Norma Legal Oficial del día 21 de Febrero del año 2013 (21/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de febrero de 2013

Articulo 7º.- BENEFICIOS ADMINISTRATIVOS Las Personas que se acojan a la presente Ordenanza, obtendran los siguientes beneficios administrativos: a) EXONERACION del monto a pagar por concepto de derecho de tramite Administrativo por un monto de S/. 58.10 Nuevos Soles de acuerdo a la Ley 29090, su modificatoria y reglamento, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA aprobado por Ordenanza Nº 025-2003-MDPH del 28/08/2003 y publicada en el Diario Oficial El Peruano de fecha 20/09/2003. Articulo 8º.- BENEFICIOS ADICIONALES La presente Ordenanza, contempla asimismo, la entrega de placas numericas, las cuales seran instaladas por el Propietario en el frontis de los predios urbanos de la jurisdiccion del distrito de Punta Hermosa. Articulo 9º.- DEL PLAZO PARA ACOGERSE El plazo para acogerse a la presente Ordenanza es de noventa (90) dias habiles, contados desde el dia siguiente de su publicacion. Articulo 10º.- DE LAS SANCIONES En caso que los Propietarios y/o Posesionarios de los Inmuebles NO SE ACOJAN a la presente Ordenanza, se dispondra la aplicacion de la multa administrativa, ascendente al 10% de la UIT vigente. Articulo 11º.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion, en el Diario Oficial El Peruano.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
Primera.- Facultese al senor MORDAZA emitir las disposiciones reglamentarias necesarias para la ejecucion y cumplimiento de la presente Ordenanza, via Decreto de Alcaldia de considerarse necesario. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

902720-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Regulan monto de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del tributo y distribucion domiciliaria del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio 2013
ORDENANZA Nº 350-MSI
San MORDAZA, 8 de enero de 2013 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria del Concejo de la fecha, respecto a la absolucion del Requerimiento N° 004-07800000751 contenido en el Oficio N° 004090-00007640 de fecha 28 de diciembre de 2012, remitido por el Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA - SAT; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 74° de la Constitucion Politica del Peru reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica, y administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga la potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias y

derechos municipales; Que, en los Gobiernos Locales, el Concejo Municipal cumple la funcion normativa, de acuerdo a lo establecido en el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru; Que, del mismo modo el numeral 8) del articulo 9° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas; Que, el articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, senala que mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por ley; senalando que las Ordenanzas son normas de caracter general por medio de las cuales se regula las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa. Que, la Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, un monto no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1° de enero de cada ejercicio; Que, respecto a la absolucion del Requerimiento N° 004-078-00000751 contenido en el Oficio N° 00409000007640, la Gerencia de Administracion y Finanzas mediante Memorandum N° 1471-2012-0800-GAF/MSI del 28 de diciembre de 2012, remite el Informe Tecnico respecto de la determinacion del costo de la Emision Mecanizada de Carpetas para el ejercicio 2013, sustentando que el monto determinado en la Ordenanza N°348/MSI ha sido reajustado, debido a que actualmente el MORDAZA por el servicio de Courier para la notificacion de carpetas de liquidacion de tributos municipales 2013 ya cuenta con Buena Pro, conllevando ello a que el costo unitario por carpeta para el ejercicio 2013 pase de S/.5.44 a S/.5.87; asimismo, procede a sustentar y motivar en el referido Informe la subsanacion de las otras observaciones respecto a la estructura de costos; Que, en ese sentido, la Gerencia de Administracion Tributaria a traves del Memorandum N° 01-2013-1100GAT/MSI remite el proyecto normativo que fija la tasa anual del servicio de emision mecanizada para el ano 2013, dando cuenta que ha sido elaborado en observancia a los lineamientos estructurados por la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, existe la necesidad de establecer los montos que deberan abonar los contribuyentes por concepto de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del tributo y distribucion domiciliaria del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2013, que reflejen los resultados del costo individual informado por la Gerencia de Administracion y Finanzas; Que, a fin de determinar el referido Derecho es indispensable aprobar los MORDAZA de estructura de costos del servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos, incluida su distribucion a domicilio, asi como la estimacion de ingresos por la prestacion de dicho servicio a fin de establecer el monto que les corresponde abonar a los contribuyentes por dicho concepto; Que, conforme a lo MORDAZA expuesto resulta necesario fijar la tasa por concepto de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del tributo y distribucion domiciliaria del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2013, de acuerdo al costo que demanda la prestacion de este servicio para el presente ejercicio fiscal; Que, estando al Informe de la Gerencia de Asesoria Juridica N° 001-2013-0400-GAJ/MSI; Que, de acuerdo a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9° y el articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por MAYORIA; y con la dispensa del tramite de aprobacion de acta, aprobo la siguiente:

ORDENANZA QUE REGULA EL MONTO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DEL TRIBUTO Y DISTRIBUCION DOMICILIARIA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2013
Articulo Primero.- FIJAR en el monto de S/.5.87 (Cinco y 87/100 Nuevos Soles) la tasa por el servicio

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