Norma Legal Oficial del día 02 de Mayo del año 2013 (02/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano Jueves 2 de MORDAZA de 2013

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POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza Municipal que Dispone la Creacion del Programa "Buen Contribuyente Huaralino"; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado mediante Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con lo dispuesto en los Articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de acuerdo al Articulo 52º del TUO del Codigo Tributario, es competencia de los Gobiernos Locales administrar exclusivamente las Contribuciones y Tasas Municipales, MORDAZA estas ultimas, Derechos, Licencias o Arbitrios, y por excepcion los Impuestos que la Ley les asigne. Que, constituye funcion de la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria, la lucha contra la evasion y elusion tributaria, debiendo para ello, no solo estrechar los margenes de control de cumplimiento de las obligaciones tributarias, sino tambien implantar politicas de promocion de la cultura tributaria. Que, forma parte de la politica de incentivo al cumplimiento del pago voluntario, la organizacion de beneficios que favorezcan a los contribuyentes que de manera oportuna cumplen con el pago de los tributos a su cargo. Que, resulta necesario establecer mecanismos que de manera progresiva, logren el incremento del universo de contribuyentes que cumplen de manera oportuna con sus obligaciones tributarias; Que, a su vez el Articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales a disponer que estos tengan competencia para crear, modificar, y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley. Que, la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria en su Informe Tecnico 008-2013-MPH-GRyAT/SERO de fecha 12 de Marzo del 2013, senala que con el proposito de reducir el grado de morosidad de los contribuyentes del Distrito de Huaral a niveles mas razonables, asi como estimular el pago por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales; es conveniente realizar un beneficio denominado "BUEN CONTRIBUYENTE HUARALINO", como un incentivo especial para premiar a los contribuyentes del Distrito de Huaral, que no tengan deudas con la Municipalidad por conceptos de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales. Los mismos que gozaran de la mencionada condicion durante el ejercicio fiscal 2013. Que, la Gerencia de Asesoria Juridica en su Informe Nº 0261-2013-MPH-GAF de fecha 01 de MORDAZA del 2013, opina por la procedencia para la realizacion de un beneficio denominado "BUEN CONTRIBUYENTE HUARALINO", que premie e incentive el pago por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales a los contribuyentes del Distrito de Huaral. Que, estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) y 9) del Articulo 9º y 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, contando con el MORDAZA Unanime de los Senores Regidores, aprobaron la siguiente: ORDENANZA "QUE DISPONE LA CREACION DEL PROGRAMA "BUEN CONTRIBUYENTE HUARALINO". Articulo Primero.- La Municipalidad de la Provincia de Huaral, llevara a cabo un beneficio denominado "BUEN CONTRIBUYENTE HUARALINO", cuya finalidad es fomentar y promover una cultura de cumplimiento puntual y oportuno de las Obligaciones Tributarias por los conceptos de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, entre los contribuyentes del Distrito de Huaral, como un incentivo especial para premiar a los contribuyentes que no tengan deudas con la Municipalidad Provincial

comunidad educativa y actores de la sociedad civil en cuanto a la escuela, familia y comunidad; asimismo, la vision, mision objetivos, las politicas educativas, la propuesta pedagogica y los indicadores de gestion que se aspira alcanzar al 2023 en el MORDAZA de la educacion en beneficio del Distrito; Que, siendo que la presente tiene por objetivo cumplir con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades y siendo de interes de la comunidad, en aplicacion del numeral 3.2 del Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 0012009-JUS, se encuentra exceptuada de la publicacion del proyecto de la misma; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 9) del articulo 9º y el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con el MORDAZA unanime de sus miembros, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROYECTO EDUCATIVO LOCAL LA PUNTA 2012-2023 Articulo 1º.- APROBAR el Proyecto Educativo Local del Distrito de La Punta como instrumento vinculante de planificacion y gestion que contiene politicas publicas educativas locales pertinentes para el periodo 2012-2023, dentro de los parametros que enmarcan el Proyecto Educativo Regional del Callao, el Proyecto Educativo Nacional, la Ley Organica de Municipalidades y el Plan de Desarrollo Concertado del Distrito de La Punta al 2015. Articulo 2º.- INCLUIR el Proyecto Educativo Local del Distrito de La Punta en el Plan de Desarrollo Concertado del Distrito de La Punta al 2015 como parte del Objetivo Estrategico correspondiente al Eje: Fortalecimiento de capacidades, seguridad e integracion social. Articulo 3º.- APROBAR la creacion del Consejo Participativo Local de Educacion del Distrito de La Punta como instancia de concertacion, monitoreo, evaluacion de las politicas publicas de educacion de las politicas publicas de educacion a nivel local contenidas en el Proyecto Educativo Local del Distrito de La Punta. Articulo 4º.- El Consejo Participativo Local de Educacion del Distrito de La Punta estara integrado por los representantes de la Municipalidad Distrital de La Punta, del Ministerio de Educacion-Direccion Regional de Educacion del Callao, de las instituciones educativas de la jurisdiccion, y de los representantes de las instituciones publicas y privadas del Distrito. Articulo 5º.- Facultese al senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La Punta para que mediante Decreto de Alcaldia constituya, convoque y reglamente el funcionamiento del Consejo Participativo Local de Educacion del Distrito, y dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo 6º.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General y Archivo la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob. pe), y en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta.gob.pe). Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA 931499-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
Disponen la creacion del Programa "Buen Contribuyente Huaralino".
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2013-MPH Huaral, 26 de MORDAZA del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL

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