Norma Legal Oficial del día 19 de Julio del año 2013 (19/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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Articulo Quinto.- La CAM ­ BC es la instancia de coordinacion y concertacion en materia de Gestion Ambiental integrado por entidades publicas y privadas, que disenan, validan y proponen instrumentos de gestion ambiental dirigidos a la mejora de la calidad de MORDAZA de la poblacion del Distrito de Bellavista. Articulo Sexto.- La CAM - BC, coordina y concerta la Politica Ambiental Local a traves del dialogo y el acuerdo entre los actores locales y emite opinion previa a la aprobacion de los instrumentos de gestion ambiental del distrito. Articulo Septimo.- La CAM - BC tiene un plazo de duracion indefinida. Articulo Octavo.- La CAM - BC tiene como objetivo principal, integrar, coordinar y concertar la gestion ambiental distrital, de forma que este acorde con la realidad del distrito, con la finalidad de implementar el Sistema Local de Gestion Ambiental (SLGA) y lograr una mejora continua del medio ambiente Articulo Noveno.- Para el cumplimiento de su objetivo la CAM - BC tiene las siguientes funciones generales: 1. Ser la instancia de concertacion de la Politica Ambiental Local (PAL) en coordinacion con el Gobierno Local para la implementacion del Sistema Local de Gestion Ambienta (SLGA). 2. Elaborar participativamente el Plan de Accion Ambiental Local (PAAL) y la Agenda Ambiental Local (AAL) que seran aprobados por el Concejo Municipal. 3. Lograr compromisos concretos de las instituciones integrantes en base una vision compartida. 4. Elaborar propuestas para el funcionamiento, aplicacion y evaluacion de los instrumentos de gestion ambiental y la ejecucion de politicas ambientales. 5. Facilitar el tratamiento apropiado para la resolucion de conflictos ambientales. Articulo Decimo.- Las funciones especificas CAM BC son: 1. Proponer lineamientos de politicas, objetivos y metas dirigidas a implementar y consolidar el Sistema Local de Gestion Ambiental (SLGA). 2. Proponer proyectos de ordenanza y otras normas municipales relacionadas con el desarrollo sostenible acorde con las politicas nacionales y regionales. 3. Promover la participacion y concientizacion de la ciudadania del distrito en acciones de gestion ambiental, reforzando los conocimientos sobre la proteccion del ambiente. 4. Gestionar financiamientos a traves de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente ante las diversas entidades publicas y privadas, nacionales e internacionales para la ejecucion de proyectos de proteccion y conservacion ambiental. 5. Impulsar a traves de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente la suscripcion de convenios de cooperacion entre Municipalidades e Instituciones Publicas y Privadas para la ejecucion de acciones orientadas hacia la sostenibilidad ambiental del distrito. 6. Coordinar a traves de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente con las diferentes Unidades Organicas de la Municipalidad de Bellavista, la difusion de la informacion a los vecinos y a las entidades de nivel provincial, regional y nacional acerca de los avances en el cumplimiento de sus objetivos. 7. Cumplir con las disposiciones establecidas en el articulo 27º de la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, referida a los mecanismos de participacion ciudadana. 8. Asesorar al Concejo Municipal a traves de la Secretaria Tecnica de la CAM-BC en materia de gestion ambiental, 9. Proponer criterios y lineamientos de politica que permita una asignacion en el presupuesto municipal para las iniciativas de inversion en materia ambiental, aprobadas de acuerdo al Plan de Accion Ambiental Local articulada con el nivel provincial, regional y nacional. Articulo Decimo Primero.- La CAM - BC, estara conformada por los siguientes miembros: 1. El MORDAZA Distrital de Bellavista o su representante, quien lo presidira.

