Norma Legal Oficial del día 01 de Junio del año 2013 (01/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 112

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"Articulo 34. (...) c) Tener el grado academico de doctor, no necesariamente en su especialidad..."; Que, el Articulo 21° del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades bajo competencia del CONAFU", prescribe: EI cargo de miembro de Comision Organizadora exige dedicacion exclusiva y es incompatible con el desempeno de cualquier otra funcion o actividad publica o privada; Que, en el articulo 22º del Reglamento, establece: La Comision Organizadora, dirige la universidad durante los cuatro primeros anos (...).El cargo de miembro de Comision Organizadora vaca por: a) Renuncia. b) Impedimento sobreviviente, que haga imposible el ejercicio del cargo, sea por muerte incapacidad fisica, ausencia o abandono del cargo, debidamente probada. (....); (El sombreado y subrayado es nuestro); Que, por Resolucion N° 659-2012-CONAFU de fecha 27 de diciembre de 2012, el Pleno del CONAFU resuelve en su Articulo Primero: Designar a los miembros de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas, de acuerdo al siguiente detalle: Dr. MORDAZA MORDAZA Gamez, Presidente; Dr. Arrufo MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente Academico; y Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente Administrativo; Que, mediante Carta N° 001-2013-MHG recibida en fecha 29 de MORDAZA de 2013 el Vicepresidente Administrativo de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, informa acerca de su decision de renunciar al cargo de Vicepresidente Administrativo de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas; cargo por el que fue designado mediante Resolucion N° 659-2012CONAFU de fecha 27 de diciembre de 2012; Que, mediante Oficio Nº 0437-2013-CONAFU-CDAA de fecha 06 de MORDAZA de 2013, la Comision Academica da a conocer que con Carta N°001-2013-MHG, el Vicepresidente Administrativo de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presenta su renuncia irrevocable al cargo de Vicepresidente Administrativo de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas, asimismo la Comision Academica informa al Pleno del CONAFU a fin de resolver; Que, la Resolucion N° 100-2005-CONAFU, establece en su articulo 22° inciso a), que el cargo de miembro de la Comision Organizadora de una Universidad bajo competencia del CONAFU vaca por renuncia. En este sentido, se debe aceptar la renuncia presentada por el administrado y declarar la vacancia del cargo de Vicepresidente Administrativo de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas; Que, en Sesion, de fecha 08 de MORDAZA de 2013 despues de deliberar, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 359-2013-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: 1) Aceptar la renuncia del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Vicepresidente Administrativo de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas. 2) Declarar la vacancia en el cargo de Vicepresidente Administrativo de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas. 3) Designar al Dr. MORDAZA Del MORDAZA y MORDAZA en el cargo de Vicepresidente Administrativo de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas; Que, en concordancia con el inciso f) del articulo 10 del estatuto del CONAFU que establece que una de las atribuciones del Pleno del CONAFU: "Constituirse, en Asamblea Universitaria de las universidades bajo competencia del CONAFU, en representacion de la Comunidad universitaria y en ejercicio de las atribuciones establecidas en el articulo 29 de la Ley Universitaria N° 23733", y; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del articulo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales:...d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones", de conformidad con lo establecido en el 42º del reglamento y de conformidad a lo dispuesto en el articulo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE:

El Peruano Sabado 1 de junio de 2013

Articulo Primero.- ACEPTAR la renuncia del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Vicepresidente Administrativo de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas. Articulo Segundo.- DECLARAR LA VACANCIA en el cargo de Vicepresidente Administrativo de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas. Articulo Tercero.- DESIGNAR al Dr. MORDAZA Del MORDAZA y MORDAZA en el cargo de Vicepresidente Administrativo de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas. Articulo Cuarto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los actos administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA MORDAZA Secretaria General 944004-1

ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Declaran que la Universidad Peruana Los Andes ha cumplido con lo dispuesto en la Ley Universitaria respecto a la creacion y funcionamiento de diversos programas de posgrado
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 0761-2013-ANR MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El oficio Nº 0214-SG/UPLA-2013, de fecha 10 de MORDAZA de 2013, informe Nº 66-2013-DGDAC, de fecha 17 de MORDAZA de 2013, memorando Nº 417-2013-SE, de fecha 23 de MORDAZA de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, en el articulo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, se establecen las atribuciones especificas e indelegables de la Asamblea Nacional de Rectores, entre otras la de coordinar proporcionando informacion previa e indispensable, la creacion de carreras, titulos profesionales y de MORDAZA especialidad acordados por una Universidad y de las Facultades en que se hacen los estudios respectivos; asi como tambien la de concordar en lo referente a los requisitos minimos exigibles para el otorgamiento de MORDAZA y titulos universitarios y a la unificacion de sus denominaciones, sin perjuicio de derecho privativo de cada Universidad a establecer los curricula y requisitos adicionales propios, instituido en los incisos e) y f); Que, por Resolucion Nº 1622-2003-ANR, de fecha 15 de agosto de 2003, se aprobo la creacion y funcionamiento de la Escuela de Posgrado en la Universidad Peruana Los Andes, con sede en la MORDAZA de Huancayo; Que, mediante el oficio de vistos, el Secretario General de la Universidad Peruana Los Andes solicita el reconocimiento y oficializacion de los siguientes

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