Norma Legal Oficial del día 04 de Julio del año 2013 (04/07/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano Jueves 4 de MORDAZA de 2013

498665
regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley; Que, el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, en la MORDAZA IV del Titulo Preliminar establece que "Los Gobiernos Locales mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, por Ley Nº 28687 "Ley de Desarrollo Complementaria de la formalizacion de la Propiedad Informal, Acceso al suelo y dotacion de servicios basicos" se regula el MORDAZA de formalizacion de la propiedad informal, el acceso al suelo para uso de vivienda de interes social orientado a los sectores de menores recursos economicos y establece el procedimiento para la ejecucion de obras de servicios basicos de agua, desague y electricidad en las areas consolidadas y en MORDAZA de formalizacion; Que, mediante Ordenanza Nº 04-2011-MPC de fecha 01 de marzo de 2011, se establece el procedimiento para la expedicion de Certificados o MORDAZA de Posesion para fines de instalacion de servicios basicos en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Canete, asi como se establecen los requisitos para su obtencion; Que, en Sesion de Concejo de fecha 31 de MORDAZA 2013 se ha expuesto la necesidad de la poblacion, de la jurisdiccion de San MORDAZA, de contar con los servicios basicos, por ello resulta necesario mejorar el nivel de MORDAZA de los pobladores, tal como lo prescribe nuestra Carta Magna. Que, la Comision de Planificacion, Economia y Administracion Municipal, mediante Dictamen Nº 022013-CDAEF-MPC de fecha 29 de MORDAZA de 2013, solicita al pleno del Concejo la exoneracion de los derechos del otorgamiento de las constancias de posesion con fines de servicios basicos, en aplicacion de las Ordenanzas Nos. 04-2011-MPC y 008-2011-MPC; Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades en su articulo 9º, numeral 9), senala como atribuciones del Concejo Municipal: "Crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley, siendo esta normatividad congruente con el articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru (Capitulo modificado por Ley Nº 27680, publicada el 7 de marzo de 2002); Estando a lo expuesto, de conformidad con la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA UNANIME de los senores regidores y, con la dispensa de la lectura y tramite de aprobacion del acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion de pago por derecho de otorgamiento de constancias de posesion, con fines de servicios basicos en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA ­ Canete, en aplicacion a la Ordenanza Nº 004-2011-MPC y Ordenanza N° 008-2011-MPC, por el lapso de 60 dias habiles, desde la entrada en vigencia de la presente ordenanza. Articulo 2º.- Deroguese todas las normas municipales que se opongan a la aplicacion de la presente ordenanza. Articulo 3º.- Encargar a la Secretaria General, la publicacion de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano; a la Gerencia de Obras, Desarrollo MORDAZA y Rural y a las unidades organicas correspondientes, el cumplimiento de la presente ordenanza. Articulo 4º.- La presente Ordenanza entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 957174-1

Quinta.- Dejese sin efecto cualquier otra MORDAZA que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 957158-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE
Aprueban exoneracion de pago por derecho de otorgamiento de constancias de posesion, con fines de servicios basicos, en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA - Canete
ORDENANZA Nº 018-2013-MPC Canete, 12 de junio de 2013. LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIALDE CANETE; POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Canete, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 31 de MORDAZA del 2013; y, VISTO: El Dictamen Nº 02-2013-CDAEF-MPC de fecha 29 de MORDAZA del 2013, por el cual la Comision de Planificacion, Economia y Administracion Municipal solicita al Pleno del Concejo la exoneracion de los derechos de pago para el otorgamiento de constancias de posesion con fines de servicios basicos, en aplicacion de las Ordenanzas Nº 004-2011-MPC y 008-2011-MPC; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680, senala que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru, establece que la defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad, son el fin supremo de la sociedad y el estado; Que, el articulo, 2º numeral 1) de la Constitucion Politica del Peru, senala toda persona tiene derecho "A la MORDAZA, a su identidad, a su integridad moral, psiquica y fisica y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece", y su numeral 2. "A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religion, opinion, condicion economica o de cualquiera otra indole", Que, el articulo 58º de la Carta Magna, expresa que, (...) el Estado orienta el desarrollo del MORDAZA y actua principalmente en las areas de promocion de empleo, salud, educacion, seguridad, servicios publicos e infraestructura; Que, el articulo 195º de la aludida Constitucion Politica, instituye que, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local; Que, el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972 establece que: Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.