Norma Legal Oficial del día 22 de Junio del año 2013 (22/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 135

El Peruano Sabado 22 de junio de 2013

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por Resolucion SBS Nº 980-2006, conforme a lo siguiente: "Articulo 13º.- Limites globales e individuales Son aplicables al Fondo MIVIVIENDA S.A. los limites senalados en el Capitulo II del Titulo II de la Seccion MORDAZA de la Ley General y las disposiciones emitidas por la Superintendencia sobre dicha materia; con excepcion del limite a que hace referencia el articulo 204º de la Ley General en la medida que su modelo de negocio corresponda a un banco de MORDAZA piso (canalizacion de creditos hipotecarios a los beneficiarios finales a traves del otorgamiento de lineas de financiamiento a las empresas del sistema financiero). Articulo Segundo.- La presente Resolucion entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial EI Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 952884-1

Vivienda - Fondo MIVIVIENDA en una sociedad anonima denominada Fondo MIVIVIENDA S.A., en adelante el Fondo, correspondiendole a esta Superintendencia ejercer las facultades de regulacion, supervision y control sobre las actividades que dicha sociedad desarrolle en el ambito del sistema financiero; Que, de acuerdo con los articulos 1º y 2º de la Ley Nº 28579, el Fondo se rige por su Ley especial y su Estatuto, tiene naturaleza juridica de empresa estatal de derecho privado, y tiene por objeto dedicarse a la promocion y financiamiento de la adquisicion, mejoramiento y construccion de viviendas, especialmente las de interes social, a la realizacion de actividades relacionadas con el fomento del flujo de capitales hacia el MORDAZA de financiamiento para vivienda, a la participacion en el MORDAZA primario y MORDAZA de creditos hipotecarios, asi como a contribuir con el desarrollo del MORDAZA de capitales; Que, el articulo 3º de la Ley Nº 28579 autoriza a esta Superintendencia a expedir los dispositivos que resulten necesarios para ejercer sus facultades de regulacion, supervision y control del Fondo; Que, en ejercicio de dichas facultades, esta Superintendencia aprobo a traves de la Resolucion SBS Nº 980-2006 el Reglamento del Fondo MIVIVIENDA S.A., en adelante el Reglamento, el cual establece sus normas de funcionamiento, las medidas prudenciales, el registro contable y los requerimientos de informacion aplicables a la entidad, entre otros; Que, el articulo 13º del Reglamento establece que los limites contemplados en el Capitulo II del Titulo II de la Seccion MORDAZA de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, aprobada por Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante la Ley General, y las disposiciones emitidas por este organismo de control en relacion a dicha materia son de aplicacion al Fondo; Que, dentro de los referidos limites, se encuentra el establecido por el articulo 204º de la Ley General, por el cual los financiamientos otorgados por una empresa del sistema financiero a otra empresa establecida en el MORDAZA y los depositos constituidos en aquella, sumados a los avales, fianzas y otras garantias que se MORDAZA recibido de dicha empresa, no pueden exceder del treinta por ciento (30%) de su patrimonio efectivo; Que, el Fondo se viene desempenando desde el inicio de sus operaciones como un banco de MORDAZA piso, dado que su modelo de negocio supone por el lado del activo, el otorgamiento de lineas de financiamiento a las empresas del sistema financiero, a fin de que estas las canalicen a los beneficiarios finales a traves de creditos hipotecarios; mientras que por el lado del pasivo, las principales MORDAZA de financiamiento del Fondo corresponden a su patrimonio contable (recursos propios) y la captacion de recursos en el MORDAZA de valores; Que, considerando ello, el Directorio del Fondo en su sesion de fecha 20 de MORDAZA de 2013, acordo encargar a la Gerencia General que solicite a esta Superintendencia se exceptue al Fondo de la aplicacion del articulo 204º de la Ley General; solicitud que fue formulada a traves de la Carta Nº 292-2013-FMV/GG y documentos de sustento adjuntos; Que, de la evaluacion efectuada por esta Superintendencia, se considera que dicha solicitud resulta factible, tanto desde punto de vista tecnico como legal, en la medida que la aplicacion del aludido limite al Fondo afectaria su normal desenvolvimiento y el logro de su objeto social, considerando su modelo de negocio (banco de MORDAZA piso) y los actuales indices de concentracion del MORDAZA hipotecario peruano; y que de acuerdo al MORDAZA legal vigente, esta Superintendencia cuenta con las facultades respectivas para regular las medidas prudenciales aplicables al Fondo; Contando con el visto MORDAZA de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, de Riesgos y de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 7 del articulo 349º de la Ley General; y de acuerdo con las condiciones de excepcion dispuestas en el numeral 3.2 del articulo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el articulo 13º del Reglamento del Fondo MIVIVIENDA S.A., aprobado

Autorizan viajes de funcionarios de la SBS a Espana, Panama, Sudafrica y MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION SBS Nº 3749-2013 MORDAZA, 19 de junio de 2013 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (a.i.) VISTA: La invitacion cursada por el Banco de Espana en colaboracion con la Asociacion de Supervisores Bancarios de las Americas (ASBA) y el Centro de Estudios Monetarios Latinoamericano (CEMLA) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en el II Curso sobre Estabilidad Financiera: Hacia una Vision Integral, el mismo que se llevara a cabo del 24 al 28 de junio de 2013, en la MORDAZA de MORDAZA, Reino de Espana; CONSIDERANDO: Que, el citado curso tiene como principal objetivo abordar los temas de actualidad en el MORDAZA de la estabilidad financiera, presentandolos de modo integral a un objetivo de politica publica; asimismo, se discutira acerca de los elementos que conforman el diseno macroprudencial para la identificacion, diagnostico, seguimiento y prevencion de los riesgos sistemicos, incluyendo las politicas de actuacion; Que, los temas a tratar en el mencionado curso seran de utilidad y aplicacion para el desarrollo de actividades de supervision y regulacion, se ha considerado conveniente designar a la senorita MORDAZA MORDAZA Whittembury Vlasica, Analista Principal del Departamento de Investigacion Economica de la Superintendencia Adjunta de Estudios Economicos, para que participe en el indicado evento; Que, la citada funcionaria ha sido beneficiada con una beca integral otorgada por el Banco de Espana destinada a cubrir los gastos de ensenanza, materiales didacticos, alojamiento, desayunos, almuerzos y refrigerios durante el evento, asi como la asignacion de 500.00 euros, via reembolso, para compensar los gastos de viaje de la asistente; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-16, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, estableciendose en el Numeral 4.3.1., que se autorizaran los viajes al exterior de los funcionarios para eventos cuyos objetivos obliguen la representacion sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que

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