Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 1998 (11/01/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

VISTO: El recurso de apelacion inter uesto MORDAZA MORDAZA contra la Reso pucion gg:;,:"j-$fg AG.UAD.LC. de 30 de diciembre de 1996, expedida po; la Unidad Agraria Departamental Lima-Callao. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral N° 101/96-AG-UAD-LC, de 16 de octubre de 1996, la Unidad Agraria De artamental Lima81s Callao declaro fundada la oposxion de don 0ii. MORDAZA Pomiano a la solicitud de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre adjudicacion y titulacion de la Parcela de Unidad Catastral N 12216, del predio MORDAZA "Pativilca" y su Anexo "Santa Martha". ubicado en el distrito de Barranca, provincia de Supe. departamento de MORDAZA, por haberse comprobado q-le el opositor es quien conduce la referida parcela; Que interpuesto recurso de reconsideracion contra la precitada resolucion por don MORDAZA Ma o MORDAZA MORDAZA, la Unidad Agraria Departamental Lima-! allao, expidio la Resolucion Di? rectoral N° 147/96-AG.UAD.LC, declar8ndolo infundado por considerar que el impugnante no desvirtua los hechos que apoyan la resolucion cuestionada;, Que mediante escrito de 16 de enero de 1997. don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpone recurso de agelaclo? contra la MORDAZA resolucion citada, manifestando ser eneficiario de reforma agraria y poseedor de la parcela controvertida; Que en efecto, por Resolucion Directoral N" 433-80-AA-DRV-L de 26 de junio de 1980, la ex Direccion Regional V-Lima califico como beneficiarios de Reforma Agraria, entre otros, al apelante y a don Obsis MORDAZA Pomiano en el predio "Pativilca" y su Anexo "Santa Martha". Que mediante Informe Tecnico N" 665- 95-PETT-DTC.PR de 29 de agosto de 1995, el Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural da cuenta que don Obsis MORDAZA Pomiano figura en los registros catastrales como conductor de la parcela con Unidad Catastral N° 12257, de 5.16 ha , mas no de la signada con Unidad Catastral N° 12216, de 4.17 ha., la cual aparece inscrita H nombre de don MORDAZA Ma o MORDAZA Camones; Que asimismo, solicita r a mformacion or esta instancia soatastral N° 12216, el bre la posesion de la arcela "- Unidad cp de Area de Catastro de fa Unidad Agraria Departamental LimaCallao indica,a fojas 140,con fecha 16deoctubrede 1997,que en dicho redio continua figurando como conductor don MORDAZA Magn o DoPores MORDAZA, con lo que s e ratifica su derecho de adjudicacion en calidad de beneficiario calificado. por lo que debe . declararse fundado su recurso, Estando a lo dictammado oor la Oficms de Asesoria Juridica y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley N" 25902; SE RESUELVE: Articulo 1"~ Declarar fundado el recuiso de apelacion mterpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra 13 Resoluci6n Directoral N" 147/96-AG.UAD LC, de 30 de diciembre de 1996, expedida por la Unidad Agraria Departamental LimaCallao, la que se revoca restar demostrado el mejor derecho a la adjudicacion de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Camones. usto Articulo 2".- Disponer c ue la Unidad Agraria Depnrtamental Lima-Callao adjudique \ s parcela de Umdad Catastral N" 12216, de 4.17 ha., del predio MORDAZA "Pativilca" y su Anexo" MORDAZA Martha", ubicada en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de MORDAZA, en favor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, devolviendose el expediente a 1;. citada Un cad Agraria Departamental para los fines propuestos. Registrese y comuniquese MORDAZA MUNANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura
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reccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral N" 151-86-TC/CT, de fecha 1 de setiembre de 1986, se otorgo a favor de la em resa TRANSPORTES DEL NORTE S.A. la Concesion de Ruta: Cl?~clayo-Piura y viceversa, con tres (3) frecuencias en cada extremo de ruta y una flota vehicular operativa de cinco (5) omnibus y de Que, la documentacl6n presentada, ha sido revisada y analizada por la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional, segun Informes Tecnicos N"s. 225 y 406-97. MTC/15.16.04.!, donde se aprecia que la concesion de ruta autarizada ha vencido el 1 de setiembre de 1996 y la psticion de renovacion de la misma ha sido solicitada el ll deJunio de 1997, bajo el expediente de visto, consecuentemente el tr8mite admlnistrativo debe encausarse de oficio como una nueva concesion de ruta? en aplicacion de lo dispuesto en el Articulo IV del Titulo Prehminar - De 10s Principios Generales - del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo W 02.94JUS MORDAZA por Ley N" 26654, asi como por los (prF$pios de celeridad y economia procesal que rige todo acto a mmlstratwo, Que, la empresa de transportes ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 13" del Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibua, aprobado por Decreto Su reen el Texto Unico de Procedimientos ABrolmo N° 05-95-MTC nistrativosaproba CKo por Decreto Supremo N°019-97-MTC, por lo que es necesario dictar la medida correspondiente; Estando a lo opinado por las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorandums Nos. 514 y 914-97-MTW15.18.04 y de Asesoria Legal en Informe N"557-97-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Leglslatlvo F 640 su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 05.95. unp lcacion Administrativa W' 25035 y su ReglaMTz,L ey de S' 1l'f mento aprobado por Decreto Supremo N" 070.89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos ( T UPA) aprobado por Decreto Supremo N° 019-97-MTC y Decreto Ley N°° 25862: SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa de TRANSPORTES DEL NORTE S.A.. la Concesion de Servicio Publico de Transwrte Terrestre Int&provincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de Diez (10) anos, computados a partir de la fecha de expedicion de esta Resolucion, en la ruta: Chiclayo-Piura y viceversa, de acuerdo a los siguientes terminos:
RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO FRECUENC I A FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA CHICLAYO-PIURA y viceversa CHICLAYO MORDAZA MORDAZA Catorce(l4)diarias Diez(lO)omnibus. Nueve(9)omnibus. UD-2770 (1994), UD-2769 (1994),UD-2827 (1995),UD2828 (1995),UD-2846(1995), UI-5763(198l),UI-5698(1981) UD-2847 (1995) y UI-5121 (1980) reservaun(l)onnibus~

