Norma Legal Oficial del día 01 de Junio del año 2013 (01/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 130

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a los lotes ubicados con frente a la avenida Padre Urraca correspondientes a la HU1 y HU2, de acuerdo a la lamina 6 del plan especifico propuesto. D. RELACIONADO CON LAS ALTURAS DE LAS EDIFICACIONES: D.1. Para las habilitaciones urbanas HU-1 y HU2, como MORDAZA general para el calculo de alturas y su correlacion con el numero de pisos se aplicara la medida estandar de 2.65 metros de piso a piso. D.2. Para los casos de edificaciones de 16 pisos la altura permitida sera de 2.65 metros x 16 pisos, equivalente a 42.40 metros. D.3. Para los casos de edificaciones de 18 pisos la altura permitida sera de 2.65 metros x 18 pisos, equivalente a 47.70 metros. D.4. Para la habilitacion MORDAZA HU-1, se fija como altura hacia via Manco II, 16 pisos equivalente a 42.40 metros, excepcionalmente se podra elevar a una altura MORDAZA de 18 pisos equivalente a 47.70 metros, en los casos que esten frente a areas con zonificacion de Recreacion Publica (RP) situadas en el lado par de la via Manco II, debiendo retrancarse como minimo 3 metros de la fachada. D.5. En el terreno HU-1 se fija como altura MORDAZA hacia la via Padre Urraca, desde la esquina conformada con la via Manco II, 18 pisos equivalente a 47.70 metros hasta 50.00 metros lineales de frente de lote a la via Padre Urraca. D.6. Para la habilitacion MORDAZA HU-2, se fija como altura hacia la via Manco II, 16 pisos equivalente a 42.40 metros. D.7. En el terreno HU-2 se fija como altura hacia la via Manco II esquina con la via Padre Urraca una altura de 18 pisos equivalente a 47.70 metros, hasta 60 metros lineales de frente de lote a la via Manco II. D.8. Adicionalmente a las alturas establecidas en los items D.4. y D.6., sera aplicable la ordenanza Nº218MDSM y su modificatoria ordenanza Nº248-MDSM, asi como la ordenanza Nº232-MDSM que regulan el uso de azoteas y la implementacion del programa Techo MORDAZA, respectivamente Articulo 3º.- El Plan especifico para el mejoramiento urbanistico del sector 10 (parte de las secciones que conforman la ex Feria Internacional del MORDAZA y su MORDAZA circundante entre las avenidas MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA Escardo del Distrito de San Miguel) propuesto en la presente ordenanza, deja a salvo el derecho de titulares colindantes en el caso existiera conflictos de colindancia. Articulo 4º.- ELEVAR a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA la propuesta de cambio especifico de zonificacion contenida en el "Plan especifico para el mejoramiento urbanistico del sector 10 (parte de las secciones que conformaron la ex Feria Internacional y su MORDAZA circundante entre las avenidas MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA Escardo del Distrito de San Miguel)"con toda la documentacion exigible por la ordenanza provincial que MORDAZA los cambios de zonificacion en MORDAZA Metropolitana, para su evaluacion y ulterior aprobacion. Articulo 5º.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA el orden y la preparacion de la documentacion exigible a que alude el articulo precedente, para su remision a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA dentro del plazo de ley. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 944444-1

El Peruano Sabado 1 de junio de 2013

EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal, en sesion ordinaria celebrada en la fecha; CONSIDERANDO: Que, los articulos 197º y 199º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, senalan que los gobiernos locales promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley; Que, los articulos 17º y 42º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, disponen que los gobiernos locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos. Para este efecto, deberan garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la informacion asi como facilitar mecanismos y espacios para el concurso, concertacion y fiscalizacion de la comuna en la gestion municipal; Que, el articulo 97º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, senala que los planes de desarrollo municipal concertados y los presupuestos participativos tienen un caracter orientador de la inversion, asignacion y ejecucion de los recursos municipales; Que, mediante Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, modificada por la ley Nº 29298, y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, se establece disposiciones y lineamientos que permiten asegurar la efectiva participacion de la sociedad civil en el MORDAZA de programacion participativa del presupuesto municipal; Que, de conformidad a lo prescrito en el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, aprobado por Resolucion Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, el Presupuesto Participativo debe estar orientado a resultados a fin que los proyectos de inversion esten claramente articulados a productos especificos que la poblacion demande, especialmente en aquellas dimensiones que se consideran prioritarias para el desarrollo local, evitando de este modo ineficiencias en la asignacion de los recursos publicos; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante memorando Nº 196-2013-GPP/MDSM, presenta la propuesta de ordenanza que regula el MORDAZA del Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2014, la misma que cuenta con la opinion favorable de la Gerencia de Asuntos Juridicos, mediante informe Nº 133-2013GAJ/MDSM; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el concejo municipal aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL ANO FISCAL 2014 EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA Articulo 1º.- APROBAR el Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Ano Fiscal 2014, en el distrito de San Miguel. Articulo 2º.- ENCARGAR al Consejo de coordinacion local, Equipo Tecnico, Comite de Vigilancia, agentes participantes y organos competentes de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, el fiel cumplimiento de la presente ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA

Aprueban el Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Ano Fiscal 2014, en el distrito de San MORDAZA
ORDENANZA Nº 251-MDSM San MORDAZA, 23 de MORDAZA del 2013

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