Norma Legal Oficial del día 02 de Mayo del año 2013 (02/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano Jueves 2 de MORDAZA de 2013

494025
NUMERACION 1 al 06 TOTAL AREA (M2) 876.58 9,199.64

MANZANA D 04

CANTIDAD DE LOTES 06 67

El aporte SERPAR esta ubicado en el Lote 06 Mz. D, con un area de 206.14 m2 Articulo Segundo.- INCORPORAR en la jurisdiccion del distrito de Ate, la Habilitacion MORDAZA que se recepciona con la presente Resolucion. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo MORDAZA de 30 dias calendario de notificados, por cuenta de los interesados. Articulo Cuarto.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion de Sub Gerencia, al Registro de Propiedad de Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao ­ SUNARP para los efectos de su Inscripcion correspondiente; al SERPAR-LIMA, para que celebre la Escritura Publica de cesion y transferencia del aporte reglamentario de Parques Zonales, a EMILIMA, al Ministerio de Educacion, a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, y a los interesados para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA SubGerente de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones 931924-1

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Restringen el MORDAZA vehicular en tramo de la Via Arterial Antigua Panamericana Sur, mientras dure el MORDAZA constructivo de su rehabilitacion y mejoramiento
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 262 /ML Lurin, 25 de MORDAZA de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN POR CUANTO: Visto en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 24 de MORDAZA de 2013, Informe Nº 163-2013-GDU/ ML de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, referente a la aprobacion del proyecto de Ordenanza Municipal que restringe el MORDAZA vehicular en la via arterial de la Antigua Panamericana Sur tramo km. 27.50 al Km. 42.00 y vias alternas, mientras dure el MORDAZA constructivo de su rehabilitacion y mejoramiento, aprobado mediante Convenio Interinstitucional entre la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y la Municipalidad de Lurin; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado precisa que las Municipalidades son Organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 29792 establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, el Articulo 195º inciso 6) de la Constitucion Politica del Peru senala que las Municipalidades son competentes para planificar el desarrollo MORDAZA y rural de

sus circunscripciones, incluyendo zonificacion, urbanismo y acondicionamiento territorial. Que, el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 0162009-MTC que aprueba el Texto Unico Ordenado del Reglamento Nacional de MORDAZA senala que las Municipalidades distritales en materia de MORDAZA terrestre ejercen funciones de gestion y fiscalizacion, en el ambito de su jurisdiccion, en concordancia con las disposiciones previstas en el presente reglamento. Que, en los Articulos 14º y 17º del Reglamento Nacional de MORDAZA establece que para la clausura, interrupcion u ocupacion de la via publica con motivo de la ejecucion de obras, la autoridad competente ejerce la autorizacion, coordinacion y supervision, ademas dispone que durante la ejecucion de obras en la via publica, debe proveerse un paso alterno que permita el MORDAZA de vehiculos, personas y animales sin riesgo alguno. Que, el Articulo 239º del citado reglamento de MORDAZA senala que la autoridad competente, cuando la situacion lo justifique, puede prohibir o restringir la circulacion o estacionamientos de vehiculos en determinadas vias publicas o areas urbanas. Que, la Ordenanza Nº 341/MML, que aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, establece que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene a su cargo la ejecucion, el mantenimiento, rehabilitacion, remodelacion, senalizacion horizontal y vertical, semaforizacion, ornato, publicidad y mobiliario MORDAZA de las Vias Expresas, Arteriales y Colectoras del Sistema Vial Metropolitano, de los Intercambios Viales y de todas las vias del Cercado de Lima. Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 866-2012/MML de fecha 15 de MORDAZA de 2012 y Acuerdo de Concejo Nº 010-2012/ML de fecha 05 de marzo de 2012, se aprobo la Celebracion del Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional entre la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y la Municipalidad Distrital de Lurin, con el que se delega a esta Corporacion MORDAZA, la formulacion, aprobacion y ejecucion de la obra de infraestructura vial, mantenimiento, rehabilitacion, senalizacion y semaforizacion, relacionado al tramo comprendido entre el Km. 27.50 al Km. 42.00 de la Via Arterial Antigua Panamericana Sur. Que, conforme lo establece el Convenio Interinstitucional entre la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y la Municipalidad Distrital de Lurin, para la Delegacion de Facultades respecto a la formulacion, aprobacion y ejecucion de obras de infraestructura vial, mantenimiento, rehabilitacion, senalizacion y semaforizacion, con el objeto de coadyuvar al mejoramiento del MORDAZA y vialidad de la Via Arterial Antigua Panamericana Sur desde el Km. 27.50 hasta el km. 42.00. Que, en tal sentido deviene en impostergable y de absoluta inmediatez, dictar disposiciones de caracter normativo para favorecer la consecucion de la anhelada obra, ya que siendo una Via de alcance metropolitano, se solicito la respectiva delegacion de facultades a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, y se suscribio con el Gobierno Nacional el correspondiente convenio para su financiamiento en la etapa de ejecucion; resultando de MORDAZA importancia que el gobierno Local aune esfuerzos para actuar de conformidad con sus atribuciones y el MORDAZA de unidad previsto en el Articulo 43º de la Constitucion Politica del Estado. Que, la ejecucion de las restricciones de orden vehicular impone no solo el dictado de normas municipales que contemplen la generalidad de los casos en atencion a la accesibilidad de las vias planteadas por la Administracion Municipal, sino que ademas las mismas deben contemplar las situaciones especiales derivadas de la circulacion de los vehiculos de transporte que por su tamano y naturaleza implican soluciones especificas que merecen coordinacion y condiciones de excepcionalidad a ser ventiladas por el Equipo de Coordinacion Central designado mediante Resolucion de Alcaldia Nº 047-2013ALC/ML. Que, mediante Dictamenes Nros. 004-2013-CPDUREG/ML de la Comision Permanente de Desarrollo MORDAZA y 023-2013-CPAL/ML de la Comision Permanente de Asuntos Legales, respectivamente; opinan favorablemente respecto a la aprobacion del proyecto de Ordenanza Municipal que restringe el MORDAZA vehicular en la via arterial de la Antigua Panamericana Sur tramo km. 27.50 al Km. 42.00 y vias alternas, mientras dure el MORDAZA constructivo de su rehabilitacion y mejoramiento, aprobado mediante Convenio Interinstitucional entre la

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