Norma Legal Oficial del día 23 de Marzo del año 2013 (23/03/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 38

491444

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de marzo de 2013

Municipalidad Distrital de El MORDAZA aprobado mediante Ordenanza Nº 482-MDEA publicado en Diario Oficial El Peruano, quedando en los terminos especificados que se adjunta en el Anexo Nº 1 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR al Gerente Municipal, Gerente de Planificacion, Gerente de Administracion y Finanzas, Sub Gerente de Recursos Humanos y Seguridad Interna, Sub Gerencia de Tesoreria, Sub Gerencia de Contabilidad y Sub Gerencia de Logistica velar por el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- ENCARGAR al Secretario General la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la presente Ordenanza, la misma que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. DISPOSICION COMPLEMENTARIA Articulo Unico.- Encargar al Jefe de la Unidad de Racionalizacion, Estadistica e Informatica y Programacion de Inversiones publicar en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en la pagina web de la Municipalidad Distrital de El MORDAZA (www.munielagustino.gob.pe), la presente Ordenanza y el Anexo Nº 01. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

915256-1

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Adecuan y regulan el procedimiento de Licencia de Funcionamiento de acuerdo a la Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento, y modifican el MORDAZA de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 261-2013/ML
Lurin, 19 de marzo de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Lurin, visto en Sesion Extraordinaria de fecha 18 de marzo de 2013, el Informe Nº 118-2013-GDET/ML de la Gerencia de Desarrollo Economico y Turismo,referido a la propuesta de la Ordenanza Municipal que adecua y regula el procedimiento de Licencia de Funcionamiento en el Distrito de Lurin, acorde con la Ley Nº 28976 - Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, y la Ley de Reforma, Ley Nº 28607, las Municipalidades Provinciales y Distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante, con lo establecido en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades. Que, de conformidad con el Articulo 6º del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, senala que los "gobiernos locales promueven el Desarrollo Economico Local, con incidencia en la micro y pequena empresa" y en su articulo 10º, establece que los "gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento economico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental".

Que, en los numerales 3.6 y 3.6.4 del Articulo 79º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, senala que es competencia y funcion especifica exclusiva de las municipalidades el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificacion. Que, asimismo el Articulo 83º del mismo texto acotado senala que es funcion de las municipalidades en materia de abastecimiento y comercializacion de productos y servicios, otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales, industriales y profesionales. Que, mediante Ley Nº 28976 - Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 5 de febrero de 2007; en su Articulo Primero, senala como finalidad: Establecer el MORDAZA JURIDICO de las disposiciones aplicables al procedimiento para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento expedida por las municipalidades, correspondiendo a estas adecuar su respectivo Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) con las disposiciones previstas en dicha ley. Que, mediante Decreto Supremo Nº 066-2007-PCM, se establecen diversos aspectos de las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil, tales como la naturaleza, objeto, procedimientos y requisitos a tenerse en consideracion en la ejecucion de los lineamientos de la Ley Nº 28976. Que, el Articulo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, senala que las ordenanzas de las municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Que, el Articulo 49º de la citada MORDAZA senala que la Autoridad Municipal puede ordenar la clausura temporal o definitiva de edificios, establecimientos o servicios cuando su funcionamiento esta legalmente prohibido o constituye peligro o riesgo para la seguridad publica, o infrinjan las normas reglamentarias o de seguridad del sistema de Defensa Civil o produzca olores, humos, ruidos u otros efectos perjudiciales para la salud o la tranquilidad del vecindario. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 215/ML, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Lurin; por lo que es necesario adecuar a los lineamientos establecidos en la Ley MORDAZA de Licencia de funcionamiento, concordante con los dispositivos legales vigentes. Que, estando a lo expuesto; y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, y contando con el MORDAZA UNANIME de los senores regidores presentes, el Concejo Municipal aprobo la siguiente.

ORDENANZA QUE ADECUA Y REGULA EL PROCEDIMIENTO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO EN EL DISTRITO DE LURIN, ACORDE CON LA LEY Nº 28976 - LEY MORDAZA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO
Articulo Primero.- APROBAR, la Ordenanza Municipal que adecua y regula el procedimiento de otorgamiento de Licencia de Funcionamiento en el Distrito de Lurin, acorde con la Ley Nº 28976, Ley MORDAZA de Licencia de funcionamiento; cuyo contenido se detalla en el Anexo Nº 01, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- MODIFICAR, el contenido del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Lurin, en los articulos correspondientes a la Licencia de Funcionamiento. Articulo Tercero.- INCORPORAR, a dicho documento los seis (06) procedimientos contenidos del Anexo Nº 02, relacionados a los procedimientos de Licencia de funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales y de servicios, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- DEJAR, sin efecto cualquier otra Ordenanza y/o MORDAZA municipal que se oponga a la presente. Articulo Quinto.- FACULTAR, al Senor MORDAZA a fin de que dicte mediante Decreto de Alcaldia, disposiciones que

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.