FLOTA DE RESERVA HORARIOS

Un(l) omnibus: UI-5115(1980) Salidas de Chiclayo 05:OO.06: OO, 07:00, 08:30, 09:00,10:00,11:00,12:00, 13 30, 14.30, 15:30, 16:30, 18:20 y 20:00 horas 05 CO 06:00, 07:00, 08:30, 09:00, 1000, 11:00, 12 :OO, 13 30, 14 30, 15:30, 16:30, 18 :30 y 2O:00 horas

MTC

Salida de MORDAZA

Otorgan concesion a empresas para La tarjeta . que presten servicio publico de trans- fabricacion de de circulacion,oferfaaos tos ven,c"las sera expedida en relacion al ano de Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las porte terrestre interprovincial de normas establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes concerpasajeros nientes al Servicio Publico de Transrrte Terrestre lnterprovinRESOLUCION DIRECTORAL N" 17176B-97-MTC115.18 1759-97-MTC/15.18 MORDAZA, 23 de diciembre de 1997 VISTOS, el Expediente de Registro N°970129 organizado por empresa de TRANSPORTES DEL NORTE S.A.. sobre Renovacion de Concesi6n de Ruta ChIclayo-P:ura y rxev?rsa v los Informes Tbcn~cos N"s. 225 y ~OG-97-MTi'/15 18 04 de IB Di-

cial de Pasajeros por Carretera en mmbus, que se autorua Tercero.- La concesionaria esta ob!igada a mzcxu el servx~o dentro de los trcmta (30) dias calendarlo computados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion, cumpliendo con lo establecido en el Articulo 17" del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 05-95-MTC En caso contrario se aphcaran las sanciones previstas en el sepndo parrafo del Articule 16" del citado Reglamento Cuarto.- La presente Resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano. conforme a ley

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