Norma Legal Oficial del día 01 de Junio del año 2013 (01/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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del proyecto y reubicacion de la presa, tunel y la MORDAZA de maquinas; Que, en virtud de lo senalado de manera precedente, el Cronograma de Ejecucion de Estudios del derecho electrico en cuestion no se ha visto modificado, manteniendose el plazo de dos (02) anos contados a partir la vigencia de la Resolucion Ministerial Nº 2832012-MEM/DM; Que, mediante documento con registro de ingreso Nº 2277885 de fecha 25 de marzo de 2013, CENTRAL HIDROELECTRICA HUALLAGA HYDRO S.A. remitio a la Direccion General de Electricidad los avisos publicados en el Diario Oficial El Peruano los dias 23 y 24 de marzo de 2013; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de verificar y evaluar que el peticionario cumplio con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe N° 243-2013-DGE-DCE opinando a favor de aprobar la modificacion solicitada; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley de Concesiones Electricas y el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 009-93-EM y modificatorias; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion de la modificacion de concesion temporal Aprobar la modificacion de la concesion temporal a favor de CENTRAL HIDROELECTRICA HUALLAGA HYDRO S.A., identificada con el codigo N° 21314112, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica Huallaga I, consistente en la modificacion de las coordenadas UTM de la MORDAZA del estudio y la reduccion de la potencia instalada de 180 MW a 130 MW, los cuales se realizaran en los distritos de Chinchao, Umari y Chaglla, provincias de MORDAZA y Pachitea, departamento de MORDAZA, por un plazo de dos (02) anos contados a partir de la vigencia de la Resolucion Ministerial Nº 283-2012-MEM/DM. Articulo 2º.- Area delimitada para los estudios de generacion de energia electrica El area final otorgada para realizar los estudios de generacion de energia electrica comprende la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VERTICE 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 ESTE 391 094,4833 395 590,4173 396 121,2493 404 058,0000 408 780,6227 408 514,4581 403 708,2421 396 175,0361 394 749,6401 391 583,8361 NORTE 8 915 209,4609 8 916 219,5313 8 917 050,4673 8 913 905,1125 8 913 077,8323 8 911 438,3630 8 912 331,2780 8 915 489,2327 8 915 005,6017 8 914 418,1073

El Peruano Sabado 1 de junio de 2013

Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 942015-1

Establecen servidumbres a favor de concesion temporal de la que es titular Peru Energia Renovable S.A., para el desarrollo de estudios relacionados con la actividad de generacion en futuras centrales solar y eolica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 214-2013-MEM/DM MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2013 VISTO: El Expediente Nº 11225012, presentado por Peru Energia Renovable S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 12097377 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, sobre solicitud de establecimiento de servidumbre temporal de ocupacion para la futura Central Solar La Joya; CONSIDERANDO: Que, Peru Energia Renovable S.A., titular de la concesion temporal para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica con Recursos Energeticos Renovables para la futura Central Solar La Joya, en merito de la Resolucion Ministerial Nº 294-2012-MEM/DM, publicada el 29 de junio de 2012, ha solicitado el establecimiento de la servidumbre temporal de ocupacion, por el plazo de dicha concesion, para el desarrollo de estudios relacionados con la actividad de generacion con Recursos Energeticos Renovables para la citada Central, ubicada en el distrito de La Joya, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del articulo 109 de la Ley de Concesiones Electricas, los concesionarios estan facultados a utilizar a titulo gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos publicos, calles, plazas y demas bienes de propiedad del Estado o municipal, asi como para cruzar MORDAZA, puentes, vias ferreas, lineas electricas y de comunicaciones, por lo cual, en el presente caso no corresponde el pago de compensacion por derechos de servidumbre; Que, de acuerdo a la declaracion de Peru Energia Renovable S.A., mediante la documentacion que obra en el Expediente, los terrenos destinados para la realizacion de los estudios de factibilidad para la futura Central Solar La Joya son de propiedad del Estado; Que, la peticion se encuentra amparada por el articulo 110 y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 276-2013-DGE-DCE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y con el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1.- ESTABLECER con caracter temporal a favor de la concesion temporal de generacion de la que es titular Peru Energia Renovable S.A., por el plazo de dicha concesion, la servidumbre temporal de ocupacion para el desarrollo de estudios relacionados con la actividad de generacion con Recursos Energeticos Renovables para la futura Central Solar La Joya, ubicada en el distrito de La Joya, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a

Articulo 3º.- Vigencia de los derechos y obligaciones Quedan subsistentes todos los derechos y obligaciones a que se encuentra sujeta la titular, en particular, el cumplimiento de la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento, la Resolucion Ministerial N° 283-2012-MEM/ DM y demas normas legales y tecnicas aplicables. Articulo 4º.- Publicacion La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el

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