Norma Legal Oficial del día 22 de Junio del año 2013 (22/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano Sabado 22 de junio de 2013

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Pasajes (incluye TUUA) Viaticos US$ 2,099.50 US$ 1,000.00

VISTOS: El documento de fecha 30 de MORDAZA de 2013 emitido por el Director Regional de la Oficina Sudamericana de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional (OACI), los Memorandums No. 968-2013-MTC/02.AL.RPE y No. 10192013-MTC/02.AL.AAH emitidos por el Viceministerio de Transportes, el Memorandum No. 654-2013-MTC/12 y los Informes No. 195-2013-MTC/12 y No. 199-2013-MTC/12 emitidos por la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, mediante documento de fecha 30 de MORDAZA de 2013 emitido por el Director Regional de la Oficina Sudamericana de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional (OACI), se curso invitacion al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para participar en los siguientes eventos: "Sexta Reunion Plenaria Anual del Grupo Regional de Seguridad Operacional de la Aviacion - Panamerica (RASG-PA/6)" y "Cuarta Cumbre Panamericana de Seguridad Operacional de la Aviacion" que se llevaran a cabo del 25 al 28 de junio de 2013, en la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de Costa Rica; Que, la Cuarta Cumbre Panamericana de Seguridad Operacional de la Aviacion, se realizara del 25 al 26 de junio de 2013, y tiene como objetivo discutir la reduccion de aproximaciones desestabilizadas mediante el uso de la tecnologia, los programas de mitigacion de perdida de control en vuelo, el impacto economico y de seguridad operacional para mantener estandares elevados de seguridad operacional, entre otros; Que, la Sexta Reunion Plenaria Anual del Grupo Regional de Seguridad Operacional de la Aviacion - Panamerica, se realizara del 27 al 28 de junio de 2013, y tiene como objetivo armonizar todas las actividades emprendidas para afrontar los temas importantes de seguridad operacional de la aviacion en la Region Panamericana; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, en sus Informes No. 195-2013-MTC/12 y No. 199-2013MTC/12, senala que resulta necesaria la participacion de un representante de la Direccion General de Aeronautica Civil, debido a que las actividades de la region estan alineadas con los objetivos del Plan Global de OACI para la Seguridad Operacional de la Aviacion y estan disenadas para proporcionar asistencia practica a los Estados de la region; pues el RASG-PA continua a la vanguardia en lo que se refiere a la armonizacion de las iniciativas de la seguridad operacional y de ahi la importancia de participar en sus reuniones; Que, en tal sentido y dada la importancia de los citados eventos, resulta conveniente autorizar la participacion del senor Fredy MORDAZA Nunez Munarriz, profesional de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el costo del referido viaje sera financiado dentro del MORDAZA del Convenio de Administracion de Recursos PER/12/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organizacion de Aviacion Civil Internacional - OACI, organismo tecnico de las Naciones Unidas, de conformidad con los terminos de la Autorizacion de la Beca/Mision Int. No. 012-05-2013 de fecha 15 de MORDAZA de 2013, suscrita por el Coordinador del Proyecto OACI; De conformidad con la Ley No. 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, Ley No. 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, y a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor Fredy MORDAZA Nunez Munarriz, profesional de la Direccion General de Aeronautica Civil, a la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de Costa Rica, del 24 al 29 de junio de 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que demande el viaje seran cubiertos por el Convenio de Administracion de Recursos PER/12/801, de acuerdo a la Autorizacion de Beca/Mision Int. No. 012-05-2013 de fecha 15 de MORDAZA del 2013 y al siguiente detalle:

Articulo 3º.- Dentro de los siete (07) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el profesional mencionado en el articulo 1 de la presente Resolucion Suprema, debera presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el mencionado profesional debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje; asi como la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 5º.- El cumplimiento de la presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

954026-4

Ratifican Memorandum de Entendimiento entre las Autoridades Aeronauticas Civiles de Australia y de la Republica del Peru
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 354-2013 MTC/02
MORDAZA, 18 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, el articulo 8 de la Ley No. 27261 -- Ley de Aeronautica Civil del Peru establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es la unica Autoridad Aeronautica Civil; asimismo, agrega que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con autonomia tecnica, administrativa y financiera necesaria para el cumplimiento de sus funciones; Que, el literal n) del articulo 9 de la Ley No. 27261, senala que la Direccion General de Aeronautica Civil es competente, entre otras cosas, para ejecutar la politica aerea nacional, asi corno negociar y suscribir acuerdos en materia aeronautica de indole tecnico o aerocomercial; Que, el articulo 82 de la Ley No. 27261 senala que la actividad aerocomercial se establece en el orden internacional mediante servicios de transporte aereo de empresas nacionales y extranjeras, a cuyo efecto la Direccion General de Aeronautica Civil otorgara las respectivas autorizaciones y celebrara actas o memoranda de entendimiento sobre transporte aereo, las que para entrar en vigencia deberan ser ratificadas por el Ministro de Transportes y Comunicaciones; Que, el articulo 12 del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo No. 0502001-MTC senala que el Director General de Aeronautica Civil puede negociar y suscribir acuerdos en materia aerocomercial; asimismo, puede negociar y suscribir actas o memoranda de entendimiento, los que para entrar en vigencia deben ser ratificados por el Ministro de Transportes y Comunicaciones; Que, con fechas 21 y 22 de enero de 2013, se reunieron en la MORDAZA de Canberra, Australia, las delegaciones de las Autoridades Aeronauticas Civiles de Australia y de la

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