El Peruano Viernes 19 de MORDAZA de 2013

2. Un representante de la Direccion Regional de Salud del Callao ­ DIRESA. 3. Un representante de la Direccion regional de Educacion del Callao (DREC). 4. Un representante de la Universidad Nacional del Callao (UNAC). 5. Un representante Camara de Comercio de Bellavista. 6. Un representante de los Colegios Profesionales. 7. Un representante de la Iglesia Catolica. 8. Un representante de la Iglesia Cristiana. 9. Tres Representantes de las Organizaciones Ecologicas de Bellavista. 10. Un representante de los Brigadistas ambientales parroquiales. 11. Un representante de los Brigadistas ambientales comerciales. 12. Un representante de los Brigadistas ambientales escolares. 13. Un representante de la Sociedad Civil ­ CCL. 14. Un representante de la Policia Nacional del Peru. 15. Un representante del centro medico MORDAZA "Cirujano Mayor MORDAZA Talavera". Articulo Decimo Segundo.- Las Instituciones que conforman las CAM - BC, deberan designar un representante titular y uno alterno, mediante comunicacion escrita, la misma que debera ser suscrita por el directivo o funcionario del mas alto nivel, del organismo publico o privado con sede en el distrito. Articulo Decimo Tercero.- Con excepcion del cargo del Presidente que recae en el MORDAZA o su representante, los miembros del CAM - BC, son acreditados y designados en MORDAZA por un periodo de dos (02) anos, pudiendo ser reelegidos, asi mismo, las instituciones conformantes podran reemplazar a sus representante cuando lo estime conveniente, mientras conservan vigente la calidad de miembro integrante. Articulo Decimo Cuarto.- La CAM - BC celebrara sesiones ordinarias cuando menos dos (2) veces al ano y extraordinarias cuando la convoque el presidente o la soliciten por lo menos la mayoria del numero legal de sus miembros, quienes expresaran por escrito dirigido al Presidente el objeto de la convocatoria. Las convocatorias se realizaran, por el Presidente mediante oficios, cartas o esquelas entregadas con cargo de recepcion en el domicilio que hubiesen senalado los miembros de la CAM - BC o por correo electronico o facsimil, con una anticipacion no menor de cinco (5) dias calendarios a la fecha de la sesion. En el documento de citacion debera constar claramente el lugar, dia y hora de la sesion y la agenda a tratar. Articulo Decimo Quinto.- Las sesiones de la CAM - BC se iniciaran con la presencia de cuatro (4) de sus miembros. Articulo Decimo Sexto.- Los acuerdos de la CAM BC se adoptaran por la mayoria simple de votos de los miembros asistentes. En caso de empate, el Presidente o quien haga sus veces, tendra el MORDAZA dirimente. Articulo Decimo Septimo.- La participacion en las sesiones ordinarias y extraordinarias para los miembros de la CAM - BC, es de caracter obligatorio, salvo que sus inasistencias se encuentren debidamente justificadas. Articulo Decimo Octavo.- Los acuerdos adoptados en las sesiones de la CAM - BC constaran en un Libro de Actas legalizado, el que podra estar compuesto por hojas separadas debidamente numeradas, las que en su oportunidad seran adheridas a dicho libro. Las actas seran firmadas por el Presidente o su representante, los miembros asistentes a la sesion correspondiente que desean o solicitan suscribir y por quien actua como Secretario Tecnico. Articulo Decimo Noveno.- El cargo de miembro de la CAM - BC es ad honorem. Articulo Vigesimo.- Todos los miembros de la Comision Ambiental Municipal, tiene iniciativa para formular propuestas y recomendaciones vinculadas a la gestion ambiental local, las que seran consideradas en la agenda de sesiones de la CAM - BC, debiendo constar en acta el acuerdo alcanzado sobre el particular. Articulo Vigesimo Primero.- Por acuerdo de sus miembros en sesion, la CAM ­ BC, podra convocar a traves de su presidente a instituciones y/o especialistas, para el mejor cumplimiento de sus funciones, los cuales seran designados como Grupos Tecnicos Locales, son

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