Norma Legal Oficial del día 07 de Junio del año 2013 (07/06/2013)


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2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruira a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de junio del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 947387-1

El Peruano Viernes 7 de junio de 2013

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 a favor del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil
DECRETO SUPREMO Nº 113-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se aprobo entre otros el Presupuesto del Pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, senala que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Ano Fiscal 2013, a fin de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos daninos por el inminente impacto de un fenomeno natural o antropico declarado, determinado por el organismo publico tecnicocientifico competente, y rehabilitar la infraestructura publica existente; Que, los literales b) y c) de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley anteriormente mencionada, establecen que el INDECI es responsable del adecuado uso de los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia a que se refiere la Ley en mencion, correspondiendo al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Politica de Inversiones, dictar los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de dichos recursos; Que, el numeral 7.1 del articulo 7° de la Directiva Nº 004-2012-EF/63.01 "Directiva que establece los criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013", senala que es competencia del INDECI ser responsable por el adecuado uso de los recursos MORDAZA senalados, asi como de solicitarlos a fin de incorporarlos a su presupuesto y transferirlos financieramente; Que, segun el articulo 10º de la Directiva referida en el considerando precedente, la emergencia por ocurrencia de desastres de gran magnitud o peligro inminente del mismo, se atiende a traves de dos formas de intervencion: Actividades de Emergencia, que son evaluadas y aprobadas por el INDECI; y Proyectos de Inversion Publica de Emergencia (PIP), que son presentados a la

Direccion General de Politica de Inversiones del Ministerio de Economia y Finanzas, la que, de corresponder, los declara elegibles; Que, el numeral 11.6 del articulo 11º de la citada Directiva, senala que el Titular del INDECI remite al Ministerio de Economia y Finanzas la solicitud de credito presupuestario, adjuntando el Informe del Director Nacional del INDECI aprobando las Fichas Tecnicas de Actividad de Emergencia debidamente suscrito por los funcionarios correspondientes, como requisito previo a la aprobacion del credito presupuestario, conforme a lo dispuesto por el articulo 13º de la referida Directiva; Que, el numeral 12.2 del articulo 12° de la Directiva en mencion, en concordancia con lo dispuesto en el literal c) de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, senala que para el financiamiento de los Proyectos de Inversion Publica (PIP) de emergencia, el INDECI remite al Ministerio de Economia y Finanzas mediante Informe Sustentatorio la relacion de los PIP de emergencia declarados elegibles por la Direccion General de Politica de Inversiones del Ministerio de Economia y Finanzas, senalando los respectivos montos; Que, la Directiva Nº 005-2012-EF/63.01 "Directiva del procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversion Publica de emergencia ante la presencia de desastres de Gran Magnitud", establece un procedimiento simplificado aplicable a los Proyectos de Inversion Publica (PIP) de emergencia de acuerdo a lo establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29952, MORDAZA citada; Que, en aplicacion de lo MORDAZA senalado, el INDECI, a traves del Oficio Nº 1362-2013/INDECI/4.0 solicita la suma de TRES MILLONES OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 089 393,00) los cuales seran transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Cuyocuyo de la Provincia de MORDAZA del Departamento de MORDAZA, para la ejecucion de 01 Proyecto de Inversion Publica (PIP) de Emergencia denominado "Instalacion de servicios de proteccion contra deslizamiento y aluvion en el Sector Ccausilluni y Huayllani en el Rio Jilari, Distrito de Cuyocuyo, Provincia de MORDAZA, Departamento de MORDAZA, en el ano 2013", el mismo que ha sido declarado elegible por la Direccion General de Politica de Inversiones, mediante Oficio Nº 2138-2013-EF/63.01 de fecha 18 de MORDAZA de 2013; Que, el INDECI a traves del Oficio Nº 1420-2013/ INDECI/4.0 solicita la suma de UN MILLON SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 731 593,00) los cuales seran transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Maranura de la Provincia de La Convencion del Departamento de MORDAZA, para la ejecucion de cuatro (04) Actividades de Emergencia para el alquiler de maquinaria pesada para los trabajos de encauzamiento, descolmatacion del Rio Vilcanota en los Sectores de Platanal (Km. 20+100), Derrumbe (Km.17+100), Ayunay (14+500), MORDAZA Maranura (Km. 13+900), Uchumayo (Km. 11+500), Ccollpani (08+500), Manahuanuncca (07+500) y Mandor (Km.06+00), que permita la recuperacion de su cauce. Dicha progresiva es con referencia a la via carrozable que conduce de Quillabamba - MORDAZA, Distrito de Maranura, Provincia La Convencion ­ MORDAZA y del Rio Yuracmayo en los sectores de Chinche (Km. 00+000), Maranura Alta (Km. 02+500), Kcosnipata (Km. 06+500) que permita la recuperacion de su cauce. Dicha progresiva es con referencia a la via carrozable que conduce de Chinche - Maranura Alta y Yuracmayo, Distrito de Maranura, Provincia La Convencion - MORDAZA, ambos afectados por inmensas lluvias que se presentan en la MORDAZA y por el huayco ocurrido el 14 de febrero del 2013; Que, en el mismo Oficio el INDECI solicita recursos para el alquiler de maquinaria pesada para los trabajos de rehabilitacion de vias de comunicacion que conduce de MORDAZA - Mandor- Quillabamba en los Sectores de Manahuanuncca (07+500), MORDAZA Maranura (Km. 13+900), Cocabambilla (Km.11+300), Distrito de Maranura, Provincia La Convencion ­ MORDAZA, y en el Sector de Chinche (Km. 00+000), Versalles (Km. 07+500) y (Km. Yuracmayo 08+200), Distrito de Maranura, Provincia La Convencion - MORDAZA, afectado por inmensas lluvias que se presentan en la MORDAZA y por el huayco ocurrido el 14 de febrero del 2013;

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