Norma Legal Oficial del día 18 de Junio del año 2013 (18/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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El Peruano Martes 18 de junio de 2013

ORGANISMOS EJECUTORES DESPACHO PRESIDENCIAL
Designan Director de Tecnologia de Telecomunicaciones del Despacho Presidencial
RESOLUCION DE LA SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Nº 018-2013-DP/SGPR MORDAZA, 17 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director de Tecnologia de Telecomunicaciones del Despacho Presidencial; Que, en tal sentido, es necesario designar a la persona que ocupara el referido cargo; De conformidad con el articulo 3º de la Ley Nº 27594 y el literal q) del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Despacho Presidencial, aprobado por Decreto Supremo Nº 066-2006-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 082-2011-PCM. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designacion Designar a Freddy MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director de Tecnologia de Telecomunicaciones del Despacho Presidencial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ARANGUENA Secretaria General de la Presidencia de la Republica 951519-1

las nuevas disposiciones que para la operatividad de los almacenes aduaneros establece la Ley General de Aduanas - Decreto Legislativo N° 1053 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2009-EF; Que es necesario modificar el procedimiento INTAPG.24 con la finalidad de adecuar los requisitos de infraestructura exigibles a los almacenes aduaneros, relacionados al piso del local y al sistema de monitoreo por camaras de television, para posibilitar su cumplimiento; Que de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, con fecha 4 de junio del 2013 se publico en el MORDAZA web de la SUNAT (www. sunat.gob.pe), el proyecto de la presente norma; En uso de las facultades conferidas al Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas mediante la Resolucion de Superintendencia N° 122-2003/SUNAT y a lo dispuesto en el inciso g) del articulo 23° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM y sus modificatorias; y estando a la Resolucion de Superintendencia Nº 0282012/SUNAT. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modifiquese el inciso b), numeral 1, literal A.2 de la seccion VII del procedimiento general "Autorizacion y Acreditacion de Operadores de Comercio Exterior" INTA-PG.24, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 2362008/SUNAT/A y modificatorias, por el texto siguiente: "b) El piso del local: - Debe estar pavimentado con asfalto o losa de concreto en las siguientes zonas: · De reconocimiento fisico; · De almacenamiento de mercancias en contenedores; · Donde se ubica la oficina de la autoridad aduanera; y · Vias peatonales y vehiculares; - Para el resto del local se puede utilizar un material distinto al senalado en el parrafo precedente, siempre que sea resistente, compactado con elementos que impidan la proliferacion de material particulado, que permita el MORDAZA fluido de vehiculos y personas y satisfaga las condiciones de seguridad e higiene, de acuerdo al MORDAZA de mercancias a almacenar. La memoria descriptiva del local, firmada por un ingeniero civil o arquitecto colegiado, debe acreditar que el material utilizado garantiza el cumplimiento de las caracteristicas MORDAZA senaladas, y establecer el MORDAZA y periodicidad de mantenimiento que se requiere." Articulo 2°.- Modifiquese el tercer parrafo del inciso h), numeral 1, literal A.2 de la seccion VII del procedimiento general "Autorizacion y Acreditacion de Operadores de Comercio Exterior" INTA-PG.24, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 2362008/SUNAT/A y modificatorias, por el texto siguiente: "(...) Los funcionarios designados por la Intendencia Nacional de Prevencion del Contrabando y Fiscalizacion Aduanera y las intendencias de aduana de la circunscripcion podran tener acceso remoto por internet al sistema de monitoreo del almacen aduanero, para las investigaciones aduaneras y las acciones de control que pudieran programar y realizar de acuerdo a su capacidad operativa." Articulo 3º.- Modifiquese el inciso b) del primer parrafo del Anexo 18 del procedimiento general "Autorizacion y Acreditacion de Operadores de Comercio Exterior" INTAPG.24, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 236-2008/SUNAT/A y modificatorias, por el texto siguiente: "b) Capacidad para visualizar las MORDAZA que identifican a los bultos."

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Modifican el procedimiento "Autorizacion y Acreditacion de Operadores de Comercio Exterior" INTA-PG.24 (version 2)
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 00145-2013/SUNAT/300000 Callao, 17 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 236-2008/SUNAT/A se aprobo el procedimiento "Autorizacion y Acreditacion de Operadores de Comercio Exterior" INTA-PG.24 (Version 2); Que a traves de la Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 539-2012/SUNAT/A se modifico el procedimiento INTA-PG.24 a fin de incorporar

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