal Nº 0106-2012-MDCGAL-CM, en el extremo en que rechazo la solicitud de vacancia. CONSIDERANDOS 1. El procedimiento de vacancia de alcaldes y regidores de los concejos municipales esta compuesto por una serie de actos encaminados a demostrar la existencia o no de la comision de alguna de las causales senaladas en el articulo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y cuyo tramite se desenvuelve inicialmente en las municipalidades. Por ello mismo, debe estar revestido de las garantias propias de los procedimientos administrativos, mas aun si se trata de uno de MORDAZA sancionador, como en el presente caso, pues, de constatarse que se ha incurrido en alguna de las causales establecidas, se declarara la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor, a quienes se les retirara la credencial otorgada en su momento como consecuencia del MORDAZA electoral en el que fueron declarados ganadores. Dichas garantias a las que se ha hecho mencion no son otras que las que integran el debido procedimiento, siendo este uno de los principios de la que esta regida la potestad sancionadora de la Administracion Publica, conforme lo estipula el articulo 230 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante LPAG). Precisamente, el debido MORDAZA comporta, ademas de una serie de garantias de indole formal, el derecho a obtener una decision debidamente motivada, lo cual exige que la decision que se adopte en el procedimiento contemple el analisis de los hechos materia de discusion, asi como de las normas juridicas que resulten aplicables. Finamente, el articulo 10, numeral 1, de la LPAG, dispone que constituye un vicio que causa la nulidad del acto administrativo la contravencion a la Constitucion, a las leyes o a las normas reglamentarias. 2. En el presente caso se advierte que, con fecha 5 de noviembre de 2012, MORDAZA Yomer MORDAZA MORDAZA solicito ante el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, su adhesion a la solicitud de vacancia presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA en contra del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Velasquez. Dicha solicitud de adhesion fue tratada en la sesion extraordinaria llevada a cabo el 7 de noviembre de 2012, en la que el concejo en mencion decidio desaprobarla, lo que se plasmo, entre otros puntos, en el Acuerdo de Concejo Nº 01062012-MDCGAL-CM. Sin embargo, no se aprecia de la revision de los presentes autos que MORDAZA Yomer MORDAZA MORDAZA MORDAZA sido debidamente convocado a la sesion extraordinaria MORDAZA mencionada (ver folios 125 a 137). Asimismo, no se acredita que dicho solicitante MORDAZA sido notificado con el referido acuerdo de concejo (ver folios 176 a 187). De esta manera, el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al no convocar a MORDAZA Yomer MORDAZA MORDAZA a la sesion extraordinaria llevada a cabo el 7 de noviembre de 2012, y al no haber cumplido con notificarle el acuerdo que desaprobo su solicitud de adhesion, ha vulnerado su derecho de defensa, y, por ende, su derecho al debido procedimiento, incurriendo tal entidad municipal en un vicio que invalida la tramitacion del presente procedimiento de vacancia a partir de la MORDAZA de la referida solicitud de adhesion. Por esta razon, debe declararse nulo todo lo actuado hasta la MORDAZA de la solicitud de adhesion por parte de MORDAZA Yomer MORDAZA MORDAZA, a efectos de que se renueven los actos procesales a partir de la interposicion de dicha solicitud, por lo que el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA debe disponer la

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Declaran nulo lo actuado en procedimiento de declaratoria de vacancia seguido contra el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y devuelven los actuados al Concejo Distrital
RESOLUCION Nº 0016-2013-JNE
Expediente Nº J-2012-01611 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA TACNA - TACNA MORDAZA, diez de enero de dos mil trece. VISTO en audiencia publica del 10 de enero de 2013, el recurso de apelacion interpuesto en contra del Acuerdo Municipal Nº 0106-2012-MDCGAL-CM, que rechazo la solicitud de vacancia presentada contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Tacna, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 9, en concordancia con el articulo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES Respecto a la solicitud de vacancia MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con fecha 14 de setiembre de 2012, solicito la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber infringido la prohibicion de contratar sobre bienes municipales, alegando que habria otorgado asignaciones, aguinaldos y gratificaciones no contempladas en ley o MORDAZA alguna, a su favor y el de otros funcionarios municipales, ya que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 555-2011-MDCGAL, aprobo el acta final del pliego petitorio del ano 2012 del Sindicato de Trabajadores de la municipalidad. Con fecha 5 de noviembre de 2012, MORDAZA Yomer MORDAZA MORDAZA solicito ante el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA su adhesion a la solicitud de vacancia (detallada en el parrafo anterior) presentada por MORDAZA MORDAZA Ticona. Posicion del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA En sesion extraordinaria, de fecha 7 de noviembre de 2012, el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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