Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 1999 (03/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, viernes 3 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

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ECONOMIA Y FINANZAS

MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA

Ministro de Pesqueria Autorizan a la Junta Liquidadora de Encargado de la Cartera de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Inversiones Cofide S.A. en Liquidacion Internacionales transferir al MITINCI activos correspon15071 dientes a INFOBUSINESS y al Programa de Promocion de Inversion y Aprueban operacion de endeudamienTecnologia to externo destinada a financiar parcialmente la ejecucion de obras del ProyecDECRETO SUPREMO Nº 175-99-EF to Especial Rio Cachi EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Articulo 10º de la Ley Nº 26935, reglamentado por los Articulos 16º y 21º del Decreto Supremo Nº 024-98-ITINCI, se ha autorizado al Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales - MITINCI, a constituir con otras entidades publicas y privadas, una persona juridica de derecho privado sin fines de lucro, que tendra a su cargo la administracion del Sistema de Informacion Empresarial - SIEM; con la finalidad de recopilar, sistematizar, actualizar, elaborar, proveer y distribuir la informacion que posea o que le sea transferida por terceros, necesaria para la informacion y desarrollo de las empresas, especialmente para la pequena y microempresa, dotandolas de informacion util sobre aspectos financieros, economicos y empresariales, capacitacion, asistencia tecnica y tecnologia, mercados y otras materias de informacion que se implementen en el futuro; Que, Inversiones Cofide S.A. - ICSA se encuentra en MORDAZA de liquidacion de acuerdo con la autorizacion que le fuera otorgada mediante Decreto Supremo Nº 106-98-EF a su Junta General de Accionistas, habiendose procedido a constituir para dicho efecto su Junta Liquidadora; Que, resulta conveniente autorizar a la Junta Liquidadora de Inversiones Cofide S.A. - ICSA, a transferir en donacion al Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales - MITINCI, los activos correspondientes a INFOBUSINESS y al Programa SF/PER/97/001: "Programa de Promocion de Inversion y Tecnologia", con la finalidad de que MORDAZA utilizados por el Sistema de Informacion Empresarial - SIEM; De conformidad con los Articulos 21º y 22º de la Ley Nº 24948; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizase a la Junta Liquidadora de Inversiones Cofide S.A. - ICSA, en Liquidacion, a transferir en donacion al Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales - MITINCI, los derechos, acervo documentario y demas activos correspondientes a INFOBUSINESS y al Programa SF/PER/97/001: "Programa de Promocion de Inversion y Tecnologia". Articulo 2º.- El MITINCI procedera a coordinar con la Junta Liquidadora de ICSA, la formalizacion de la transferencia de los activos y otros a que se refiere el Articulo 1º del presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Dejase sin efecto la Resolucion Suprema Nº 129-98-EF. Articulo 4º.- La presente MORDAZA sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica DECRETO SUPREMO Nº 176-99-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27012, Ley de Endeudamiento Externo del Sector Publico para 1999, se autoriza al Gobierno Central a acordar o garantizar operaciones de Endeudamiento Externo hasta por un monto equivalente a US$ 3 200 000 000,00 (TRES MIL DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara una operacion de Endeudamiento Externo con la Republica Federal de Brasil, hasta por US$ 26 655 073,00 (VEINTISEIS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SETENTA Y TRES y 00/100 DOLARES AMERICANOS) destinada a financiar, parcialmente, la ejecucion de las obras "Presa Cuchoquesera, Diques Laterales y Obras Conexas" del Proyecto Especial Rio Cachi; Que, la indicada operacion de Endeudamiento Externo ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo 16º de la Ley Nº 27012; Que, mediante Acuerdo del Comite de MORDAZA creado por Ley Nº 25303, se ha resuelto autorizar el debito automatico en la Cuenta Principal que el Tesoro Publico mantiene en el Banco de la Nacion, para efectos de la atencion del servicio de la deuda derivada de la mencionada operacion de Endeudamiento Externo, de ser necesario; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Credito Publico y la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 5 y la Ley Nº 27012; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase la operacion de Endeudamiento Externo a ser acordada entre la Republica del Peru y la Republica Federal de Brasil, hasta por US$ 26 655 073,00 (VEINTISEIS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SETENTA Y TRES y 00/100 DOLARES AMERICANOS) destinada a financiar parcialmente, la ejecucion de las obras "Presa Cuchoquesera, Diques Laterales y Obras Conexas" del Proyecto Especial Rio Cachi. El prestamo sera cancelado en un plazo de 10 (diez) anos, que incluye 2 (dos) anos y 6 (seis) meses de MORDAZA, mediante 16 (dieciseis) cuotas semestrales, iguales y consecutivas, venciendo la primera a los 30 (treinta) meses de la fecha de firma del Contrato de Prestamo; devengandose una tasa de interes anual, LIBOR a 60 (sesenta) meses, la misma que se fijara en la fecha del primer desembolso y regira durante todo el periodo del financiamiento. Los intereses seran pagados mediante cuotas semestrales a partir de la fecha de firma del Contrato de Prestamo. Articulo 2º.- La Unidad Ejecutora de las obras "Presa Cuchoquesera, Diques Laterales y Obras Conexas" sera el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, a traves del Proyecto Especial Rio Cachi. Articulo 3º.- Designase al Banco de la Nacion como Agente Financiero del Estado en la operacion de endeudamiento externo que se aprueba en este dispositivo legal y, en consecuencia, esta facultado para suscribir la documentacion que se requiera para implementar la citada operacion. Articulo 4º.- Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas o a quien el designe a suscribir, en representa-

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