Norma Legal Oficial del día 02 de Julio del año 2013 (02/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Martes 2 de MORDAZA de 2013

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Que, asimismo la referida MORDAZA establece que la contratacion de Empresas Supervisoras se realizara respetando los principios de igualdad, no discriminacion y libre competencia, y que mediante resolucion del Consejo Directivo del OSINERGMIN se estableceran los criterios y procedimientos especificos para la calificacion y clasificacion de dichas empresas, asi como para la contratacion, designacion y ejecucion de las tareas de supervision y fiscalizacion que realizaran; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 205-2009-OS/CD, se aprobo el "Reglamento de Supervision de Actividades Energeticas y Mineras", el cual conjuntamente con sus modificatorias es el que rige actualmente; Que, en aras de mejorar el MORDAZA reglamentario referido a la realizacion de actividades de supervision y fiscalizacion de actividades energeticas y mineras realizadas por Empresas Supervisoras, se ha procedido a la revision integral del Reglamento vigente; Que, de conformidad con el articulo 14º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas de caracter general que MORDAZA de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus portales institucionales o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) dias MORDAZA de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales; Que, la finalidad de dicha publicacion es permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas, los cuales de conformidad con el articulo 25º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, no tendran caracter vinculante ni daran lugar a procedimiento administrativo; Que, estando a lo dispuesto en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la Ley Nº 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional del OSINERGMIN y el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, y disponer que el texto integro del proyecto "Reglamento de Supervision y Fiscalizacion de las Actividades Energeticas y Mineras de OSINERGMIN", asi como su exposicion de motivos, sea publicado el mismo dia en el MORDAZA institucional de OSINERGMIN. Articulo 2º.- Disponer que los comentarios de los interesados seran recibidos por escrito en las mesas de partes de OSINERGMIN o via correo electronico a rgto. supervision@osinergmin.gob.pe, dentro del plazo de quince (15) dias calendario siguientes a su publicacion, siendo la persona designada para recibirlos el Dr. MORDAZA Del Carpio. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia Legal la publicacion dispuesta, el analisis de los comentarios que MORDAZA llegar los interesados, asi como la MORDAZA de la propuesta final al Consejo Directivo de OSINERGMIN. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 956450-1

derivadas de dichos helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos, que se encuentran comprendidos en sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente, asi como en sus respectivas Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 9º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 10º.- Si la administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 11º.- La compania GLOBAL MAPPING S.A.C., debera cumplir con la obligacion de constituir la garantia global que senala el Articulo 93º de la Ley Nº 27261, en los terminos y condiciones que establece el Reglamento y dentro del plazo que senala el Articulo 201º de dicho dispositivo. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 12º.- La compania GLOBAL MAPPING S.A.C. debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 13º.- La compania GLOBAL MAPPING S.A.C. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 14º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil del Peru - Ley Nº 27261, el Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 955210-1

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Autorizan publicacion en el MORDAZA institucional de OSINERGMIN del proyecto "Reglamento de Supervision y Fiscalizacion de las Actividades Energeticas y Mineras de OSINERGMIN" y su exposicion de motivos
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 089- 2013-OS/CD MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispone el articulo 4º de la Ley Nº 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional del OSINERGMIN, las funciones de Supervision, Supervision Especifica y Fiscalizacion atribuidas al OSINERGMIN podran ser ejercidas a traves de Empresas Supervisoras, pudiendo ser estas personas naturales o juridicas debidamente calificadas y clasificadas por el OSINERGMIN;

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Aprueban Oferta Basica de Interconexion de Anura Peru S.A.C.
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 531-2013-GG/OSIPTEL MORDAZA, 20 de junio del 2013

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