Norma Legal Oficial del día 17 de Marzo del año 2013 (17/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 17 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

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de Cultura Viva Comunitaria" la entrega periodica de un informe de sus actividades; los mismos que seran publicados en la pagina web de la Gerencia de Cultura. c) Requerir a las Organizaciones de Cultura Viva Comunitaria inscritas, que hayan accedido a alguno de los beneficios previstos en la presente ordenanza, la sustentacion de sus proyectos, de sus indicadores de evaluacion y de un informe final de los resultados logrados con sus proyectos; los mismos que seran publicados en la pagina web de la Gerencia de Cultura. d) Elaborar un sistema publico de informacion. e) Informar anualmente al Concejo Metropolitano, dentro del primer trimestre del siguiente ejercicio, los resultados de la implementacion y aplicacion de la presente ordenanza. f) Las demas que MORDAZA consideradas necesarias para una adecuada evaluacion de la Politica Publica Metropolitana para la Promocion y el Fortalecimiento de la Cultura Viva Comunitaria.

Tercera.- Impedimento para la Inscripcion en el "Registro de Organizaciones de Cultura Viva Comunitaria" No podran inscribirse las organizaciones de Cultura Viva Comunitaria que desarrollen las siguientes actividades: a) Vulnerar las libertades y los derechos fundamentales, promoviendo, justificando o exculpando los atentados contra la MORDAZA o la integridad de las personas o la exclusion o persecucion de personas por cualquier razon, o legitimando la violencia como metodo para la consecucion de objetivos politicos. b) Complementar y apoyar politicamente la accion de organizaciones que para la consecucion de fines politicos, practiquen el terrorismo o que con su predica contribuyan a multiplicar los efectos de la violencia, el miedo y la intimidacion que el terrorismo genera. c) Apoyar o difundir la accion de organizaciones que practican el terrorismo y/o el narcotrafico. Cuarta.- Del Manual de Operaciones. Se encarga a la Gerencia de Cultura conjuntamente con la Gerencia de Planificacion, para que en un plazo de 60 dias calendario, elaboren el Manual de Operaciones del "Programa de Cultura Viva Comunitaria". POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA,14 de marzo de 2013 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

TITULO IV ARTICULACION DE LA POLITICA PUBLICA METROPOLITANA PARA LA PROMOCION Y EL FORTALECIMIENTO DE LA CULTURA VIVA COMUNITARIA
Articulo 18°.- Articulacion de la Politica Publica Metropolitana para la Promocion y el Fortalecimiento de la Cultura Viva Comunitaria en la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA La politica publica establecida en la presente ordenanza se articula con todas las gerencias, los organismos publicos descentralizados, las empresas, los programas y los proyectos especiales de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA en el MORDAZA de un enfoque de desarrollo territorial. Articulo 19°.- Articulacion de la Politica Publica Metropolitana para la Promocion y el Fortalecimiento de la Cultura Viva Comunitaria con otros Niveles de Gobierno La Politica Publica Metropolitana para la Promocion y el Fortalecimiento de la Cultura Viva Comunitaria establecida en la presente ordenanza se articula con las politicas nacionales y sectoriales del Gobierno Nacional en materia de cultura, a fin de cumplir sus objetivos, y constituye el MORDAZA referencial para los programas y las estrategias de las municipalidades distritales de la provincia de Lima.

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Modifican Planos de Zonificacion de los distritos de MORDAZA MORDAZA, San MORDAZA de Porres, MORDAZA MORDAZA y Miraflores
ORDENANZA Nº 1674
LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 14 de marzo del 2013 el Informe 21-2012-MML-CTT de la Comision Tecnica de Trabajo; de acuerdo a lo opinado por la Comision Metropolitana de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen Nº 29-2013-CMDUVN; y de conformidad con el Articulo 23º de la Ordenanza Nº 1617; Aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACION DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA Articulo Primero.- Modificar el Plano de Zonificacion del Distrito de MORDAZA MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 1105-MML publicado en el Diario Oficial El Peruano el 05 de enero del 2008, tal como se detalla a continuacion: 1.1 Modificar la calificacion de Residencial de Densidad Media (RDM) y Otros Usos (OU) a Comercio Zonal (CZ) al sector denominado Hacienda Chillon, Lote D, Seccion B, cuya area total es de 10,029.78 m2, disponiendo que en el MORDAZA de Licencia de Habilitacion MORDAZA correspondiente, el propietario del referido predio debera respetar el area correspondiente a Faja Marginal del Rio Chillon, establecida por el Ministerio de Agricultura segun Resolucion Administrativa Nº 263-2001-AG-DRA. LC/ATDR.CHRL del 19 de diciembre del 2001, como area intangible de ocupacion. 1.2 Consolidar la zonificacion de Residencial de Densidad Media (RDM) al sector denominado Las MORDAZA, disponiendo que en el MORDAZA de Licencia de Habilitacion MORDAZA correspondiente, el propietario del referido predio debera respetar el area correspondiente a Faja Marginal

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera.- Adecuacion de las Organizaciones de Cultura Viva Comunitaria inscritas como "Organizaciones Culturales y Educativas" del Registro Unico de Organizaciones Sociales Las Organizaciones de Cultura Viva Comunitaria que se encuentren inscritas como "Organizaciones Culturales y Educativas" del Registro Unico de Organizaciones Sociales (RUOS), podran solicitar su inscripcion en el "Registro de Organizaciones de Cultura Viva Comunitaria". Segunda.- Modificacion del Articulo 3° e incorporacion de una Disposicion Transitoria y Complementaria, de la Ordenanza N° 191-MML Modificase el numeral 3.4. del articulo 3° de la Ordenanza N° 191-MML, en los siguientes terminos: "Articulo 3.- Para efectos de aplicacion de la presente ordenanza se considera Organizacion Social a: (...) 3.4. Organizaciones Culturales, Organizaciones de Cultura Viva Comunitaria y Educativas. (...)". Incorporese la siguiente Disposicion Transitoria y Complementaria en la Ordenanza N° 191-MML, en los siguientes terminos: (...) "Septima.- La Gerencia de Cultura enviara el Registro de Organizaciones de Cultura Viva Comunitaria y Aliados a la Gerencia de Participacion Vecinal para su conocimiento y fines.

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