Norma Legal Oficial del día 29 de Junio del año 2013 (29/06/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Sabado 29 de junio de 2013

498377
: Instancias Descentralizadas : Gobiernos Regionales 0061 : Reduccion del Costo, Tiempo e Inseguridad Vial en el Sistema de Transporte Terrestre

A LA: SECCION MORDAZA PLIEGOS PROGRAMA PRESUPUESTAL

Articulo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de junio del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros SUB TOTAL SECCION MORDAZA PLIEGOS 162 584 682,00 --------------------162 584 682,00 =============

956025-1

: Instancias Descentralizadas : Gobiernos Locales

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0061 : Reduccion del Costo, Tiempo e Inseguridad Vial en el Sistema de Transporte Terrestre FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros SUB TOTAL TOTAL EGRESOS 75 459 632,00 ------------------75 459 632,00 ============ 238 044 314,00 =============

Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA y del Gobierno Local de Aramango en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 para financiar proyectos de inversion publica de infraestructura vial
DECRETO SUPREMO N° 143-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

1.2 Los Pliegos habilitados en la seccion MORDAZA del numeral 1.1 del presente articulo y los montos de transferencia por Pliego y Proyecto, se detallan en el Anexo "Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para ejecucion de proyectos de inversion publica de Infraestructura Vial" que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se publica en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe) en la misma fecha de la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 El Titular de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Verificacion y seguimiento El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a traves de su Unidad Ejecutora Provias Descentralizado, es responsable de la verificacion y seguimiento del cumplimiento de las acciones contenidas en los convenios y cronogramas de ejecucion de los proyectos de inversion publica, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente.

CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se aprueban, entre otros, los creditos presupuestarios correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales; Que, en el Presupuesto Institucional del Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Ano Fiscal 2013, Unidad Ejecutora 010 Provias Descentralizado, se han asignado recursos publicos para la ejecucion de proyectos de inversion publica relacionados al mejoramiento de carreteras a cargo de Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales; Que, el numeral 11.1 del articulo 11 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, establece que los recursos publicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecucion de proyectos de inversion en los Gobiernos Regionales o los Gobiernos Locales se transfieren bajo la modalidad de modificacion presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante decreto supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y el Ministro de Economia y Finanzas, previa suscripcion de convenio; Que, el numeral 11.2 del articulo 11 de la citada Ley senala que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversion publica deben contar con viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP); y que las transferencias de recursos que se efectuen en el MORDAZA de la presente disposicion solo se autorizan hasta el MORDAZA trimestre del ano 2013. Asimismo, dicho numeral dispone que cada Pliego Presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verificacion y seguimiento, lo que incluye el monitoreo financiero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecucion del proyecto de inversion publica, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; Que, el tercer parrafo del articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece, entre otros, que las entidades que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar modificaciones a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a los programas presupuestales siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa; senalandose que dichas transferencias se realizan

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.