Norma Legal Oficial del día 07 de Junio del año 2013 (07/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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2. En caso de infracciones graves, la prohibicion de acceso a cualquier escenario deportivo por seis (6) meses hasta un MORDAZA de veinticuatro (24) meses.

El Peruano Viernes 7 de junio de 2013

son apelables ante el Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte, dentro del plazo de cinco (5) dias. CAPITULO VIII CAMPANAS EDUCATIVAS Y PREVENTIVAS Articulo 29. Campanas educativas contra la violencia Crease la Comision Nacional contra la Violencia en los Espectaculos Deportivos, que depende de la Presidencia del Consejo de Ministros y esta integrada por el Ministro del Interior, el Ministro de Educacion, el Ministro de Salud, el Fiscal de la Nacion, el Presidente del Comite Olimpico Peruano, el Jefe del Instituto Peruano del Deporte, el Jefe de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, el Director General de la Policia Nacional del Peru, el Presidente de la Federacion Peruana de Futbol, el Presidente de la Asociacion Deportiva de Futbol Profesional y el Presidente del Consejo de la Prensa Peruana. Esta comision tiene por finalidad promover el MORDAZA deportivo a traves de programas, campanas de prevencion y acciones correctivas que permitan a nuestra sociedad desarrollar valores y respeto mutuo entre aficionados y deportistas. Articulo 30. Funciones de la Comision Nacional contra la Violencia en los Espectaculos Deportivos Son funciones de la Comision Nacional contra la Violencia en los Espectaculos Deportivos las siguientes: a) b) Proponer iniciativas al Congreso de la Republica sobre el MORDAZA legal para el control de la violencia en el deporte. Promover proyectos para la adecuacion de los recintos deportivos, en relacion con el empleo de la tecnologia, de acuerdo con los estandares internacionales.

Articulo 25. Responsabilidad solidaria El club deportivo profesional, en caso de incumplir con las disposiciones que establezca la presente Ley, es solidariamente responsable por los danos materiales y personales que ocasionen los integrantes de sus barras en el espectaculo deportivo profesional; entendiendose los danos que se pudieran ocasionar dentro del recinto deportivo o en los alrededores, en el area de influencia deportiva establecida por la Policia Nacional del Peru. Articulo 26. Inhabilitacion Ademas de las penas establecidas que correspondan por los delitos cometidos, son aplicables a los barristas, hinchas y espectadores, de ser el caso, las siguientes consecuencias accesorias: 1. 2. La inhabilitacion hasta por diez (10) anos para ser dirigente o representante de un club deportivo profesional. La inhabilitacion por el mismo tiempo que el de la condena para asociarse a un club deportivo profesional o para integrar una barra.

Articulo 27. Cancelacion de espectaculos deportivos El Director de Seguridad Deportiva del Instituto Nacional del Deporte puede disponer la cancelacion del espectaculo deportivo profesional cuando no se cumplan las condiciones de seguridad exigidas en la presente Ley y en su reglamento. Articulo 28. Recurso de apelacion Las resoluciones de sancion emitidas por el Director de Seguridad Deportiva del Instituto Peruano del Deporte

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos publicos que, para efecto de la publicacion en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, se debera tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion se efectuara mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberan entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicacion se realizara de acuerdo al orden de recepcion del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentacion a publicar se enviara ademas en archivo electronico (diskette o cd) y/o al correo electronico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la version electronica es identico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumira la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicacion o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberan trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una linea por celda. 5. La informacion se guardara en una sola hoja de calculo, colocandose una declaracion jurada debajo de otra.
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