Norma Legal Oficial del día 29 de Junio del año 2013 (29/06/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano Sabado 29 de junio de 2013

498401
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0042 : Aprovechamiento de los Recursos Hidricos para Uso Agrario FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 60 000 000,00 -------------------60 000 000,00 =========== En Nuevos Soles : Instancias Descentralizadas 455 : Gobierno Regional Departamento de Moquegua. del

para la gestion integral, social, eficiente y moderna de los recursos hidricos, en concordancia con el Sistema Nacional de Gestion Ambiental, asi como ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en materia de promover la ampliacion de las tierras dedicadas a la agricultura, fomentando el desarrollo de proyectos de irrigacion y otros mecanismos de aprovechamiento de las tierras con aptitud agraria en coordinacion con los sectores e instituciones competentes, conforme a Ley; Que, el numeral 11.1 del articulo 11 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, establece que los recursos publicos que se asignen en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecucion de proyectos de inversion en los gobiernos regionales o los gobiernos locales se transfieren bajo la modalidad de modificacion presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y el Ministro de Economia y Finanzas, previa suscripcion de convenio; Que, el numeral 11.2 del articulo 11 de la citada Ley, senala que, previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversion publica deben contar con viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP), y las transferencias de recursos que se efectuen en el MORDAZA de la presente disposicion solo se autorizan hasta el MORDAZA trimestre del ano 2013; asimismo, dispone que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verificacion y seguimiento, lo que incluye el monitoreo financiero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecucion del proyecto de inversion publica, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; Que, el tercer parrafo del articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece, entre otros, que las entidades que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar modificaciones a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a los programas presupuestales siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa; senalando que dichas transferencias se realizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, previo informe favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico; Que, mediante el Informe Nº 106-2013-AG-UPRES/ OPP, la Unidad de Presupuesto Sectorial de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura, emite opinion favorable a la transferencia de recursos del Pliego 013 Ministerio de Agricultura a favor del Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA, indicando que el Pliego cuenta con saldos presupuestales en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios hasta por el monto de SESENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 60 000 000,00) para financiar la ejecucion de un (01) Proyecto de Inversion Publica de infraestructura de riego, declarado viable en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica ­ SNIP, para lo cual se ha suscrito el convenio correspondiente; en merito de lo cual, con Oficios N°s. 0539 y 0557-2013-AG-SEGMA, la Secretaria General del referido Ministerio solicita la transferencia de partidas a favor del Gobierno Regional del Departamento de Moquegua; De conformidad con el articulo 11 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 y el articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1 Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, hasta por la suma de SESENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 60 000 000,00), para financiar la ejecucion de un (01) proyecto de inversion publica de infraestructura de riego, a cargo del Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO En Nuevos Soles : Gobierno Central 013 : Ministerio de Agricultura

GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No financieros TOTAL EGRESOS A LA: SECCION MORDAZA PLIEGO

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0042 : Aprovechamiento de los Recursos Hidricos para Uso Agrario FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 60 000 000,00 -------------------TOTAL EGRESOS 60 000 000,00 ============

GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No financieros

1.2 El desagregado de la transferencia senalada en el numeral 1.1 del presente articulo se detalla en el Anexo "Transferencia de Partidas para la ejecucion de un Proyecto de Inversion Publica de Infraestructura de Riego" que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, y se publica en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Agricultura (www.minag.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion oficial de la presente MORDAZA en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitador y el Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de las transferencias de partidas a que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Plazo para el inicio del MORDAZA de seleccion Los procesos de seleccion para la ejecucion del proyecto de inversion senalado en el articulo 1 del presente Decreto Supremo, a ser financiado con la transferencia de partidas autorizada, debera ser iniciado por el Gobierno Regional, segun corresponda, en un plazo no mayor a diez (10) dias habiles a partir de la publicacion del presente Decreto Supremo. Articulo 5.- Informacion El Pliego habilitado, informara al Ministerio de Agricultura, los avances fisicos y financieros de la ejecucion del proyecto a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en el convenio y/o adenda correspondiente, para efectos de las acciones

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.