Norma Legal Oficial del día 02 de Mayo del año 2013 (02/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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General pase lista a la hora senalada en la citacion. De no alcanzarse el quorum, se volvera a pasar lista quince minutos mas tarde. De no concurrir el quorum de Ley, a la MORDAZA llamada, el Secretario General asentara en el Libro de Actas la MORDAZA respectiva; indicando los nombres de los concurrentes, de quienes se encuentren con licencia, suspendidos y quienes hubieran faltado injustificadamente. Articulo 33º.- Presidencia de la Sesion.- Si hubiera quorum, el MORDAZA o quien preside en su lugar abrira la Sesion. En su ausencia las preside el primer Regidor de su lista. Articulo 34º.- Inasistencia a Sesion.- Se considera inasistente a Sesion al Regidor que se retira MORDAZA de indicada la estacion de Orden del Dia o que llegara despues de esta. El MORDAZA o los Regidores podran justificar su inasistencia a las Sesiones de Concejo por escrito, explicando la causa que sera puesta en conocimiento del Concejo. Articulo 35º.- Levantamiento de la Sesion.- Una Sesion solo puede ser levantada en la estacion de Orden del Dia, previa consulta y consentimiento de la Sesion, incorporandose, los puntos de agenda que quedaron pendientes, en la Sesion siguiente. Articulo 36º.- Funciones indelegable del Regidor.Durante las Sesiones ningun regidor puede asumir la representacion de otro ausente para formular en su nombre declaraciones, pedidos o propuestas de ninguna naturaleza. Articulo 37º.- Invitacion a funcionarios o terceros.El Gerente Municipal asistira a las Sesiones de Concejo, los funcionarios estan obligados a asistir y/o presentar los informes solicitados para las Sesiones que ayuden al Concejo a adoptar las decisiones mas convenientes, asi como invitar a otras personas cuando asi lo requiera el Concejo Municipal a traves del Alcalde. Articulo 38º.- Comportamiento del publico asistente.- El publico asistente debera guardar el comportamiento debido y podra asistir al desarrollo de la Sesion de Concejo. Si se efectuasen actos o se profieren ofensas, que impidan o alteren el normal desarrollo de la Sesion, se efectuara el llamado al orden. De persistir estos actos u ofensas se invitara al retiro del publico asistente de las instalaciones, caso contrario, seran retirados con el apoyo de la fuerza publica y el Secretario General formulara la denuncia penal respectiva.De persistir las alteraciones en el desarrollo de la Sesion de Concejo, el MORDAZA o quien haga sus veces podra suspender o levantar la sesion. Articulo 39º.- Participacion de las Organizaciones.Las Organizaciones Populares (Vecinales, de Mujeres, Jovenes, Ninos y Adolescentes de la Tercera Edad y Juntas Vecinales) a traves de sus representantes acreditados tendran derecho a voz en las sesiones. Su participacion esta condicionada a la solicitud que deben presentar ante el Secretario General del Concejo, con no menos de 24 horas de anticipacion a la fecha de la sesion y sujeta a lo dispuesto en el articulo precedente. CAPITULO IV DE LAS SESIONES ORDINARIAS Articulo 40º.- Sesion Ordinaria.- El Concejo se reune en Sesion Ordinaria no menos de dos, ni mas de cuatro veces al mes, para tratar los asuntos de tramite regular. En las sesiones Ordinarias se tomara asistencia, se MORDAZA lectura a la Agencia (en caso se tenga previsto previamente) y observara las siguientes estaciones: 1. Lectura y aprobacion del acta de la sesion anterior. 2. Despacho. 3. Informes. 4. Pedidos. 5. El orden del dia.

El Peruano Jueves 2 de MORDAZA de 2013

Estacion de Lectura y Aprobacion de Acta Articulo 41º.- Aprobacion del Acta.- Iniciada la Sesion se procede a dar lectura del acta de la sesion anterior. El MORDAZA puede pedir dispensa de la misma al Concejo. Asimismo, se dispensa la lectura del Acta si la misma ha sido repartida con 48 horas de anticipacion al domicilio de los miembros del Concejo, bajo cargo de recepcion personal a cada Regidor. Terminada la lectura o la dispensa, el MORDAZA y los Regidores formularan las observaciones que consideren pertinentes a sus intervenciones; de no formularse observacion alguna o con las observaciones que se formule, que constaran en el acta correspondiente a la Sesion en que se producen, se MORDAZA por aprobada. Las observaciones seran efectuadas de manera MORDAZA, concisa y precisa, toda vez que en esta estacion no se admiten debates de ninguna indole. Estacion de Despacho Articulo 42º.- Despacho.- En la estacion de Despacho, se MORDAZA cuenta de toda documentacion que debe ser puesta en conocimiento del Concejo, respetandose el siguiente orden: 1. Oficios y Cartas. 2. Proyectos de Ordenanzas y Acuerdos. 3. Informes y dictamenes de Comisiones. 4. Proposiciones, pedidos e informes de los Regidores. 5. Proposiciones, pedidos e informes de la Administracion. 6. Otros documentos. En esta estacion no se admitira debate. Articulo 43º.- Tramite del Despacho.- Leidos los documentos puestos a Despacho a que se refiere el Articulo 38º el MORDAZA o quien presida la Sesion ordenara el tramite que se deba dar a cada uno de ello, para su pase a Comisiones o lo que corresponda, asi como dispondra el pase a la Estacion de Orden del Dia de aquellos documentos que por su naturaleza e importancia, requieren inmediato pronunciamiento del Concejo o lo soliciten alguno de los regidores. Estacion de Informes y Pedidos Articulo 44º.- Informes.- En la estacion de Informes los miembros del Concejo pueden dar cuenta de las gestiones que les hubiera encargado al Concejo o de aquellos asuntos relacionados con las funciones y atribuciones que les senala la ley y que consideren deben ser puestos en conocimiento del Concejo. Articulo 45º.- Los pedidos que estimen convenientes sobre asuntos que requieran pronunciamiento del Concejo seran breves y concretos, los que pasaran a Orden del Dia, los que MORDAZA por escrito deben estar debidamente firmados, los que se sustentaran en la Estacion de Orden del Dia. El Secretario llevara por escrito la relacion de los Regidores que soliciten la palabra en estricto orden. En esta estacion no se admite debate de ninguna indole y tendra una duracion de treinta (30) minutos. Articulo 46º.- Tiempo y tramite de Informes y Pedidos.- Los informes y pedidos seran breves y concretos y no excederan de tres (3) minutos. De acuerdo a su importancia, el MORDAZA dispondra que pasen al Orden del Dia. Cuando se trate de informe o dictamen de una Comision informara su presidente o el Regidor designado por el. Si hubiera dictamen en minoria lo efectuara quien lo suscriba. El MORDAZA puede disponer que los informes tengan una duracion mayor dependiendo de la trascendencia del tema para el Municipio o para el vecindario. Articulo 47º.- Explicaciones aclaraciones e informes por el Alcalde.- El MORDAZA o quien presida

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