Norma Legal Oficial del día 23 de Marzo del año 2013 (23/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES
VISTO:

491441

06 de marzo del 2013, en la MORDAZA de MORDAZA, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado, modificada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; ACUERDA: Articulo Primero.Aprobar el CONVENIO DE TRANSFERENCIA DE PARTIDA PARA COFINANCIAMIENTO ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA Y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA DE MOSSA PARA LA EJECUCION DEL PROYECTO DE INFRAESTRUCTURA DE RIEGO, que consta de once clausulas, y tiene por objetivo establecer las pautas, mecanismos y bases, de caracter legal, tecnico, coordinacion, financiamiento y operatividad mediante el cual el Gobierno Regional transfiere a la Municipalidad los recursos financieros ascendentes a la suma S/. 324,521.00 nuevos soles (Trescientos veinticuatro Mil Quinientos Veintiuno y 00/100 Nuevos Soles) para la ejecucion del proyecto denominado "Mejoramiento del Servicio de Agua del sistema de riego, MORDAZA principal MORDAZA MORDAZA, en el caserio MORDAZA MORDAZA, Distrito de MORDAZA MORDAZA de Mossa, Provincia de Morropon, Piura", con codigo SNIP 175551. Articulo Segundo.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego Gobierno Regional MORDAZA ­ Sede Central a favor de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA de Mossa por el monto de S/. 324,521.00 nuevos soles (Trescientos veinticuatro Mil Quinientos Veintiuno y 00/100 Nuevos Soles) para ser utilizados en forma exclusiva para los fines que senala el Convenio mencionado en el articulo primero, de acuerdo a los lineamientos senalados en el numeral 12.3 del articulo 12º de la Ley del Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2013 y la Directiva Nº 05-2010EF/76.01 y su modificatoria. Articulo Tercero.- Encargar a Gerencia General Regional, en coordinacion con la Gerencia Regional de Infraestructura, realicen el seguimiento correspondiente a los recursos transferidos y presenten informes periodicos al Consejo Regional sobre el avance fisico y financiero del proyecto materia del Convenio; y a la Secretaria Tecnica del Sistema Regional de Lucha contra la Corrupcion, designar veedores ciudadanos que velen por el buen uso de los recursos transferidos. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- Dispensar el presente Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion del Acta. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional

El Expediente Nº 442840, constituido por el Memorando Nº 106-2013-GRSM/ARA, del 201 de febrero del 2013, la Nota Informativa Nº 034-2013-GRSM/ARA-DEGT, del 21 de febrero del 2013; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitucion Politica del Estado, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre descentralizacion Ley Nº 27680, Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y sus modificatorias Ley Nº 27902 y 28013, se les reconoce a los gobiernos regionales, autonomia politica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el inciso b) del articulo 62 de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado, senala que es funcion de los gobiernos regionales: b) Realizar los actos de inmatriculacion, saneamiento, adquisicion, enajenacion, administracion y adjudicacion de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion; Que, mediante actas de entrega y recepcion a traves de la Resolucion Ministerial Nº 656-2006-EF/10, suscritas por el Ministro de Economia y Finanzas y los presidentes de los gobiernos regionales de San MORDAZA, Amazonas, MORDAZA y Tumbes, respectivamente, se transfirio a dichos gobiernos regionales la competencia de administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal. Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151, dispone que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculacion compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN; y en las zonas en que se MORDAZA efectuado transferencia de competencias, a los gobiernos regionales, sin perjuicio de las competencias legalmente reconocidas por MORDAZA especial a otras entidades y de las funciones y atribuciones del ente rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales. Que el articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, senala: "La primera inscripcion de dominio de predios estatales, sin perjuicio de lo establecido en normas especiales, sera sustentada y aprobada por los gobiernos regionales o la SBN de acuerdo a sus respectivas competencias"; Que el articulo 38º del Decreto Regional Nº 0022009 GRSM/PGR del reglamento para la aplicacion de la Zonificacion Ecologica Economica-ZEE del departamento de San MORDAZA precisa que se identifican las zonas de proteccion y de conservacion ecologica a fin de establecer garantias juridicas a traves de su inmatriculacion; Que mediante Oficio Nº 037-2012-MDS- Exp. Nº 296640, la municipalidad distrital de Sacanche provincia Huallaga, departamento San MORDAZA, solicita la inmatriculacion de tres (03) predios estatales con la denominacion MORDAZA de Conservacion y Recuperacion de Ecosistemas, las cuales son: "Aguanillo", "Aguas Termales" y "Cascadas Lagunas Gemelas"; Que, de acuerdo a los Informes Tecnicos Nºs. 0742012-GRSM/ARA-DEGT-ADGR, 075-2012-GRSM/ARADEGT-ADGR y 076-2012-GRSM/ARA-DEGT-ADGR, las propuestas de inmatriculacion resulta compatibles por constituir un espacios dentro de la ZEE y responden a la denominacion MORDAZA de Conservacion y Recuperacion de Ecosistemas "Aguanillo", "Aguas Termales" y "Cascadas Lagunas Gemelas", los cuales por poseer recursos naturales de gran valor bioecologico constituye Patrimonio de la Nacion, calidad que se sustenta en lo establecido por el articulo 66º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo 38º del Decreto Regional Nº 002-2009-GRSM/PGR; Que, la MORDAZA Registral Nº III ­ Sede Moyobamba, Oficina Registral Juanjui,-U, sobre la base de los informes tecnicos Nº 730-2012-Z.R Nº III/OC ­ JUANJUI, 742-2012-Z.R Nº III/OC ­ JUANJUI-U, y 744-2012-Z.R Nº III/OC ­ JUANJUI -U, emitidos los Certificados de Busqueda Catastral en el mes de noviembre de 2012, senala que realizadas las busquedas de informacion registral por nombre de los colindantes y codigos catastrales respecto de los predios rusticos denominados "Aguanillo", "Aguas Termales" y

915225-1

GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA
Reconocen tres predios estatales denominados Zonas de Conservacion y Recuperacion de Ecosistema "Aguanillo", "Aguas Termales" y "Cascadas Lagunas Gemelas" y disponen la inscripcion de dominio a favor del Estado Peruano
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 205-2013-GRSM/PGR
Moyobamba, 4 de marzo de 2013

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