Norma Legal Oficial del día 06 de Marzo del año 2013 (06/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

490221

incisos 8) y 9) del Articulo 9º y con el MORDAZA UNANIME de los senores miembros del Concejo Municipal y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente:

ORDENANZA
Articulo 1º.- Concedase el beneficio de condonacion del 100% de los intereses, reajustes y moras de las deudas Tributarias, a favor de los contribuyentes del distrito de Chorrillos, referente a los siguientes tributos: - Impuesto Predial - Diferencias del Impuesto Predial producto de Fiscalizacion. - Tasa de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo. - Diferencias de los Arbitrios Municipales producto de Fiscalizacion. Articulo 2º.- El presente beneficio alcanzara todas aquellas deudas Tributarias y Multas Administrativas que se encuentran en cualquier MORDAZA de cobranza por la Gerencia de Rentas y la Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva correspondiente a los ejercicios anteriores al 31 de enero del 2013. Articulo 3º.- El plazo para acogerse al presente beneficio vence el 31 de MORDAZA del 2013. Articulo 4º.- Tratandose de Multas Tributarias y Multas Administrativas, el monto adeudado por las mismas sera rebajado en forma general, en un cuarenta por ciento (40%). Articulo 5º.- Excluir del presente beneficio las multas tributarias que se encuentren en Ejecutoria Coactiva, asi como las multas tributarias que se generen como consecuencia de la MORDAZA de Declaraciones Juradas de Autoavaluo que corresponden a anos anteriores al ano 2006; Igualmente no se encuentran incluidos en la presente Ordenanza las multas generadas como consecuencia de infracciones impuestas a los vehiculos menores del Distrito (Mototaxis). Por otro lado el presente beneficio no alcanza a las sanciones que se generen por la ejecucion de obras sin Licencia de Construccion, Habilitaciones Urbanas y las derivadas por saneamiento ambiental que se encuentran detalladas en la Ordenanza del Regimen de Aplicacion de Sanciones aprobadas mediante Ordenanza Nº 012-99MDCH y/o Nº 051/MDCH. Articulo 6º.- No se encuentran comprendidos en los beneficios establecidos por la presente Ordenanza los contribuyentes que con anterioridad a la vigencia de esta Ordenanza, hubieran abonado el total de las deudas tributarias y multas tributarias y/o Administrativas. Articulo 7º.- En el caso de procedimiento de ejecucion coactiva iniciada, las garantias que se encuentran otorgadas a favor de la Municipalidad, asi como las medidas preventivas trabadas, se mantendran en tanto se concluya la cancelacion de la deuda tributaria, salvo que el contribuyente las sustituya por otras a satisfaccion de la administracion. Articulo 8º.- Vencido el plazo de beneficio de condonacion que por la presente Ordenanza se concede, la Municipalidad procedera inmediatamente a ejecutar la cobranza coactiva. Articulo 9º.- Para efectos de la presente MORDAZA se entendera por: a) Tributo Adeudado.- Aquellas deudas tributarias que incremente el monto insoluto del derecho de emision; deducido el factor de ajuste y el interes moratorio. b) Multa Tributaria.- Aquellas que se originan por la omision de presentar Declaraciones Juradas y/o comunicacion ante la administracion tributaria. c) Multa Administrativa.- Aquella originada por las infracciones contempladas en el Regimen de Aplicacion de Sanciones y otros dispositivos municipales. Articulo 10º.- Los contribuyentes que deseen acogerse a los beneficios descritos en la presente Ordenanza y tengan en tramite alguna solicitud o impugnacion referente a la deuda tributaria, deberan previamente desistirse de su pretension, a efectos de acceder al presente beneficio. Articulo 11º.- Facultar al senor MORDAZA para que mediante Decreto pueda ampliar el plazo, reglamentar y dictar medidas complementarias para el cumplimiento de los alcances de la presente Ordenanza. Articulo 12º.- Dejese sin efecto la cobranza de deudas pendientes correspondiente a Arbitrios Municipales hasta

el ano 2004, en aplicacion a lo dispuesto por el Tribunal Constitucional. Articulo 13º.- Encarguese a la Gerencia de Rentas, Sub Gerencia de Informatica, Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Sub Gerencia de Imagen Institucional la difusion de la presente. Articulo 14º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia el dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA

907626-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Designan Ejecutor Coactivo de la Gerencia de Rentas de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 091-2013-ALC/MLV
La MORDAZA, 26 de febrero de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA VISTOS; el Proveido Nº 530 del 26 de febrero de 2013 de la Gerencia Municipal; el Informe Nº 014-2013-CECPMMLV del 25 de febrero de 2013 de la Comision Evaluadora, adjuntando el Acta suscrita por los miembros de la Comision informando el ganador del concurso publico; asi como los informes, actas, y demas documentacion sustentando la ejecucion del Concurso y el cumplimiento del procedimiento correspondiente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS se aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, estableciendo en su articulo 7º numeral 7.1) que "la designacion del Ejecutor como la del Auxiliar se efectuara mediante concurso publico de meritos" (sic). Asimismo, el numeral 7.2) del citado articulo estipula que "tanto el Ejecutor como el Auxiliar ingresaran como funcionarios de la Entidad a la cual representan y ejerceran su cargo a tiempo completo y dedicacion exclusiva" (sic); Que, la Ley Nº 27204 se precisa que el Ejecutor Coactivo es un funcionario nombrado o contratado segun el regimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designacion no implica que dicho cargo sea de confianza; Que, en merito a lo expuesto se conformo la Comision Evaluadora del Concurso Publico de Meritos para designar a un (1) Ejecutor Coactivo para la Subgerencia de Ejecucion Coactiva de la Gerencia de Rentas de la Municipalidad de La MORDAZA, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 619-2012ALC/MLV de fecha 13 de diciembre de 2012, a la cual se le encargo la elaboracion de las bases del referido concurso, otorgandosele el plazo de 10 dias para presentar las mismas; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 9º numeral 32) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, mediante Acuerdo de Concejo Nº 0092013/MLV, de fecha 28 de enero de 2013, se aprobaron las Bases del Concurso Publico de Meritos anteriormente indicado; por lo que la Comision Evaluadora procedio a realizar la convocatoria correspondiente; Que, mediante informe de vistos la Comision Evaluadora remite el Acta de fecha 25 de febrero del 2013 en la cual se determina como ganador del concurso publico efectuado al abogado MORDAZA Iturrizaga Quezada. Asimismo, la Comision indica que se ha cumplido con las bases y que se ha seguido el procedimiento de ley;

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