Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2013 (15/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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no es un requisito conciliable con los procedimientos y/ o mecanismos generalmente requeridos en el entorno internacional al software de generacion de firma digital; Que, finalmente, el uso de un certificado digital de sello Webtrust no es suficiente para surtir efectos legales si en primer lugar la entidad de registro o quien haga sus veces no verifico en forma presencial la identidad del solicitante del certificado digital; RESUELVE: Primero.- A partir de la fecha, en la acreditacion de software de generacion de firma digital no se exigira el requisito consistente en el enlace automatico del software con el Directorio de entidades acreditadas. Segundo.- Los demas requerimientos de la Guia de Acreditacion de Software conservan su vigencia en la medida que no se opongan a la disposicion anterior. Tercero.- Las personas naturales o juridicas que consideren necesario verificar la informacion de los certificados digitales emitidos por entidades de certificacion acreditadas por el INDECOPI no estan obligadas a usar un software que enlace automaticamente con el Directorio del INDECOPI; podran verificar dichos certificados instalandolos en sus propios sistemas. Cuarto.- La ausencia de verificacion presencial de la identidad del solicitante de un certificado digital Webtrust excluye del MORDAZA reglamentario de la IOFE a los documentos electronicos vinculados a dicho certificado digital. Registrese, comuniquese y publiquese. Con la intervencion de los senores miembros: MORDAZA Ruiloba Rossel, MORDAZA MORDAZA Sousa MORDAZA, Eldda MORDAZA MORDAZA e MORDAZA Laca Ramos. MORDAZA RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales no Arancelarias 1028021-1

El Peruano MORDAZA 15 de diciembre de 2013

SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Disponen la exclusion de los valores denominados "Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Interamericano de Finanzas - Decima Emision" del Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION DE INTENDENCIA GENERAL SMV Nº 099-2013-SMV/11.1 MORDAZA, 9 de diciembre de 2013 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISION DE CONDUCTAS VISTOS: El expediente Nº 2013042973, asi como el Informe Interno Nº 1103-2013-SMV/11.1 del 05 de diciembre de 2013, de la Intendencia General de Supervision de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervision de Conductas de Mercados; CONSIDERANDO: Que, el 28 de noviembre de 2013, Banco Interamericano de Finanzas, solicito a la Superintendencia del MORDAZA de Valores - SMV y a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A., a traves del sistema de Ventanilla Unica, la exclusion de los valores denominados "Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Interamericano de Finanzas ­

Decima Emision", del Registro Publico del MORDAZA de Valores y del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA, por extincion de los derechos sobre el valor por amortizacion; Que, mediante Resolucion Directoral de Emisores Nº 171-2008-EF/94.06.3 del 31 de diciembre de 2008 se inscribieron los valores correspondientes a la emision denominada "Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Interamericano de Finanzas ­ Decima Emision", hasta por un monto MORDAZA de US$ 30'000,000.00 (Treinta Millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America), y se dispuso el registro del prospecto correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, se ha verificado con relacion a los valores senalados en el considerando precedente, la cancelacion total de las obligaciones que se derivan de los mismos; Que, el articulo 37º, inciso b), de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y sus normas modificatorias, y los articulos 20º y 23º del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y en la MORDAZA de Bolsa, aprobado por Resolucion SMV Nº 031-2012SMV/01 y sus normas modificatorias (en adelante, Reglamento), establecen que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores tiene lugar por resolucion fundamentada de la Superintendencia del MORDAZA de Valores cuando opere la extincion de los derechos sobre el valor, por amortizacion, rescate total u otra causa; Que, de otro lado, el articulo 38º de la Ley del MORDAZA de Valores y el articulo 32º del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 0092006-EF/94.10 y sus normas modificatorias (en adelante, ROPA), disponen que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores genera la obligacion de efectuar una oferta publica de compra; Que, no obstante lo senalado en el considerando precedente, la exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores denominados "Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Interamericano de Finanzas ­ Decima Emision", se encuentran dentro de la causal de excepcion para la realizacion de una oferta publica de compra, contemplada por el articulo 37º, inciso a), del ROPA y el articulo 23º del Reglamento, referida a la extincion de los derechos sobre el valor, por amortizacion, rescate total u otra causa; Que, el articulo 2º, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobadas por Resolucion CONASEV Nº 073-2004-EF-94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de los valores mobiliarios objeto de oferta publica, el registro de los prospectos informativos correspondientes y la exclusion de estos del Registro Publico del MORDAZA de Valores, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe); y, Estando a lo dispuesto por los articulos 20º, 21º y 23º del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y en la MORDAZA de Bolsa; por el articulo 13º del Reglamento Interno de Inscripcion y Exclusion de Valores en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA, aprobado por Resolucion SMV Nº 042-2012-SMV-01; y por el articulo 46º, numeral 6, del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General de Supervision de Conductas a disponer la exclusion de valores del Registro Publico del MORDAZA de Valores. RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la exclusion de los valores denominados "Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Interamericano de Finanzas ­ Decima Emision", del Registro Publico del MORDAZA de Valores al haber operado la extincion de los derechos sobre dichos valores por amortizacion total de las obligaciones derivadas de ellos.

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