Norma Legal Oficial del día 04 de Julio del año 2013 (04/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano Jueves 4 de MORDAZA de 2013

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POR TANTO: Mando registrese, publiquese y cumplase. Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno Regional MORDAZA, a los 25 dias del mes de junio de 2013. MORDAZA ROY MORDAZA MORDAZA Presidente 956873-1

Que, contando con Informe Nº 007-2013-GRJDIRCETUR/DG-SDT el Director Regional de Comercio Exterior y Turismo, Informe Tecnico Nº 001-2013-GRJGRDS, la Gerente Regional de Desarrollo Social e Informe Legal Nº 366-2013-GRJ/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoria Juridica, todos recomendando viable la declaratoria de feriado el 9 de MORDAZA porque promovera y motivara el interes de los pobladores de las provincias del MORDAZA del Mantaro cumpliendose con ello los objetivos de la actividad turistica; Que, contando con Informe Nº 008-2013-GRJDIRCETUR/DG-SDT el Director Regional de Comercio Exterior y Turismo, Informe Tecnico Nº 003-2013-GRJGRDS, la Gerente Regional de Desarrollo Social e Informe Legal Nº 393-2013-GRJ/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoria Juridica, todos recomendando viable la declaratoria de feriado el 13 de setiembre por facilitar las condiciones para efectos de la participacion ciudadana en los actos conmemorativos oficiales por el aniversario de la Region Junin; Que, contando con el Dictamen Nº 010-2013-GRJCR/CPECyDS favorable de la Comision Permanente de Educacion Cultura y Desarrollo Social, de conformidad con las atribuciones conferidas por los articulos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: "ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA FERIADOS NO LABORABLE LOS DIAS 9 DE MORDAZA Y 13 DE SETIEMBRE DE TODOS LOS ANOS, EN EL AMBITO DE LA JURISDICCION DE LA REGION JUNIN" Articulo Primero.- DECLARESE feriado no laborable, para los trabajadores que laboran en las dependencias publicas del Gobierno Regional MORDAZA, en el ambito territorial del Departamento, los dias 9 de MORDAZA y 13 de setiembre de todos los anos, por la institucionalizacion de la escenificacion de la batalla de Marcavalle y Pucara - Conmemoracion de la batalla de MORDAZA y por la "Institucionalizacion del Dia del Aniversario de la Region MORDAZA respectivamente; facilitando la participacion de la ciudadania en los actos oficiales de estas fechas. Articulo Segundo.- ESTABLEZCASE que las horas dejadas de laborar, seran compensadas en las semanas posteriores a los eventos, de acuerdo a lo que establezca el titular de la entidad publica regional correspondiente, en funcion a sus propias necesidades. Articulo Tercero.- ESTABLEZCASE que sin perjuicio de lo dispuesto en los articulos precedentes, los titulares de las entidades del Sector Publico Regional adoptaran las medidas necesarias para garantizar la provision de aquellos servicios que MORDAZA indispensables para la sociedad durante los dias feriados. Articulo Cuarto.- ESTABLEZCASE que para efecto del computo de los plazos regulados para los procedimientos administrativos, MORDAZA fechas (9 de MORDAZA y 13 de setiembre) seran considerados como dias inhabiles, con excepcion de los procesos de adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios u obras que se realizan al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado. Articulo Quinto.- PRECISESE que los centros de trabajo del Sector Privado podran acogerse a lo dispuesto en la presente Ordenanza, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberan establecer la forma como se MORDAZA efectiva la recuperacion de las horas dejadas de laborar, a falta de acuerdo decidira el empleador. Comuniquese al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los 25 dias del mes de junio de 2013. EDDY R. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON
Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 267-2013-MDA que dispone Beneficios de Regularizacion Extraordinaria, para el Pago de Deudas Tributarias y/o No Tributarias
DECRETO DE ALCALDIA Nº 10-2013-A-MDA Ancon, 24 de junio del 2013 VISTO: Informe Nº 080-2013-GR/MDA, de fecha 14 junio del 2013, de la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo establecido por el articulo 194º de la Constitucion Politica, concordado con el articulo II del Titulo preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, disponen que los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante la Ordenanza Nº 267-2013-MDA, de fecha 14 junio del 2013, se establece LA ORDENANZA QUE DISPONE BENEFICIOS DE REGULARIZACION EXTRAORDINARIA PARA EL PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS "DEUDA CERO". Que, mediante Informe Nº 080-2013-GR/MDA, la Gerencia de Rentas senala que es necesario prorrogar la vigencia de la mencionada ordenanza, y otorgarles a los contribuyentes la oportunidad de acceder a los beneficios tributarios de la referida ordenanza. Que la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Nº 267-2013-A/MDA, senala que el MORDAZA se encuentra facultado a dictar mediante Decreto de Alcaldia las disposiciones complementarias para el correcto cumplimiento de la presente Ordenanza y/o disponer la prorroga de su vigencia total o parcialmente. Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades otorgadas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 267-2013-A/MDA. Hasta el 31 de MORDAZA del 2013. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas el cumplimiento de la presente Decreto. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General, la difusion de la presente disposicion a traves del MORDAZA Electronico de la Municipalidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BERNUI MORDAZA 956822-1

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