Norma Legal Oficial del día 23 de Marzo del año 2013 (23/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de marzo de 2013

Desarrollo de Asentamientos Humanos y demas planes especificos. Que, estando a lo dispuesto por los Articulos 21º, 22º, 23º, 24º y 25, del Decreto Supremo Nº 027-2003VIVIENDA, referido al Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo MORDAZA, mediante los cuales dispone el procedimiento a seguir para la aprobacion del Plan de Desarrollo MORDAZA Distrital. Que, en este sentido, teniendo en consideracion que el Plan de Desarrollo MORDAZA y Rural Distrital debe sujetarse al Plan Provincial es necesario que exista concordancia entre los Planes de Desarrollo Distrital y Provincial. Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 241-2006-A/ MPQ-U de fecha 27 de noviembre del 2006, la Municipalidad Provincial de Quispicanchi aprueba el Plan de Desarrollo MORDAZA de la MORDAZA de Urcos. Que mediante Informe Nº 116-2012-DDUR-MPQU de la Division de Desarrollo MORDAZA y Rural de la Municipalidad Provincial de Quispicanchi de fecha 23 de MORDAZA del 2012 solicita la Aprobacion de la Implementacion del Plan de Desarrollo MORDAZA de la MORDAZA de Urcos ­ Identificacion y Priorizacion de Proyectos parte II; actualizacion: Plano de Uso de Suelos, Plano de Identificacion de la Trama vial y Plano Catastral de la MORDAZA de Urcos. Que, habiendose cumplido con el procedimiento de Aprobacion senalado en el Articulo 11° del Decreto Supremo Nº 027-2003-VIVIENDA, verificandose asimismo que el del Plan de Desarrollo MORDAZA de la MORDAZA de Urcos ­ Identificacion y Priorizacion de Proyectos parte II; actualizacion: Plano de Uso de Suelos, Plano de Identificacion de la Trama vial y Plano Catastral de la MORDAZA de Urcos cumple con las exigencias tecnicas Normativas vigentes, conforme es de apreciarse en los informes citadas en parrafos anteriores, corresponde su aprobacion mediante Ordenanza por parte del Concejo Municipal determinandose su vigencia por un plazo de cinco (5) anos computados desde su publicacion conforme lo establece el Articulo 12º del citado dispositivo. Que, sometido a las deliberaciones correspondientes el Concejo Municipal por unanimidad y de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 9° inciso 5) y Articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con dispersa de la Aprobacion del Acta aprobo la siguiente:

PROYECTO CONGRESO DE LA REPUBLICA
FORMULA LEGAL PROYECTO DE LEY Nº 2001/2012-IC.
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA HA DADO LA LEY SIGUIENTE:

LEY DE REFORMA DEL ART. 206 DE LA CONSTITUCION DE 1993 POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA REFORMA TOTAL DE LA ACTUAL "CONSTITUCION" TOMANDO COMO BASE PARA ELLO EL TEXTO DE LA CONSTITUCION DEL PERU DE 1979"
Articulo 1°.- Objeto de la Ley La presente Ley tiene por objeto modificar el articulo 206° de la Constitucion Politica, el que queda redactado de la siguiente manera: Articulo 206.- El Congreso procedera a la revision y reforma de la Constitucion del Peru conforme a las siguientes lineas: Revisese y utilicese como texto base para la Reforma, la Constitucion Politica del Peru de 1979. b. El preambulo de la misma sera respetado en su integridad pudiendo anadirsele otros textos que reflejen los principios en los que se asiente el MORDAZA y valores por los que se orienta la Nacion. c. Se incorporara al texto las instituciones que fueron creadas en 1993 como la Defensoria del Pueblo y otras que ayuden al desarrollo democratico, social y economico del pais. d. Se promulgaran medidas transitorias para convalidar los efectos de los actos juridicos que los particulares y los entes publicos hayan desarrollado segun el texto "Constitucion Politica de 1993" y en los que no se hubieren cometido actos ilicitos o violatorios de los derechos humanos. Asimismo para senalar que los actos desarrollados en ese lapso seran estimados juridicamente conforme a esas normas. e. Consolidado el texto de las reformas a la "Constitucion de 1979" conforme a lo senalado en este articulo, se declarara la nulidad de la denominada "Constitucion Politica del Peru" de 1993. f. La aprobacion de las reformas necesita de la mayoria del numero legal de los miembros del Congreso. g. La Reforma se llevara a cabo en el termino de 1 ano contado a partir de la promulgacion de esta norma. El Presidente de la Republica promulga la ley de Reforma de la Constitucion de 1979 en el termino de 7 dias de recibido el texto, no pudiendo observarla. h. En tanto se lleva adelante el tramite para la reforma ordenada en este articulo, se suspende la posibilidad de presentar cualquier otro proyecto de reforma. i. En ningun caso se podra aprobar la reeleccion inmediata del Presidente de la Republica, ni desconocer los derechos fundamentales de las personas, ni alterar el regimen republicano, democratico representativo del Estado y del gobierno. j. En la eventualidad que no se concluya en el plazo previsto con la reforma de la Constitucion de 1979, el Presidente de la Republica convocara a una Asamblea Constituyente Derivada y Especial de 100 miembros elegidos en distrito unico para que en el mismo plazo de 1 ano procedan conforme a lo senalado en esta ley de Reforma. Durante este lapso el Congreso queda en suspenso en su poder de reformar la Constitucion. MORDAZA, 26 de setiembre de 2012 915521-1 a.

ORDENANZA "QUE APRUEBA LA IMPLEMENTACION DEL PLAN DE DESARROLLO MORDAZA DE LA MORDAZA DE URCOS ­ IDENTIFICACION Y PRIORIZACION DE PROYECTOS PARTE II; ACTUALIZACION: PLANO DE ZONIFICACION USO DE SUELOS (PII-01), PLANO DE SECTORIZACION MORDAZA (PII-02), PLANO DE IDENTIFICACION DE LA TRAMA VIAL (PII-03). Y PLANO CATASTRAL CODIFICADO DE LA MORDAZA DE URCOS (PII-04)"
Articulo Primero.- APROBAR la implementacion del "Plan de Desarrollo MORDAZA de la MORDAZA de Urcos ­ Identificacion y Priorizacion de Proyectos parte II; actualizacion: plano de zonificacion uso de suelos (PII01), plano de sectorizacion MORDAZA (PII-02), plano de identificacion de la trama vial (PII-03), y plano catastral codificado de la MORDAZA de Urcos (PII-04)." Articulo Segundo.- Los planos que se aprueban con la presente ordenanza municipal regiran hasta la entrada en vigencia de una nueva actualizacion de los mismos, siendo de obligatorio cumplimiento por el sector publico y privado de la provincia de Quispicanchi. Articulo Tercero.- Dejar sin efecto los planos de Zonificacion vigentes que se opongan a los aprobados por la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Derogar el reglamento de zonificacion de uso de suelo de la MORDAZA de Urcos, aprobado con Resolucion de Alcaldia Nº 241-2006-A/MPQ-U. Articulo Quinto.- Disponer la publicacion de la presente Ordenanza conforme a lo dispuesto en el inciso 1) del Articulo 44° de la Ley 27972, y el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Provincial de Quispicanchi: (www. quispicanchi.gob pe). Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MANDURA MORDAZA MORDAZA

915411-1

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