Norma Legal Oficial del día 07 de Junio del año 2013 (07/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano Viernes 7 de junio de 2013

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ORDENA: Articulo Primero.- APROBAR el "Reglamento Nº 0012013-GR Ucayali-P" Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo Ano 2014, que consta de SEIS (VI) Titulos, VENTIUN (21) Articulos y SIETE (VII) Disposiciones Transitorias y Finales, cuyo documento se adjunta y forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, preparar el Cronograma de actividades y la ejecucion del proceso. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administracion, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de circulacion local y a la oficina de Sistemas su difusion en el MORDAZA Institucional del Gobierno Regional de Ucayali. Articulo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza regional del tramite de comision, lectura y aprobacion del acta". Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali, para su promulgacion. En Pucallpa a los dieciocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali a los veintidos dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 946239-1

Regional de Ucayali". incorporandose el Consejo de Coordinacion Regional, como organo consultivo y de coordinacion del Gobierno Regional, integrado por los Alcaldes Provinciales y por los Representantes de la Sociedad Civil; Que, el art. 73º del Reglamento Interno del Consejo Regional, establece que los dictamenes, informes y proyectos que formulen las Comisiones de los Consejeros Regionales a consecuencia de los estudios y propuestas que les encomiende el Consejo Regional, deben ser razonadas y fundamentadas, contendra conclusiones, recomendaciones claras y precisas, incluyendo los Proyectos de Ordenanzas y Acuerdos segun sea el caso. Que, el inciso c) del art. 7º de las normas MORDAZA acotada, establece que son derechos y atribuciones de los Consejeros Regionales: "Integrar las Comisiones Ordinarias, Investigadoras y Especiales del Consejo Regional y las Comisiones Mixtas que determine el Consejo Regional". Que, mediante Ley Nº 27902 y Ley Nº 28968, se modifico la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, incorporandose el Consejo de Coordinacion Regional, como organo consultivo y de coordinacion del Gobierno Regional, integrado por los Alcaldes Provinciales y por los Representantes de la Sociedad Civil; Que, en cumplimiento a la Constitucion Politica del Peru; la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902, Ley Nº 28968, Ley Organica de Gobiernos Regionales; Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, del Reglamento de la Ley, aprobado con Decreto Supremo Nº 171-2003-EF; Ley Nº.27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica y disposiciones complementarias y modificaciones; e Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 "Instructivo para el Presupuesto Participativo basado en resultados, aprobado por Resolucion Directoral Nº0072010-EF/76.01; Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 aprobado con la Directiva Nº 002-2012EF/05.01 y Resolucion Directoral Nº 004-2012-EF/50.01 del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, en concordancia al MORDAZA legal, MORDAZA senalado, es necesario contar con un reglamento que regule los mecanismos y procedimientos, a traves del cual se incorporan los Agentes Participantes con enfasis a las organizaciones de la sociedad civil; al Comite de Vigilancia y Control; y Equipo Tecnico, en el MORDAZA del Presupuesto Participativo, incluido un cronograma, como MORDAZA orientador de las actividades a realizar en cada una de las etapas del proceso; Que, el Consejo Regional tiene la atribucion de normar la organizacion del Gobierno Regional, a traves de Ordenanzas Regionales, en concordancia con lo previsto en el Articulo 15º inciso a) y el Articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, el desarrollo regional implica desencadenar un MORDAZA promovido y asumido por todos los actores e individuos de un territorio; se orienta a optimizar y racionalizar el potencial humano, los recursos institucionales, ambientales, sociales, economicos y culturales de un territorio, de una forma equilibrada y sostenible. Para tal fin sera importante desarrollar una adecuada definicion de objetivos estrategicos y priorizacion de acciones y proyectos que permitan aprovechar los recursos existentes de manera concertada entre los distintos actores publicos y de la sociedad civil, asi como la coordinacion entre los distintos niveles de gobierno; Que es necesario perfeccionar la interrelacion entre los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, a fin que los procesos en la region se desarrollen de manera articulada, para ello sera importante que desde cada ambito y nivel de gobierno, tomen en cuenta la vision nacional, regional y local y que consideren los acuerdos alcanzados y las propuestas adoptadas en sus propios procesos participativos, a fin que se produzca una retroalimentacion entre los procesos de las respectivas circunscripciones; De conformidad con lo dispuesto por el anexo 8) del Art. 192º de la Constitucion Politica del Estado, Texto reformado y por el Inc a) del Art. 15º, Art. 37º y Art. 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, la Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional; El Consejo Regional de Ucayali, en Sesion Ordinaria de fecha 18 de MORDAZA del 2013, aprobo la siguiente:

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BRENA
Aprueban Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos domiciliarios del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2013-DA/MDB Brena, 7 de febrero del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA VISTO: El Informe Nº 004-2013-GSMA/MDB de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente, Informe Nº 120-2013-GAJ/MDB sobre Implementacion del Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion de Residuos Solidos domiciliarios en el Distrito de Brena. CONSIDERANDO: Que, el numeral 22) del Articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru precisa que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su MORDAZA, lo que, desde una perspectiva constitucional, se traduce en la obligacion de los propios particulares, de mantener las condiciones en que la MORDAZA humana exista en un entorno ambientalmente MORDAZA y aceptable donde las persona puedan disfrutar de un ambientalmente MORDAZA y aceptable donde las personas puedan disfrutar de un ambiente en el que sus elementos se desarrollan e interrelacionan de manera natural y armonica.

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