Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 1998 (01/01/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 1 de enero de 1998

NORMAS LEGALES

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efectuar Reparacion y Mantenimiento de Aeronaves de la Categoria Habilitacion para Radio, Clase I, Rap 145 respectivamente; y, Que, con Informe Nº 0138-97-MTC/15.16.05 de fecha 18 de MORDAZA de 1997 del Jefe de Estudios Economicos, Memorandum Nº 478-97-MTC/15.16.05.2 de fecha 19 de noviembre de 1997 de la Subdireccion de Material Aeronautico y el Memorandum Nº 593-97-MTC/15.16.02 de fecha 8 de MORDAZA de 1997, de la Direccion de Asesoria Legal, se determino que se encuentran acreditadas las capacidades financiera, tecnica y legal de la Cia. VETRO CORP S.R.Ltda.; De conformidad con lo dispuesto en el Art. 128º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil Nº 24882, sus modificatorias y de conformidad con lo opinado por el Director General de Transporte Aereo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Cia. VETRO CORP S.R.Ltda., el funcionamiento y operacion como Taller de Mantenimiento de Aeronaves con la siguiente Categoria: Habilitacion para Radio, Clase I, RAP 145, por el plazo de cinco (5) anos, contados a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La Cia. VETRO CORP S.R.Ltda., esta autorizada para efectuar la siguiente actividad industrial: HABILITACION PARA RADIO - Clase I - RAP 145 La Categoria inscrita en el Certificado de Taller de Mantenimiento Aeronautico Numero TMA esta limitada a lo siguiente: Mantenimiento y Calibracion del Instrumento Avionicos de Radio Altitud Collins 339 H-1/1A/1b con los siguientes numeros de parte: N/P 522-4214-002 N/P 522-4214-003 N/P 522-4214-004 N/P 522-4214-006 N/P 522-4214-008 N/P 522-4214-002 N/P 522-4214-004 Articulo 3º.- Las actividades autorizadas a la Cia. VETRO CORP S.R.Ltda., deben efectuarse cumpliendo estrictamente lo estipulado en su Manual de Procedimientos de Inspeccion, cuya MORDAZA se archiva en la Direccion General de Transporte Aereo. En caso que se tenga que variar dicho Manual debera solicitarse la aprobacion correspondiente. Articulo 4º.- La Direccion General de Transporte Aereo efectuara inspecciones en el taller VETRO CORP S.R.LTDA., a fin de comprobar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente Resolucion. Articulo 5º.- La autorizacion que se otorgue por la presente Resolucion al Taller VETRO CORP S.R.LTDA., queda sujeta a la Ley Aeronautica Civil, a su Reglamento, a las Regulaciones Aeronauticas del Peru, a las directivas que dicta la Direccion General de Transporte Aereo y a las demas normas aplicables a la materia. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Ministra de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 14990

MORDAZA SALA PENAL TRANSITORIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ESPECIALIZADA EN DELITO DE TRAFICO ILICITO DE DROGAS CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 328-CMEPJ de fecha 25 de febrero de 1997 se faculto a la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia para conocer en MORDAZA instancia los casos de delito de trafico ilicito de drogas, asi como crear las MORDAZA Superiores y Juzgados Especializados en Trafico Ilicito de Drogas que fueran necesarios, con competencia en el territorio nacional. Que, se designo por la Resolucion Administrativa Nº 009-STP-TID de fecha 28 de MORDAZA del ano en curso al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Vocal Provisional Especializado en la tramitacion de procesos por trafico ilicito de drogas. Que, el referido doctor en la fecha, ha presentado su renuncia a la designacion como Vocal Especializado en Delito de Trafico Ilicito de Drogas. Estando a las consideraciones expuestas en su renuncia, en uso de la facultad conferida por la Resolucion Nº 328CME-PJ y estando a lo acordado en sesion de la fecha. SE RESUELVE: Primero.- Aceptar la renuncia del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la designacion como Vocal Especializado en Delito de Trafico Ilicito de Drogas. Dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Segundo.- El referido Magistrado reincorporara al lugar y ocupacion de su procedencia. Tercero.- Transcribir la presente Resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, al senor Presidente de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, a la Gerencia Ejecutiva de Proyectos, al senor Fiscal de la Nacion, a la senorita Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, al Fiscal Supremo Provisional de la MORDAZA Fiscalia Suprema en lo Penal y Especializada en Delito de Trafico Ilicito de Drogas, al senor Presidente de la Corte Superior de Ica, al Fiscal Superior de la Fiscalia Superior Penal Especializada en el Delito de Trafico Ilicito de Drogas, a la Gerencia General del Poder Judicial, a la Oficina de Control de la Magistratura, al Jefe del Instituto Nacional Penitenciario y al Jefe de la Direccion Nacional Antidrogas de la Policia Nacional del Peru (DINANDRO). Cuarto.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MEDRANO; MORDAZA BACIGALUPO HURTADO; MORDAZA MORDAZA DE ALAYZA; MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA TAZZA 15053

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Aceptan renuncia de magistrado a designacion como vocal especializado en procesos por Trafico Ilicito de Drogas
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 047-STP-TID MORDAZA, 31 de diciembre de 1997

Disponen funcionamiento de Mesa de Partes Unica de MORDAZA y juzgados especializados en procesos por TID, en MORDAZA local asignado
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 048-STP-TID MORDAZA, 31 de diciembre de 1997 MORDAZA SALA PENAL TRANSITORIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ESPECIALIZADA EN DELITO DE TRAFICO ILICITO DE DROGAS CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 328-CMEPJ de fecha 25 de febrero de 1997 se faculto a la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia para conocer en MORDAZA instancia los casos de delito de

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