Norma Legal Oficial del día 29 de Junio del año 2013 (29/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano Sabado 29 de junio de 2013

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presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecucion de proyectos de inversion en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, se transfieren bajo la modalidad de modificacion presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector respectivo y por el Ministro de Economia y Finanzas, previa suscripcion del convenio correspondiente; Que, el numeral 11.2 del referido dispositivo, senala que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversion publica deben contar con viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP); y que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verificacion y seguimiento, lo que incluye el monitoreo financiero de los recursos; asi como, el cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecucion del proyecto de inversion publica, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; Que, el articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 3042012-EF, establece, entre otros, que las entidades que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar modificaciones a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a los programas presupuestales siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa, senalando que dichas transferencias se realizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, previo informe favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico; Que, mediante Memorandum N° 431-2013-VIVIENDA/ VMVU/PMIB, la Direccion Ejecutiva del Programa Mejoramiento Integral de MORDAZA, en el MORDAZA del numeral 11.1 del articulo 11 de la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, solicita gestionar el dispositivo legal que permita realizar una transferencia de partidas a favor de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, destinada al financiamiento de un proyecto de inversion publica de infraestructura MORDAZA, el cual corresponde a las obras de rehabilitacion en las zonas afectadas por las lluvias torrenciales ocurridas en la MORDAZA de Arequipa; asimismo, informa que dicho proyecto ha sido viabilizado en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica ­ SNIP, se encuentra en la fase de inversion, cuenta con expediente tecnico aprobado, con el correspondiente convenio de financiamiento suscrito con la citada Municipalidad; Que, del mismo modo, con Memorandum N° 1312013-VIVIENDA-VMVU, del Viceministro de Vivienda y Urbanismo concordante con el Memorandum N° 4322013-VIVIENDA/VMVU/PMIB de la Direccion Ejecutiva del Programa Mejoramiento Integral de MORDAZA, solicita gestionar el dispositivo legal que permita autorizar una transferencia de partidas a favor de diversos Gobiernos Locales, destinada al financiamiento de proyectos de inversion publica de infraestructura MORDAZA del citado Programa, precisando que dichos proyectos corresponden a los Proyectos Emblematicos "Losas de Recreacion Multiuso", y "Centros Comunales Comerciales"; asi mismo, informa que los proyectos de inversion publica de infraestructura MORDAZA en mencion, han sido viabilizados en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica ­ SNIP, y cuentan con los Convenios suscritos con las Unidades Ejecutoras correspondientes; Que, a su vez, con Memorandums Nº 1259 y 12672013/VIVIENDA-OGPP, la Oficina General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, informa sobre la disponibilidad presupuestal con cargo al presupuesto aprobado en el presente Ano Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento-Administracion General, Programa Presupuestal 0108: Mejoramiento Integral de MORDAZA, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para el financiamiento de las transferencias de recursos referidas en los considerandos precedentes, y precisa que los proyectos a financiar se encuentran declarados viables en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica ­ SNIP y que se han suscrito los Convenios correspondientes; en merito de lo cual, con Oficios N°s. 1226 y 1250-2013-VIVIENDA/SG, el referido Ministerio solicita la transferencia de dichos recursos; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales, hasta por la suma total de OCHO MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO TREINTA

Articulo 2. Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1. El Titular de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion es remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3. Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4. Informacion Los Pliegos habilitados informaran al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, los avances fisicos y financieros de la ejecucion de los proyectos a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en los convenios correspondientes, para efectos de las acciones de verificacion y seguimiento a que se refiere el articulo 11 de la Ley N° 29951. Articulo 5. Del Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de junio del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

956025-8

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, para financiar proyectos de inversion publica de infraestructura MORDAZA
DECRETO SUPREMO N° 150-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal a) del articulo 4 de la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que es funcion del Ministerio disenar, normar y ejecutar la politica nacional y acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento; asi como, ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento, conforme a Ley; Que, el numeral 11.1 del articulo 11 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, establece que los recursos publicos asignados en los

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