Norma Legal Oficial del día 18 de Junio del año 2013 (18/06/2013)
Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.
TEXTO DE LA PÁGINA 20
497346
Que, mediante Resolucion Suprema Nº 053-2013-JUS, de fecha 22 de MORDAZA de 2013, se designa al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Viceministro de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, resulta necesario designar al representante del Ministro de Justicia y Derechos Humanos ante el Consejo Directivo de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29809, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 824, Ley de Lucha contra el Trafico Ilicito de Drogas, modificado por Ley Nº 28003; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2011-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, como representante del Ministro de Justicia y Derechos Humanos ante el Consejo Directivo de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA. Articulo 2º.- Dejese sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 0215-2012-JUS. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 951517-1
El Peruano Martes 18 de junio de 2013
Aprueban la Lista Nº 9 de Beneficiarios del Programa de Reparaciones Economicas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0153-2013-JUS MORDAZA, 17 de junio de 2013 VISTOS, los Oficios Nº 333-2013-JUS/SE-CMAN y Nº 368-2013-JUS/SE-CMAN, de la Secretaria Ejecutiva de la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del estado en los ambitos MORDAZA, la reparacion colectiva y la reconciliacion nacionalCMAN; los Oficios Nº 1103-2013JUS/OGPP-OPRE y Nº 1154-2013-JUS/OGPP-OPRE, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y los Informes Nº 317-2013-JUS/OGAJ y Nº 363-2013JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones PIR, tiene por objeto establecer el MORDAZA Normativo del Plan Integral de Reparaciones PIR para las victimas de la violencia acaecida durante el periodo de MORDAZA de 1980 a noviembre de 2000, conforme a las conclusiones y recomendaciones del Informe de la Comision de la Verdad y Reconciliacion; Que, conforme lo dispone el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 28592, aprobado por el Decreto supremo Nº 015-2006-JUS, teniendo en cuenta los listados a que se hace referencia en el Articulo 42º de la citada MORDAZA, el Consejo de Reparaciones determina e identifica a los beneficiarios del Programa de Reparaciones Economicas, en adelante el Programa (PRE); Que, el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 0512001-PCM, modifica el Articulo 37º del Reglamento MORDAZA acotado, senalando que el otorgamiento de las reparaciones se efectuara gradual y progresivamente una vez que se aprueben, mediante Resolucion Ministerial del Presidente del Consejo de Ministros, los procedimientos y modalidades de pago que deberan regir para el Programa de Reparaciones Economicas (PRE); Que, el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 051-2011PCM determina que el monto de la reparacion economica por victima de violacion sexual, desaparecida, fallecida o con discapacidad, asciende a S/. 10 000.00 (Diez Mil y 00/100
Nuevos Soles), dictandose los lineamientos para el caso de concurrencia del conyuge o concubino sobreviviente con otros familiares de las victimas desaparecidas o fallecidas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 102-2011-PCM, se adscribe la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la Reparacion Colectiva y la Reconciliacion Nacional (CMAN) al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUS); Que, en el contexto de la adscripcion de la CMAN al MINJUS, se dicta la Resolucion Ministerial Nº 01492012-JUS, por la cual se modifican los procedimientos y modalidades de Pago para la implementacion del Programa de Reparaciones Economicas, aprobados con Resolucion Ministerial Nº 184-2011-PCM, considerando, entre otros aspectos, que el organismo ejecutor del Programa (PRE) es el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a traves de su Unidad Ejecutora que es la Oficina General de Administracion, precisandose que el MINJUS aprueba mediante resoluciones ministeriales los desembolsos correspondientes; Que, la Ley Nº 29979 - Ley que establece criterios de priorizacion para la ejecucion del Programa de Reparacion Economica del Plan Integral de Reparaciones - PIR, en el primer parrafo de su Articulo 1º senala que el criterio de priorizacion para la ejecucion del Programa de Reparaciones Economicas - PRE sera el de prelacion, teniendo en consideracion la fecha en que MORDAZA ocurrido el hecho violatorio de derechos; Que, el ultimo parrafo del citado Articulo 1° de la Ley N.° 29979, faculta al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a configurar los criterios complementarios de ejecucion del Programa de Reparaciones Economicas, considerando lo previsto en el articulo 8.e) del Decreto Supremo N.° 015-2006-JUS, a propuesta de la Secretaria Ejecutiva de la CMAN. Esta MORDAZA senala que seran beneficiarios prioritarios las victimas adultos mayores, las mujeres y las personas con discapacidad; Que, mediante los Informes Nº 0008-2013-LEPA/SECMAN, Nº 009-2013-LEPA/SE-CMAN y Nº 011-2013LEPA/SE-CMAN, la Secretaria Ejecutiva de la CMAN refiere que conforme a los procedimientos establecidos ha elaborado la Lista Nº 9 que contiene un total de 11,740 beneficiarios del Programa de Reparaciones Economicas, especificando datos personales y Codigo de Registro Unico de Victimas RUV, entre otros; Que, en los mencionados Informes, la CMAN, indica que para la elaboracion de esta Lista Nº 9 de beneficiarios han realizado una aplicacion conjunta del articulo 8.e) del Decreto Supremo N.° 015-2006-JUS y del articulo 1º de la Ley Nº 29979, para poder garantizar de la manera mas efectiva y extensa posible el acceso a la reparacion economica, que es un derecho legal reconocido a determinados ciudadanos afectados por el MORDAZA de violencia politica; Que, con el documento del Visto, el Secretario Ejecutivo de la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la Reparacion Colectiva y la Reconciliacion Nacional - CMAN, senala que se autoriza el pago de las reparaciones economicas a 11,740 beneficiarios de la Lista Nº 9 del Programa de Reparaciones Economicas; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a traves de los Oficios Nº 1103-2013-JUS/OGPP-OPRE y Nº 11542013-JUS/OGPP-OPRE, senala que en el Presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos se cuenta con los recursos financieros para atender a 11,740 beneficiarios de la Lista Nº 9 por un monto de de S/. 29`000,655.75 (VEINTINUEVE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 75/100 NUEVOS SOLES), manifestando que el financiamiento es con cargo al presupuesto aprobado al Pliego 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Unidad Ejecutora 001 Oficina General de Administracion, el cual se implementa a traves de la Secretaria Ejecutiva de la CMAN en coordinacion con la Oficina General de Administracion del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por cuyo merito emite opinion favorable para atender los desembolsos correspondientes al pago de reparaciones economicas individuales; Con el visado de la Secretaria Ejecutiva de la CMAN, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;