Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 1998 (30/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

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Iima. lunes 30 de noviembre de 1998

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MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CAMPODONICO Ministro de Economia y Finanzas 14901

MTC
iAsignan

al SINMAC funciones de mantenimiento, rehabilitacion y reconstruccion de carreteras asfaltadas de la red vial nacional
DECRETO SUPREMO No 029-9%MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

Aceptan y aprueban donacion destinada a proyectos de desarrollo de micro y pequenas empresas en zonas MORDAZA marginales de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA W 257-9%EF MORDAZA, 27 de noviembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, CARE-CANADA, con sede en Ontario-Canada, ha efectuado una donacion a favor de CARE-PERU, consistente en diversas maquinas y herramientas usadas, destinada a proyectos de desarrollo de las micro y pequenas empresas en las zonas MORDAZA marginales de los cuatro conos de MORDAZA, en el MORDAZA del Proyecto "Maquinas y Herramientas para el Desarrollo". Que, el inciso k) del Articulo 2" del Decreto Legislativo N" 821 establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N" 821 y el Decreto Supremo N" 099-96-EF y normas modificatorias; y. Estando a 10 acordado; SE RESUELVE: Articulo l".- Aceptar y aprobar en nombre del Gobierno Peruano, la donacion efectuada por CARE-CANADA, con sede en Ontario-Canada, en favor de CARE-PERU consistente en maquinas y herramientas, cuyo detalle se encuentra en el anexo que forma parte de la presente MORDAZA, con un valor aproximado de CAN $ 22 060,OO (Veintidos Mil Sesenta y 001100 Dolares Canadienses) y un peso aproximado de 14 470 k.; segun Carta de Donacion de fecha 19 de febrero de 1998 y Conocimiento de Embarque N" CNIU 182201787 de la Compania Chilena de Navegacion Interoceanica S.A. Dicha donacion sera utilizada para los proyectos de desarrollo de las micro y pequenas empresas en las zonas MORDAZA marginales de los cuatro conos de MORDAZA, en el MORDAZA del Proyecto "Maquinas y Herramientas para el Desarrollo". Articulo 2".- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2" del Decreto Legislativo N" 821. Articulo 3".- Transcribase la presente Resolucion Suprema, a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4".- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales MORDAZA MORDAZA CAMPODONICO Ministro de Economia y Finanzas 13994 I

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Que, el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion conforme a su Ley Organica, Decreto Ley N" 25862 tiene entre sus funciones planificar, formular, dirigir, coordinar y evaluar la politica de construccion, mejoramiento y conservacion de la infraestructura del transporte; Que, por Decreto Supremo N" 027-93-TCC se constituyo el Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras SINMAC, cuyas atribuciones son la planificacion, gestion y control de las actividades y de los recursos economicos que se para el mantenimiento de Carreteras y Puentes de !empleanVial Nacional; la Red Que, el SINMAC, desde su creacion por el mencionado Decreto Supremo por necesidades propias del servicio. viene realizando acciones de rehabilitacion, mejoramiento y reconstruccion de las carreteras asfaltadas de la red vial, que es ademas necesario ampliar su funcion primigenia; Que, conforme a los requerimientos actuales, la gestion de conservacion de las redes viales debe acentuarse potenciando su organizacion y financiamiento, para adoptar una estructura empresarial; propiciando el autofinanciamiento de la conservacion vial, la eliminacion de politicas de corto plazo y el aumento de la participacion de los usuarios de los caminos; Que, atendiendo a estos nuevos criterios y dentro de la politica de modernizacion que viene adoptando la estructura del Estado, es conveniente reformular la estructura del Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras SINMAC MTC; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N" 26703, Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, modificada por la Ley N" 26884; Ley N" 26894, Ley de Presupuesto para el Sector Publico para 1998; Decreto Ley N" 25862, Ley Organica del MinisteriodeTransportes,Comunicaciones,ViviendayConstruccion y el Decreto Supremtl N' 027.93.TCC, DECRETA: Articulo l".- Conferir al Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras - SINMAC, como Organismo Publico Descentralizado de gestion de carreteras, las funciones de mantenimiento, rehabilitacion, mejoramiento y reconstruccion de las carreteras asfaltadas integrantes de la Red Vial Nacional. Articulo 29- Incorporar al personal del Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras SINMAC, en el regimen de la actividad privada; aprobandose su politica remunerativa por Resolucion Suprema, refrendada por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Articulo 3".- Aprobar mediante Resolucion Ministerial la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras. Articulo 4".- Facultese al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion para dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento del presente Decreto Supremo. Articulo 5".- Deroguense y dejense en suspenso las disposiciones que se opongan al presente Decreto Supremo. Articulo 6".- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de noviembre de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 13980

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