Norma Legal Oficial del día 07 de Junio del año 2013 (07/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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de RENIEC, haciendose necesario efectuar la adecuacion de los procedimientos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­TUPA de la entidad con la novisima estructura organizacional aprobada; Que mediante Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, se aprobaron los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) y se establecieron disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, Ley N° 29060; Que mediante Decreto Supremo N° 064-2010-PCM se aprueba la nueva metodologia de determinacion de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de las entidades publicas, ello de conformidad con lo establecido en el numeral 44.6 del articulo 44° de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que a traves del Memorando N° 001489-2013/GAD/ RENIEC (30ABR2013) la Gerencia de Administracion remite debidamente visado el cuadro detalle de los costos y derechos de tramitacion de los procedimientos contemplados en el proyecto de Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la entidad; Que mediante Memorando N° 001130-2013/GPP/ RENIEC (08MAY2013) la Gerencia de Planificacion y Presupuesto remite el proyecto de Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la entidad, el mismo que ha incorporado los criterios y parametros dispuestos por la Ley del Silencio Administrativo, Ley N° 29060, Decreto Supremo N° 079-2007-PCM; Decreto Supremo N° 062-2009-PCM y Decreto Supremo N° 0642010-PCM, con la finalidad que la Gerencia de Asesoria Juridica emita opinion legal al respecto y proyecte la correspondiente Resolucion Jefatural de aprobacion; Que el articulo 37º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, establece que todos los procedimientos administrativos, requisitos, condiciones y costos administrativos deben estar incluidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, con el objetivo de brindar a la ciudadania en general la informacion sobre todos los procedimientos administrativos que se tramitan ante la institucion; Que estando a lo expuesto, se hace necesario contar con un Texto Unico de Procedimientos Administrativos acorde con el vigente Reglamento de Organizacion y Funciones, asi como mejorar los procedimientos existentes e incluir dentro del MORDAZA los principales cambios legislativos aprobados recientemente; Que a fin de hacer de conocimiento el MORDAZA Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la entidad, se hace necesaria su publicacion en el Diario Oficial El Peruano; y, Estando a lo opinado favorablemente por la Secretaria General y la Gerencia de Asesoria Juridica y conforme a las atribuciones conferidas en la Ley Nº 26497 - Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y el Decreto Supremo N° 015-98-PCM, el Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolucion Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto la Resolucion Jefatural N° 857-2010/JNAC/RENIEC (29SET2010) que aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA del RENIEC, modificada por la Resolucion Jefatural N° 050-2012/JNAC/RENIEC (24FEB2012). Articulo Segundo.- Aprobar el MORDAZA Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional de la entidad, www.reniec.gob.pe. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional 947094-1

El Peruano Viernes 7 de junio de 2013

Autorizan delegacion de funciones registrales a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Comunidad MORDAZA Pucallpillo, ubicada en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL N° 185-2013/JNAC/RENIEC MORDAZA, 6 de junio de 2013 VISTOS: El Informe N° 000278-2013/GPRC/SGIRC/RENIEC (14MAY2013) de la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, el Memorando N° 000464-2013/GRC/RENIEC (22MAY2013) de la Gerencia de Registros Civiles, y el Informe N° 000080-2013/GPRC/RENIEC (28MAY2013) de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, a traves del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el cual precisa que el Sistema Registral esta conformado por el conjunto de organos y personas del Registro, que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos administrativos de inscripcion y que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, el articulo 20° del Decreto Ley N° 22175, establece que en cada una de las Comunidades Nativas debe haber una Oficina de Registros del Estado Civil. Asimismo, en cuanto al matrimonio civil en las Comunidades Nativas, el articulo 262° del Codigo Civil senala que este puede tramitarse y celebrarse ante un comite especial; Que, la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA Pucallpillo, Distrito de Balsapuerto, Provincia de Alto Amazonas, Departamento de Loreto; a la cual hacen referencia los informes de vistos, ha formalizado su respectivo expediente de incorporacion de Oficina Registral, presentando incluso el acta de conformacion de comite especial a que se refiere el considerando precedente, habiendo sido calificado positivamente por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, por la Gerencia de Registros Civiles, organo tecnico de Registros del Estado Civil; y por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, organo encargado de supervisar y controlar el MORDAZA de autorizacion de delegacion de funciones de las Oficinas de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y Comunidades Nativas; Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar la delegacion referida, a fin de establecer la vinculacion funcional, cuya difusion debe garantizar el acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes servicios registrales, dado el caracter publico del registro; y Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497 -Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 01598-PCM y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del articulo 44° de la Ley N° 26497; asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegacion, a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Comunidad MORDAZA Pucallpillo, Distrito de Balsapuerto, Provincia de Alto Amazonas, Departamento de Loreto. Articulo 2°.- El Jefe de la Oficina de Registros del Estado Civil de la Comunidad MORDAZA senalada en el

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