Norma Legal Oficial del día 02 de Julio del año 2013 (02/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Martes 2 de MORDAZA de 2013

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POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, al primer dia del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 956689-1 FE DE ERRATAS LEY Nº 30048 Mediante Oficio Nº 528-2013-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Ley Nº 30048, publicada el 25 de junio de 2013. Pagina 497965 DICE: "Articulo 5. Modificacion del articulo 8 del Decreto Legislativo 997 (...) `Articulo 8.- Estructura organica 8.1 La estructura basica del Ministerio de Agricultura y Riego esta compuesta de la siguiente manera: a) Alta Direccion, conformada por el Ministro, el Viceministro de Politicas Agrarias, el Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y el Secretario General. Cuenta con un gabinete de asesores especializados para la conduccion estrategica de las politicas a su cargo y para la coordinacion con el Poder Legislativo. (...)'" DEBE DECIR: "Articulo 5. Modificacion del articulo 8 del Decreto Legislativo 997 (...) `Articulo 8.- Estructura organica 8.1 La estructura basica del Ministerio de Agricultura y Riego esta compuesta de la siguiente manera: a) Alta Direccion, conformada por el Ministro, el Viceministro de Politicas Agrarias, el Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego y el Secretario General. Cuenta con un gabinete de asesores especializados para la conduccion estrategica de las politicas a su cargo y para la coordinacion con el Poder Legislativo. (...)'" Pagina 497966 DICE: "Articulo 11.- Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego El Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria es la autoridad inmediata al Ministro en asuntos de su competencia y por encargo del Ministro tiene las siguientes funciones: (...)" DEBE DECIR: Articulo 11.- Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego El Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego es la autoridad inmediata al Ministro en asuntos de su competencia y por encargo del Ministro tiene las siguientes funciones: (...)" 956690-1

de las MYPE en las diversas entidades publicas, en los terminos siguientes: "Articulo 2.- Ambito de aplicacion de la Ley Se encuentran sujetas a la presente Ley las asociaciones de las MYPE, los comites de MYPE constituidos al interior de otras organizaciones gremiales y aquellas entidades publicas que actualmente cuentan con espacios de representacion para las MYPE. Asimismo, se encuentran dentro del alcance de esta Ley aquellas entidades que por su naturaleza, finalidad, ambito y competencia se encuentran vinculadas directamente con las tematicas de las MYPE y que, a la entrada en vigencia de esta Ley, no cuentan con el espacio de representacion respectivo. Articulo 9.- Oportunidad del MORDAZA electoral Los procesos electorales regulados por la presente Ley se realizan en un solo acto, a solicitud de las entidades publicas comprendidas bajo su ambito y en la oportunidad y modalidad que se establezca en el Reglamento" SEGUNDA. Modificacion de la trigesima MORDAZA disposicion complementaria final de la Ley 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 Modificase la trigesima MORDAZA disposicion complementaria y final de la Ley 29951 en los siguientes terminos: "TRIGESIMA SEGUNDA. Ampliase la vigencia del capitulo I del Decreto de Urgencia 058-2011, que dicta medidas urgentes y extraordinarias en materia economica y financiera para mantener y promover el dinamismo de la economia nacional, hasta el 31 de diciembre de 2016, a efecto de continuar con la contratacion y distribucion de bienes a traves de la modalidad de nucleos ejecutores. Incluyase en el ambito de aplicacion del capitulo I del Decreto de Urgencia Nº 058-2011, las adquisiciones a traves de nucleos ejecutores de los siguientes bienes: Kits para Cuna Mas, Kits de cocina popular, Kits de cocinas a gas, cocinas mejoradas, ropa hospitalaria, vestuario de salud, carpetas para instituciones educativas y sombreros escolares, sabanas, colchas y frazadas, siendo los ministerios que correspondan y el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) los responsables de definir el contenido de los kits, la estimacion de la demanda, la distribucion y la recepcion de dichos bienes, conforme a las disposiciones contenidas en el referido capitulo. (...)" DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DEROGATORIAS PRIMERA. Derogase la Ley 28304, Ley de Promocion del Desarrollo Economico y Productivo. SEGUNDA. Derogase el inciso a) del tercer parrafo del articulo 65 del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo 1792004-EF y normas modificatorias. TERCERA. Derogase el literal d) del numeral 7 del articulo 4 de la Ley 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones. Comuniquese al senor Presidente Constitucional de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, al primer dia del mes de MORDAZA de dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA FALCONI PICARDO Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

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