Norma Legal Oficial del día 29 de Junio del año 2013 (29/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Sabado 29 de junio de 2013

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FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros 104 297 142,00 -------------------TOTAL PLIEGO 446 265 000 000,00 ============ : Instancias Descentralizadas 010202 : Municipalidad Aramango Distrital de

SECCION MORDAZA PLIEGO PROGRAMA PRESUPUESTAL

Autorizan Transferencia de Partidas y Transferencia Financiera en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, para el financiamiento de proyectos de inversion publica de saneamiento MORDAZA y rural
DECRETO SUPREMO N° 144-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal a) del articulo 4 de la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que es funcion del Ministerio disenar, normar y ejecutar la politica nacional y acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento; asi como, ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento, conforme a Ley; Que, el numeral 11.1 del articulo 11 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, establece, entre otros, que los recursos publicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecucion de proyectos de inversion en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, se transfieren bajo la modalidad de modificacion presupuestaria en el nivel institucional aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector respectivo y por el Ministro de Economia y Finanzas, previa suscripcion del convenio correspondiente; y en el caso que el proyecto de inversion publica sea ejecutado por empresas publicas, los recursos son transferidos financieramente, mediante decreto supremo, en cualquier fuente de financiamiento, previa suscripcion de convenio, los cuales se administran en las cuentas del Tesoro Publico, conforme a lo que disponga la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico; Que, el numeral 11.2 del referido dispositivo, senala que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversion publica deben contar con viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP); y que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verificacion y seguimiento, lo que incluye el monitoreo financiero de los recursos; asi como, el cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y el cronograma de ejecucion del proyecto de inversion publica, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; Que, el articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 3042012-EF, establece, entre otros, que las entidades que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar modificaciones a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a los programas presupuestales siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa; senalando que dichas transferencias se realizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, previo informe favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico; Que, mediante Memorandum N° 649-2013-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, la Direccion Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en el MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 11 de la Ley N° 29951, solicita gestionar el dispositivo que autorice una transferencia de recursos en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, que comprende una Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales, para el financiamiento de treinta y nueve (39) proyectos de inversion publica de saneamiento MORDAZA y saneamiento rural, y una Transferencia Financiera a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A., para el financiamiento de cuatro (04) proyectos de inversion publica de saneamiento MORDAZA, los cuales, senala, se encuentran viables en el MORDAZA de la normatividad del Sistema Nacional de Inversion Publica, contando con los Convenios suscritos; Que, asimismo, mediante Memorandum N°s. 648 y 653 -2013-VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, la citada Direccion Ejecutiva, en el MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 11

0061 : Reduccion del Costo, Tiempo e Inseguridad Vial en el Sistema de Transporte Terrestre 2069106 : Mejoramiento de la Carretera al nivel de Bicapa Asfaltica Muyo ­ Aramango, distrito de Aramango ­ Bagua ­ Amazonas 1 : Recursos Ordinarios 3 874 947,00 --------------------3 874 947,00 ============ 268 874 947,00 ============

PROYECTO

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros TOTAL PLIEGO 010202 TOTAL EGRESOS

Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 El Titular de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Verificacion y seguimiento El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a traves de su Unidad Ejecutora Provias Descentralizado, es responsable de la verificacion y seguimiento del cumplimiento de las acciones contenidas en los convenios y cronogramas de ejecucion de los proyectos de inversion publica, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente. Articulo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de junio del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

956025-2

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