Norma Legal Oficial del día 02 de Mayo del año 2013 (02/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Jueves 2 de MORDAZA de 2013

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Articulo 11º.- La compania MORDAZA UP S.A. - MORDAZA PERU debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 12º.- La compania MORDAZA UP S.A. - MORDAZA PERU debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 13º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil del Peru - Ley N° 27261, el Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese.

- MORDAZA - Chiclayo - MORDAZA y v.v., minimo una (1) frecuencia semanal. - MORDAZA - MORDAZA - Tumbes y v.v., minimo una (1) frecuencia semanal. - MORDAZA - MORDAZA - Talara y v.v., minimo una (1) frecuencia semanal. - MORDAZA - MORDAZA - Cuzco y v.v., minimo una (1) frecuencia semanal. - MORDAZA - MORDAZA y v.v., minimo una (1) frecuencia semanal. - MORDAZA - MORDAZA y v.v., minimo una (1) frecuencia semanal. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez" SUB-BASES DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Iquitos. - Aeropuerto de Pucallpa. - Aeropuerto del Cusco. Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la compania MORDAZA UP S.A. - MORDAZA PERU deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos - de ser el caso - por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- La compania MORDAZA UP S.A. - MORDAZA PERU esta obligada a presentar a la Direccion General de Aeronautica Civil, los informes y datos estadisticos que correspondan a su actividad, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 4º.- La compania MORDAZA UP S.A. - MORDAZA PERU esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener la informacion sobre el trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 5º.- La compania MORDAZA UP S.A. - MORDAZA PERU empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedido o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 6º.- La compania MORDAZA UP S.A. - MORDAZA PERU podra hacer uso de las instalaciones de los helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios y explotadores; y cuando corresponda, previa obtencion de las autorizaciones gubernamentales especiales que exija la legislacion nacional vigente. Articulo 7º.- Las aeronaves de la compania MORDAZA UP S.A. - MORDAZA PERU podran operar en los helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas, longitudes de pista y resistencia, asi como otras caracteristicas derivadas de dichos helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos, que se encuentran comprendidos en sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente, asi como en sus respectivas Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 9°.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 10º.- La compania MORDAZA UP S.A. - MORDAZA PERU, debera cumplir con la obligacion de constituir la garantia global que senala el Articulo 93º de la Ley N° 27261, en los terminos y condiciones que establece el Reglamento y dentro del plazo que senala el Articulo 201° de dicho dispositivo. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 926694-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Prorrogan funcionamiento, convierten y reubican organos jurisdiccionales de diversos Distritos Judiciales
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 073-2013-CE-PJ MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2013 VISTOS: Los Oficios Nºs. 168, 169, 170, 171, 172, 174, 175, 176, 177, 178, 179 y 180-2013-ETI-CPP/PJ, remitidos por el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, y los Oficios Nros. 1508-2013-PCSJAM/PJ, 1744-2013-P-CSJAN/PJ, 1297, 1299-2013-PCSJC-PJ, 623-2013-P-CSJCN-PJ, 1958-2013-P-CSJCUPJ, 1250-2013-P-CSJLA/PJ, 645-2013-P/CSJLI-PJ, 686-2013-P-CSJMD-PJ, 152-2013-P-CSJPU/PJ, 395, 457-2013-P-CSJSM-PJ, 2474-2013-P-CSJSA/PJ, y 1642-2013-P-CSJSU/PJ, cursados por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, Canete, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA y Sullana, respectivamente. CONSIDERANDO: Primero. Que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, Canete, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA y Sullana, mediante Oficios Nros. 1508-2013-P-CSJAM/PJ, 1744-2013-P-CSJAN/PJ, 1297, 1299-2013-P-CSJCPJ, 623-2013-P-CSJCN-PJ, 1958-2013-P-CSJCUPJ, 1250-2013-P-CSJLA/PJ, 645-2013-P/CSJLI-PJ, 686-2013-P-CSJMD-PJ, 152-2013-P-CSJPU/PJ, 395, 457-2013-P-CSJSM-PJ, 2474-2013-P-CSJSA/PJ, y 1642-2013-P-CSJSU/PJ, respectivamente, solicitan a este Organo de Gobierno la prorroga, reubicacion, conversion y adicion de funciones de organos jurisdiccionales penales liquidadores transitorios, para la adecuada implementacion del Codigo Procesal Penal en los mencionados Distritos Judiciales, sustentadas en razones de carga procesal. Segundo. Que por lo expuesto en los informes del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal y, considerando que este Poder del Estado tiene como politica institucional adoptar medidas en aras de un optimo servicio de imparticion de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con

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