Norma Legal Oficial del día 19 de Julio del año 2013 (19/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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SE RESUELVE: Articulo Unico.- Otorguese las Palmas Magisteriales en el Grado de MORDAZA al senor MORDAZA CUSSIANOVICH VILLARAN. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion

El Peruano Viernes 19 de MORDAZA de 2013

963994-4 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0358-2013-ED
MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Ley Nº 11192, se creo la recompensa honorifica denominada "Palmas Magisteriales", destinada a premiar a los ciudadanos que se hayan distinguido en forma extraordinaria en la direccion o ejercicio de la docencia oficial o particular, o en la Administracion Escolar; Que, el articulo 1 del Reglamento de la Condecoracion de Palmas Magisteriales, aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2005-ED, establece que la Condecoracion de Palmas Magisteriales constituye un reconocimiento y una distincion honorifica que el Estado otorga a todo profesional en educacion o con titulo distinto que se encuentre con MORDAZA, y que ha contribuido en forma extraordinaria en el ejercicio de sus actividades pedagogicas, o con un aporte ejemplar a la educacion, la ciencia, la cultura, y la tecnologia del pais; siendo criterio basico para otorgar la condecoracion, la solvencia moral reconocida socialmente; Que, de acuerdo con el articulo 2 del mencionado Reglamento, la Condecoracion de Palmas Magisteriales es conferida mediante Resolucion Ministerial; y, los condecorados se haran acreedores a insignias y diplomas que acreditan su condicion; Que, el articulo 6 del mencionado Reglamento, establece que la condecoracion en el Grado de "AMAUTA" se confiere a todo profesional en educacion o con titulo distinto que en su labor educativa ostente una trayectoria academica y profesional de excepcional relieve, cuya obra MORDAZA contribuido notoriamente y con impacto evidente a la consecucion de los fines generales de la educacion, y que sea considerada un aporte significativo a la educacion, ciencia o cultura del pais. Para tal efecto, debera acreditar una produccion intelectual plasmada en publicaciones, investigaciones, o sistematizacion de experiencias e innovaciones educativas; Que, estando a lo acordado por el Consejo de la Orden; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 11192, que creo la recompensa honorifica denominada "Palmas Magisteriales"; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2005-ED y modificado por Decreto Supremo N° 005-2013-ED; en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510; y, en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Otorguese las Palmas Magisteriales en el Grado de MORDAZA al senor MORDAZA MORDAZA LOPEZ­ MORDAZA QUIROZ. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion

destinada a premiar a los ciudadanos que se hayan distinguido en forma extraordinaria en la direccion o ejercicio de la docencia oficial o particular, o en la Administracion Escolar; Que, el articulo 1 del Reglamento de la Condecoracion de Palmas Magisteriales, aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2005-ED, establece que la Condecoracion de Palmas Magisteriales constituye un reconocimiento y una distincion honorifica que el Estado otorga a todo profesional en educacion o con titulo distinto que se encuentre con MORDAZA, y que ha contribuido en forma extraordinaria en el ejercicio de sus actividades pedagogicas, o con un aporte ejemplar a la educacion, la ciencia, la cultura, y la tecnologia del pais; siendo criterio basico para otorgar la condecoracion, la solvencia moral reconocida socialmente; Que, de acuerdo con el articulo 2 del mencionado Reglamento, la Condecoracion de Palmas Magisteriales es conferida mediante Resolucion Ministerial; y, los condecorados se haran acreedores a insignias y diplomas que acreditan su condicion; Que, el articulo 6 del mencionado Reglamento, establece que la condecoracion en el Grado de "AMAUTA" se confiere a todo profesional en educacion o con titulo distinto que en su labor educativa ostente una trayectoria academica y profesional de excepcional relieve, cuya obra MORDAZA contribuido notoriamente y con impacto evidente a la consecucion de los fines generales de la educacion, y que sea considerada un aporte significativo a la educacion, ciencia o cultura del pais. Para tal efecto, debera acreditar una produccion intelectual plasmada en publicaciones, investigaciones, o sistematizacion de experiencias e innovaciones educativas; Que, estando a lo acordado por el Consejo de la Orden; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 11192, que creo la recompensa honorifica denominada "Palmas Magisteriales"; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2005-ED y modificado por Decreto Supremo N° 005-2013-ED; en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510; y, en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Otorguese las Palmas Magisteriales en el Grado de MORDAZA al senor MORDAZA MORDAZA MALAGA GONZALES. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion

963994-6 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0360-2013-ED
MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Ley Nº 11192, se creo la recompensa honorifica denominada "Palmas Magisteriales", destinada a premiar a los ciudadanos que se hayan distinguido en forma extraordinaria en la direccion o ejercicio de la docencia oficial o particular, o en la Administracion Escolar; Que, el articulo 1 del Reglamento de la Condecoracion de Palmas Magisteriales, aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2005-ED, establece que la Condecoracion de Palmas Magisteriales constituye un reconocimiento y una distincion honorifica que el Estado otorga a todo profesional en educacion o con titulo distinto que se encuentre con MORDAZA, y que ha contribuido en forma extraordinaria en el ejercicio de sus actividades pedagogicas, o con un aporte ejemplar a la educacion, la ciencia, la cultura, y la tecnologia del pais; siendo criterio basico para otorgar la condecoracion, la solvencia moral reconocida socialmente; Que, de acuerdo con el articulo 2 del mencionado Reglamento, la Condecoracion de Palmas Magisteriales es conferida mediante Resolucion Ministerial; y, los condecorados se haran acreedores a insignias y diplomas que acreditan su condicion;

963994-5 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0359-2013-ED
MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Ley Nº 11192, se creo la recompensa honorifica denominada "Palmas Magisteriales",

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