Norma Legal Oficial del día 19 de Julio del año 2013 (19/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Viernes 19 de MORDAZA de 2013

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iii. y ademas, los regidores MORDAZA MORDAZA Ayulo MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA habrian incurrido tambien en la misma causal, prevista en el articulo 11 de la LOM, por haber solicitado, a la alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Barranco, se considere evaluar el curriculum de MORDAZA C. Caracholy Muzco, para su posterior contratacion como supervisor o coordinador del cuerpo de inspectores municipales de transporte y transito. En sesion extraordinaria de fecha 6 de diciembre de 2012, el Concejo Distrital de Barranco, aprobo por unanimidad rechazar la solicitud de vacancia presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Legua. Dicha decision se plasmo en los Acuerdos de Concejo Nº 078-2013-MDB, Nº 079-2013-MDB, Nº 080-2013-MDB, Nº 081-2013-MDB y Nº 082-2013-MDB. Contra estos acuerdos de concejo, la recurrente interpuso los respectivos recursos de reconsideracion bajo los mismos argumentos planteados en su solicitud de vacancia. Posicion del Concejo Distrital de Barranco El concejo Distrital de Barranco, en sesion extraordinaria de fecha 8 de febrero de 2013, declaro infundados los recursos de reconsideracion presentados por la persona MORDAZA citada al no haber adjuntado nueva prueba. Dicha decision se materializo en los Acuerdos de Concejo Nº 008-2013-MDB, Nº 009-2013-MDB, Nº 010-2013-MDB, Nº 011-2013-MDB y Nº 012-2013-MDB. Respecto a los recursos de apelacion Con fecha 15 de febrero de 2013, la recurrente interpone sus recursos de apelacion en contra de los acuerdos adoptados en la sesion extraordinaria del 8 de febrero de 2013, exponiendo los mismos argumentos de su solicitud de vacancia, pero adjuntando, en esta vez, el Atestado Nº 2635-2012-DIRINCRI-PNP-DIVPIDDMPD4, del 3 de diciembre de 2012, investigacion por denuncia del delito contra la administracion publica en la modalidad de usurpacion de funciones contra los regidores cuestionados. CUESTION EN DISCUSION La materia controvertida en el presente caso consiste en: i. Determinar si los regidores MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA Costas, MORDAZA MORDAZA Ayulo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Mc Callock MORDAZA, MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Concejo Distrital de Barranco, han incurrido en la causal de vacancia prevista en el articulo 11 de la LOM, por haber aprobado el inicio del MORDAZA disciplinario a la ex gerente municipal, MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ MORDAZA Legua. ii. Asimismo, determinar si los regidores MORDAZA MORDAZA Ayulo MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA incurrieron tambien en la misma causal prevista en el articulo 11 de la LOM, al solicitar a la alcaldesa del Concejo Distrital de Barranco, la evaluacion del curriculum de MORDAZA C. Caracholy Mazco, para su posterior contratacion como supervisor o coordinador del cuerpo de inspectores municipales de transporte y transito. CONSIDERANDOS Sobre la causal de vacancia prevista en el articulo 11 de la LOM 1. El articulo 11, MORDAZA parrafo, de la LOM, senala que: "los regidores no pueden ejercer funciones ni cargos ejecutivos o administrativos, MORDAZA de MORDAZA o de confianza, ni ocupar cargos de miembro de directorio, gerente u otro, en la misma municipalidad (...) la infraccion de esta prohibicion es causal de vacancia del cargo de regidor". 2. Esta disposicion responde a que, de acuerdo con el numeral 4 del articulo 10 de la citada ley, el regidor cumple principalmente una funcion fiscalizadora, encontrandose impedido de asumir funciones administrativas o ejecutivas, en tanto entraria en un conflicto de intereses al asumir un doble papel, el de ejecutar y el de fiscalizar. 3. Es importante mencionar, que se entiende por funcion administrativa o ejecutiva a toda actividad o toma

La Oficina de Secretaria General y el Area de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, deberan adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA ZECENARRO MADUENO Rector

962217-8

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Confirman Acuerdos de Concejo que declararon infundados recursos de reconsideracion contra Acuerdos que rechazaron pedido de vacancia contra regidores de la Municipalidad Distrital de Barranco, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 497-2013-JNE
Expediente Nº J-2013-0226 BARRANCO - MORDAZA MORDAZA, veintiocho de MORDAZA de dos mil trece VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA contra los Acuerdos de Concejo Nº 008-2013MDB, Nº 009-2013-MDB, Nº 010-2013-MDB, Nº 0112013-MDB y Nº 012-2013-MDB, de fecha 8 de febrero de 2013, que declararon infundados los recursos de reconsideracion interpuestos en contra de los Acuerdos de Concejo Nº 078-2012-MDB, Nº 079-2012-MDB, Nº 080-2012-MDB, Nº 081-2012-MDB y Nº 082-2012-MDB, del 6 de diciembre de 2012, que rechazaron el pedido de vacancia interpuesto contra MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA Costas, MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Mc Callock MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Ayulo MORDAZA, regidores de la Municipalidad Distrital de Barranco, por la causal prevista en el articulo 11 de la Ley Organica de Municipalidades, y oidos los informes orales ANTECEDENTES Respecto de la solicitud de vacancia Con fecha 28 de septiembre de 2012, MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ MORDAZA MORDAZA solicito el traslado de su pedido de vacancia contra MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA Costas, MORDAZA MORDAZA Ayulo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Mc Callock MORDAZA, MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidores del Concejo Distrital de Barranco, provincia y departamento de MORDAZA, imputandoles haber incurrido en la causal de vacancia prevista el articulo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), fundamentandose en los siguientes hechos: i. Los mencionados regidores habrian calificado, deliberado y acordado el inicio del MORDAZA disciplinario administrativo, sobre hechos falsos, mediante Acuerdo de Concejo Nº 008-2012-MDB, de fecha 26 de enero de 2012, contra MORDAZA MORDAZA Cutipa-Flores MORDAZA (ex gerente municipal), funcion que le compete solo a la Comision Disciplinarios de Procesos Administrativos de la referida municipalidad. ii. Con la finalidad de encubrir su accionar, mediante Acuerdo de Concejo Nº 15-2012-MDB, del 15 de marzo de 2012, se modifico la redaccion del Acuerdo de Concejo Nº 08-2012-MDB, cambiando el termino disponer por el termino recomendar, para que sea sometida a un MORDAZA administrativo disciplinario por parte de la Comision de Procesos Administrativos

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