Norma Legal Oficial del día 04 de Julio del año 2013 (04/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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Conforme a lo expuesto, de acuerdo a lo previsto en el numeral 6º de las Disposiciones para que los operadores del servicio de telefonia fija y de los servicios publicos moviles presenten Ofertas Basicas de Interconexion, aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 106-2011-CD/OSIPTEL; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Oferta Basica de Interconexion para la red del servicio de telefonia fija de Ingenyo S.A.C., formulada por el OSIPTEL, contenida en el Anexo Nº 1, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolucion de Consejo Directivo Nº 106-2011-CD/OSIPTEL; de conformidad y en los terminos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los acuerdos de Interconexion que se suscriban conforme a la Oferta Basica de Interconexion para la red del servicio de telefonia fija a que hace referencia el Articulo 1º precedente, se ejecutaran sujetandose a los principios de neutralidad, no discriminacion e igualdad de acceso, asi como a las disposiciones que en materia de interconexion son aprobadas por el OSIPTEL. Articulo 3º.- La presente resolucion conjuntamente con su Anexo Nº 1 sera notificada a Ingenyo S.A.C.; y se publicara en la pagina web de la referida empresa, asi como en la pagina web institucional del OSIPTEL: www. osiptel.gob.pe. Articulo 4º.- La presente resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y entrara en vigencia al dia siguiente de la publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA APOLONI MORDAZA Gerente General 956778-1

El Peruano Jueves 4 de MORDAZA de 2013

procedimiento establecido en el Reglamento General de Tarifas1, se ha cumplido con: i) Publicar en el diario oficial "El Peruano" el proyecto de resolucion que aprueba la Formula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestion, asi como los Costos Maximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales; ii) Realizar la Audiencia Publica correspondiente el 1° de febrero de 2013 y iii) Elaborar el Estudio Tarifario Final y el informe de evaluacion de la Propuesta Final de los Costos Maximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales (que contienen la evaluacion de los comentarios realizados a los proyectos publicados y los expresados con ocasion de la Audiencia Publica); Que, sobre la base del Informe N° 028 -2013-SUNASS110, el Consejo Directivo considera que corresponde aprobar la Formula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestion, asi como los costos maximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales de EPS EMAQ S.R.L. y disponer la constitucion del fondo para financiar las inversiones ejecutadas con recursos internamente generados por la mencionada empresa; Que, teniendo en cuenta lo dispuesto por la Ley N° 29644, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres se ha previsto en la formula tarifaria recursos que coadyuven al cumplimiento de la referida norma; El Consejo Directivo en su sesion del 14 de junio de 2013; HA RESUELTO: Articulo 1°.- Aprobar la formula tarifaria que sera de aplicacion a EMAQ S.R.L. para el proximo quinquenio regulatorio 2013-2018, mediante incrementos tarifarios base de acuerdo con lo especificado a continuacion: A. INCREMENTOS TARIFARIOS BASE La formula tarifaria que contiene los incrementos tarifarios base, es la siguiente: 1. Por el Servicio de Agua Potable T1 = To (1 + 0,050) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ) Donde: To T1 T2 T3 T4 T5 : : : : : : : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente Tarifa media que corresponde al ano 1 Tarifa media que corresponde al ano 2 Tarifa media que corresponde al ano 3 Tarifa media que corresponde al ano 4 Tarifa media que corresponde al ano 5 Tasa de crecimiento del Indice de Precios al por Mayor 2. Por el Servicio de Alcantarillado T1 = To (1 + 0,050) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + )

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Aprueban formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion de la EPS EMAQ S.R.L. para el proximo quinquenio regulatorio 2013 - 2018
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO N° 016-2013- SUNASS-CD MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2013 VISTO: El Informe Nº 028-2013-SUNASS-110 emitido por la Gerencia de Regulacion Tarifaria que presenta: i) El Estudio Tarifario Final con la propuesta de la Formula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestion que seran aplicados por Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Quillabamba S.R.L. (en adelante EPS EMAQ S.R.L.) y ii) Los Costos Maximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que seran de aplicacion por la referida empresa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 003-2012-SUNASSGRT y Resolucion Nº 010-2012-SUNASS-GRT se iniciaron los procedimientos de aprobacion de oficio de: i) La Formula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestion y ii) Los Costos Maximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de servicios colaterales de EPS EMAQ S.R.L.; Que, segun el informe de visto -el cual forma parte integrante de la presente resolucion- de acuerdo al

B. INCREMENTOS TARIFARIOS CONDICIONADOS La aplicacion de los incrementos tarifarios condicionados esta sujeta a la entrada en operacion de los proyectos ejecutados o financiados con recursos no reembolsables (donaciones), de acuerdo con lo establecido en el Anexo N° 1 acapite C III.1, relacionados

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Aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASSCD.

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