Norma Legal Oficial del día 18 de Junio del año 2013 (18/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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Que, mediante Resolucion Suprema Nº 053-2013-JUS, de fecha 22 de MORDAZA de 2013, se designa al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Viceministro de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, resulta necesario designar al representante del Ministro de Justicia y Derechos Humanos ante el Consejo Directivo de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29809, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 824, Ley de Lucha contra el Trafico Ilicito de Drogas, modificado por Ley Nº 28003; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2011-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, como representante del Ministro de Justicia y Derechos Humanos ante el Consejo Directivo de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA. Articulo 2º.- Dejese sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 0215-2012-JUS. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 951517-1

El Peruano Martes 18 de junio de 2013

Aprueban la Lista Nº 9 de Beneficiarios del Programa de Reparaciones Economicas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0153-2013-JUS MORDAZA, 17 de junio de 2013 VISTOS, los Oficios Nº 333-2013-JUS/SE-CMAN y Nº 368-2013-JUS/SE-CMAN, de la Secretaria Ejecutiva de la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del estado en los ambitos MORDAZA, la reparacion colectiva y la reconciliacion nacional­CMAN; los Oficios Nº 1103-2013JUS/OGPP-OPRE y Nº 1154-2013-JUS/OGPP-OPRE, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y los Informes Nº 317-2013-JUS/OGAJ y Nº 363-2013JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones ­ PIR, tiene por objeto establecer el MORDAZA Normativo del Plan Integral de Reparaciones ­ PIR para las victimas de la violencia acaecida durante el periodo de MORDAZA de 1980 a noviembre de 2000, conforme a las conclusiones y recomendaciones del Informe de la Comision de la Verdad y Reconciliacion; Que, conforme lo dispone el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 28592, aprobado por el Decreto supremo Nº 015-2006-JUS, teniendo en cuenta los listados a que se hace referencia en el Articulo 42º de la citada MORDAZA, el Consejo de Reparaciones determina e identifica a los beneficiarios del Programa de Reparaciones Economicas, en adelante el Programa (PRE); Que, el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 0512001-PCM, modifica el Articulo 37º del Reglamento MORDAZA acotado, senalando que el otorgamiento de las reparaciones se efectuara gradual y progresivamente una vez que se aprueben, mediante Resolucion Ministerial del Presidente del Consejo de Ministros, los procedimientos y modalidades de pago que deberan regir para el Programa de Reparaciones Economicas (PRE); Que, el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 051-2011PCM determina que el monto de la reparacion economica por victima de violacion sexual, desaparecida, fallecida o con discapacidad, asciende a S/. 10 000.00 (Diez Mil y 00/100

Nuevos Soles), dictandose los lineamientos para el caso de concurrencia del conyuge o concubino sobreviviente con otros familiares de las victimas desaparecidas o fallecidas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 102-2011-PCM, se adscribe la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la Reparacion Colectiva y la Reconciliacion Nacional (CMAN) al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUS); Que, en el contexto de la adscripcion de la CMAN al MINJUS, se dicta la Resolucion Ministerial Nº 01492012-JUS, por la cual se modifican los procedimientos y modalidades de Pago para la implementacion del Programa de Reparaciones Economicas, aprobados con Resolucion Ministerial Nº 184-2011-PCM, considerando, entre otros aspectos, que el organismo ejecutor del Programa (PRE) es el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a traves de su Unidad Ejecutora que es la Oficina General de Administracion, precisandose que el MINJUS aprueba mediante resoluciones ministeriales los desembolsos correspondientes; Que, la Ley Nº 29979 - Ley que establece criterios de priorizacion para la ejecucion del Programa de Reparacion Economica del Plan Integral de Reparaciones - PIR, en el primer parrafo de su Articulo 1º senala que el criterio de priorizacion para la ejecucion del Programa de Reparaciones Economicas - PRE sera el de prelacion, teniendo en consideracion la fecha en que MORDAZA ocurrido el hecho violatorio de derechos; Que, el ultimo parrafo del citado Articulo 1° de la Ley N.° 29979, faculta al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a configurar los criterios complementarios de ejecucion del Programa de Reparaciones Economicas, considerando lo previsto en el articulo 8.e) del Decreto Supremo N.° 015-2006-JUS, a propuesta de la Secretaria Ejecutiva de la CMAN. Esta MORDAZA senala que seran beneficiarios prioritarios las victimas adultos mayores, las mujeres y las personas con discapacidad; Que, mediante los Informes Nº 0008-2013-LEPA/SECMAN, Nº 009-2013-LEPA/SE-CMAN y Nº 011-2013LEPA/SE-CMAN, la Secretaria Ejecutiva de la CMAN refiere que conforme a los procedimientos establecidos ha elaborado la Lista Nº 9 que contiene un total de 11,740 beneficiarios del Programa de Reparaciones Economicas, especificando datos personales y Codigo de Registro Unico de Victimas ­ RUV, entre otros; Que, en los mencionados Informes, la CMAN, indica que para la elaboracion de esta Lista Nº 9 de beneficiarios han realizado una aplicacion conjunta del articulo 8.e) del Decreto Supremo N.° 015-2006-JUS y del articulo 1º de la Ley Nº 29979, para poder garantizar de la manera mas efectiva y extensa posible el acceso a la reparacion economica, que es un derecho legal reconocido a determinados ciudadanos afectados por el MORDAZA de violencia politica; Que, con el documento del Visto, el Secretario Ejecutivo de la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la Reparacion Colectiva y la Reconciliacion Nacional - CMAN, senala que se autoriza el pago de las reparaciones economicas a 11,740 beneficiarios de la Lista Nº 9 del Programa de Reparaciones Economicas; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a traves de los Oficios Nº 1103-2013-JUS/OGPP-OPRE y Nº 11542013-JUS/OGPP-OPRE, senala que en el Presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos se cuenta con los recursos financieros para atender a 11,740 beneficiarios de la Lista Nº 9 por un monto de de S/. 29`000,655.75 (VEINTINUEVE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 75/100 NUEVOS SOLES), manifestando que el financiamiento es con cargo al presupuesto aprobado al Pliego 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Unidad Ejecutora 001 Oficina General de Administracion, el cual se implementa a traves de la Secretaria Ejecutiva de la CMAN en coordinacion con la Oficina General de Administracion del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por cuyo merito emite opinion favorable para atender los desembolsos correspondientes al pago de reparaciones economicas individuales; Con el visado de la Secretaria Ejecutiva de la CMAN, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

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