Norma Legal Oficial del día 22 de Junio del año 2013 (22/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 118

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El Peruano Sabado 22 de junio de 2013

Convierten organo jurisdiccional en Sala Especializada Laboral Transitoria del Distrito Judicial de Tacna
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 099-2013-CE-PJ MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2013 VISTOS: El Oficio N° 009-2013-VLTP-CE-PJ e Informe N° 009-2013-VLTP-CEPJ, presentados por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; Oficio N° 1583-2013-PCSJT-PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tacna, y Oficio N° 140-2013-P-CNDPCE/PJ e Informe N° 022-GO-CNDP-CE/PJ, elaborados por el Presidente de la Comision Nacional de Descarga Procesal y el Gerente Operacional de la citada comision, respectivamente. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo somete a consideracion de este Organo de Gobierno propuesta para convertir la Sala Especializada Civil Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Tacna, en Sala Especializada Laboral Transitoria del mismo Distrito Judicial, en merito a los informes tecnico y estadistico adjuntos, asi como en los antecedentes y fundamentos que aparecen en el denominado "Proyecto de Conversion de la Sala Civil Transitoria en Sala Especializada Laboral de la Corte Superior de Justicia de Tacna". Segundo. Que la propuesta se origina en el pedido planteado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tacna, mediante el cual refiere que en el ano 2009 se creo la Sala Civil Transitoria de Tacna con la finalidad de descongestionar el embalse de procesos que soportaba la Sala Civil Permanente, al ser la unica Sala Superior que resolvia no solo expedientes en materia civil sino tambien de materias afines. En esa direccion, agrega que en la actualidad el ingreso de expedientes en MORDAZA MORDAZA Civiles se viene congestionando hacia un mayor ingreso de causas en materia contencioso administrativo laboral, pasando a constituir una menor cantidad las materias civil, comercial y de familia; lo que determina la necesidad de la conversion solicitada. Tercero. Que, sobre el particular, es menester senalar que se han llevado a cabo reuniones de coordinacion entre los Presidentes del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo y de la Comision Nacional de Descarga Procesal, como resultado de lo cual y luego del analisis objetivo de las estadisticas se concluye sobre la pertinencia de la conversion peticionada, lo cual coadyuvara con la necesaria descarga procesal existente en materia laboral, asi como a la mejora de la eficiencia y eficacia del servicio de administracion de justicia en dicha sede judicial. Tanto mas si se considera que el Distrito Judicial de Tacna se encuentra en vigencia la nueva Ley Procesal del Trabajo desde el 15 de MORDAZA de 2010, de conformidad con lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolucion Administrativa N° 237-2010-CEPJ, del 7 de MORDAZA del mismo ano, y en ese contexto la citada Sala Superior se avocara al conocimiento de todos los procesos laborales, contenciosos administrativos, procesos laborales tramitados con la antigua ley; asi como aquellos tramitados con la nueva Ley Procesal del Trabajo. Cuarto. Que de conformidad con el articulo 82°, inciso 26, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, se determina como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, disponer acciones que puedan mejorar los servicios de administracion de justicia. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 3972013 de la vigesima sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, Walde MORDAZA, MORDAZA

Postigo, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Chaparro Guerra. Por unanimidad. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Convertir la Sala Especializada Civil Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Tacna, en Sala Especializada Laboral Transitoria del mismo Distrito Judicial, con competencia territorial en todo el Distrito Judicial. El plazo de funcionamiento de la Sala Especializada Laboral Transitoria sera a partir del 1 de MORDAZA hasta el 31 de diciembre de 2013; quedando modificado en este extremo el articulo primero de la Resolucion Administrativa N° 072-2013-CE-PJ, del 25 de MORDAZA ultimo. Articulo Segundo.- Facultar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Tacna, para que en la oportunidad que corresponda, adopte las medidas administrativas para la proporcional redistribucion de la carga procesal de los procesos laborales, contenciosos administrativos, procesos laborales tramitados con la antigua ley asi como aquellos tramitados con la nueva Ley Procesal del Trabajo. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Presidente de la Comision Nacional de Descarga Procesal, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tacna y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 953719-2

Convierten organo jurisdiccional en Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 100-2013-CE-PJ MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2013 VISTOS: El Oficio N° 145-2013-P-CNDP-CE-PJ e Informe N° 023-2013-GO-CNDPCE/PJ remitidos por el Presidente de la Comision Nacional de Descarga Procesal, y Oficio N° 2546-2013-P-CSJAN/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Comision Nacional de Descarga Procesal somete a consideracion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la propuesta presentada por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, conforme al acuerdo de Sala Plena de fecha 9 de MORDAZA del ano en curso, por el cual los Jueces Superiores de la Sala Plena de la citada Corte Superior, aprobaron por unanimidad solicitar la conversion de la Sala Civil Transitoria en Sala Penal Liquidadora Transitoria con sede en la MORDAZA de Huaraz. Segundo. Que la peticion formulada se fundamenta en la excesiva carga procesal de la Sala Penal Liquidadora Permanente, la cual resulta superior a la carga procesal pendiente de la Sala Civil Permanente. En esa direccion, se precisa que la conversion materia de propuesta permitira reducir en un tiempo significativamente menor la carga procesal pendiente de liquidar en materia penal, incidiendo favorablemente en una mejor administracion de justicia y consecuentemente en la satisfaccion de los justiciables en particular, y de la sociedad en general.

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