Norma Legal Oficial del día 02 de Mayo del año 2013 (02/05/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano Jueves 2 de MORDAZA de 2013

494013
CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolucion Administrativa N° 223-2012-CE-PJ, de fecha 8 de noviembre de 2012, se prorrogo hasta el 30 de MORDAZA de 2013 el funcionamiento del 1°, 3°, 4°, 5° y 8° Juzgados Especializados de Trabajo Transitorios de la Corte Superior de Justicia de Lima. Asimismo, mediante Resolucion Administrativa N° 2072012-CE-PJ, del 24 de octubre de 2012, se prorrogo hasta el 30 de MORDAZA de 2013 el funcionamiento de la MORDAZA Sala Laboral de MORDAZA con sede en el Distrito de MORDAZA Maria; asi como del 2°, 6° y 7° Juzgados Especializados de Trabajo Transitorios de MORDAZA con sede en los Distritos de San MORDAZA y MORDAZA, respectivamente. Del mismo modo, por Resolucion Administrativa N° 143-2012-CE-PJ, del 24 de MORDAZA de 2012, se crearon con motivo de la implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en el Distrito Judicial de MORDAZA, los siguientes Juzgados Especializados de Trabajo Transitorios de Lima: 11°, 12°, 13°, 14°, 15°, 16°, 17°, 18°, 19°, 20°, 21°, 22°, 23°, 24°, 25° y 26°, los mismos que, de acuerdo al articulo setimo de la mencionada resolucion, tienen vigencia de funcionamiento hasta el 30 de MORDAZA de 2013, al termino del cual podran ser prorrogados, reubicados o convertidos de acuerdo a las necesidades del servicio. Segundo. Que evaluada la carga procesal de los citados organos jurisdiccionales y teniendo en cuenta las medidas administrativas establecidas en el articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa N° 143-2012CE-PJ, es pertinente la prorroga del funcionamiento de los referidos organos jurisdiccionales. Tercero. Que de otro lado, mediante Resolucion Administrativa N° 060-2012-CE-PJ, de fecha 27 de marzo de 2012, con motivo de la implementacion de la Ley N° 29497 en el Distrito Judicial del Callao, se crearon, entre otros, el 4° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio del Callao y el Juzgado de Paz Letrado Transitorio con especialidad Laboral del Callao, estableciendose en el articulo octavo de la referida resolucion que dichos organos jurisdiccionales tendran vigencia de funcionamiento hasta el 30 de MORDAZA de 2013, al termino del cual podran ser prorrogados, reubicados o convertidos de acuerdo a las necesidades del servicio. Asimismo, por Resolucion Administrativa N° 208-2012CE-PJ, del 24 de octubre de 2012, se prorrogo el plazo de funcionamiento del 1°, 2° y 3° Juzgados Especializados de Trabajo Transitorios del Callao. Finalmente, mediante Resolucion Administrativa N° 094-2012-CE-PJ, de fecha 30 de MORDAZA de 2012, se creo la Sala Laboral Transitoria del Callao, estableciendose la vigencia de su funcionamiento hasta el 30 de MORDAZA de 2013, al termino del cual podra prorrogarse su funcionamiento o disponerse su reubicacion de acuerdo a las necesidades del servicio. Cuarto: Que, al respecto, en el Informe N° 016-2013ETIINLPT-ST/PJ, de la Secretaria Tecnica Jurisdiccional del Equipo Tecnico de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, se recomienda la prorroga de la vigencia de funcionamiento de los organos jurisdiccionales transitorios mencionados en el considerando anterior, atendiendo a la carga procesal que vienen tramitando, asi como a los fines que vienen cumpliendo en la implementacion del Distrito Judicial del Callao. Por estos fundamentos, en merito del Acuerdo N° 2972013 de la decima cuarta sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, Walde MORDAZA, MORDAZA Postigo, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Chaparro MORDAZA, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar, el plazo de funcionamiento de los siguientes organos jurisdiccionales transitorios hasta el 30 de setiembre de 2013: DISTRITO JUDICIAL DE MORDAZA · Sala Laboral Transitoria · 1º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio · 2º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio

Preparatoria de la citada provincia, materia de reubicacion y conversion. El Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Cajabamba, a partir del 1 de junio de 2013, dejara de actuar en adicion de funciones como Juzgado de la Investigacion Preparatoria. Articulo Cuarto.- Disponer que la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia y Distrito Judicial de Canete, a partir del 1 de junio de 2013, actue en adicion de sus funciones como Juzgado Penal Colegiado y como tal con competencia territorial en el citado Distrito Judicial. Articulo Quinto.- Convertir, a partir del 1 de junio de 2013, el Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, en MORDAZA Juzgado Penal Unipersonal de la citada provincia, con igual competencia territorial que los Juzgados Penales Unipersonales de la Provincia de MORDAZA, el cual en adicion de funciones actuara como Juzgado Penal Liquidador, y como tal conserva su competencia territorial. Cuando la exigencia de juzgamiento lo requiera el MORDAZA Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de MORDAZA, conformara el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial. Articulo Sexto.- Disponer que la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia y Distrito Judicial de San MORDAZA, a partir del 1 de agosto de 2013, actue en adicion de sus funciones como Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial y como tal con competencia territorial en el citado Distrito Judicial. Articulo Setimo.- Los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Amazonas y MORDAZA, realizaran las acciones necesarias a fin de no afectar el normal desarrollo de los procesos judiciales, por motivo de la reubicacion y conversion de los organos jurisdiccionales dispuesto precedentemente. Articulo Octavo.- Establecer que la reubicacion, conversion y adicion de funciones MORDAZA mencionadas no implicara mayor gasto, por cuanto se efectuara con las plazas de personal, mobiliario y equipos asignados segun corresponda. Articulo Noveno.- Facultar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, Canete, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA y Sullana; asi como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, a adoptar las acciones y medidas administrativas que MORDAZA necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolucion e implementacion del Codigo Procesal Penal. Articulo Decimo.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Ministerio Publico, Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, Canete, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA y Sullana; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 931807-4 RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 074-2013-CE-PJ MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2013 VISTOS: El Oficio N° 152-2013-ETIINLPT-P/PJ, cursado por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; Oficio N° 3294-2013-P-CSJCL/PJ, de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, y el Informe N° 016-2013-ETIINLPT-STJ/PJ, de la Secretaria Tecnica Jurisdiccional del citado Equipo Tecnico.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.