Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 1999 (26/02/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, viernes 26 de febrero de 1999

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION SUPREMA Nº 040-99-PROMUDEH

Articulo 2º.- Los titulares de licencias de operacion de plantas de procesamiento y los que presten servicios de pesaje de recursos hidrobiologicos, quedan obligados ante la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero a entregar, conforme se establezca, el certificado otorgado por el INDECOPI o empresas acreditadas por dicho instituto sobre afericion y calibracion de los instrumentos de pesaje, los cuales tendran una validez de hasta 6 meses. Articulo 3º.- La inoperatividad por causa fortuita de los instrumentos de pesaje discontinuo automatico, debera ser comunicada de modo inmediato por los titulares de los establecimientos industriales pesqueros o de los servicios de pesaje, a la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero, asi como proceder a su reparacion a fin de actualizar la certificacion respectiva, de ser el caso. Articulo 4º.- La MORDAZA de seguridad de pesaje electronico por tolva que garantiza la veracidad de los datos, sera recabada en las plantas pesqueras o en los servicios de pesaje, segun corresponda, por el personal autorizado del Ministerio de Pesqueria o de las Direcciones Regionales, siempre que esta MORDAZA le sea delegada expresamente. En caso no ser posible el recojo de la citada MORDAZA de seguridad, esta debera ser remitida conforme se solicite por la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero o la Direccion Regional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) 2673

MORDAZA, 25 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que por Decreto Legislativo Nº 830 se aprobo la Ley del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, cuya estructura organica considera entre sus Organos de Alta Direccion, al Consejo Directivo; Que es necesario designar a un miembro del referido Consejo Directivo a fin de conformarlo en su integridad; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 Decreto Legislativo Nº 830, Decreto Legislativo Nº 866, modificado por Decreto Legislativo Nº 893; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar, a partir de la fecha, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MEREA, como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica

PROMUDEH
Aceptan renuncia y designan miembro del Consejo Directivo del INABIF
RESOLUCION SUPREMA Nº 039-99-PROMUDEH MORDAZA, 25 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Suprema Nº 162-96-PRES, de fecha 14 de agosto de 1996, se designo a don MORDAZA MORDAZA Cilloniz MORDAZA, como Miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF; Que el mencionado profesional ha presentado renuncia a la indicada designacion; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Legislativo Nº 830, Decreto Legislativo Nº 866, modificado por Decreto Legislativo Nº 893; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por don MORDAZA MORDAZA CILLONIZ MORDAZA, como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA CUCULIZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 2702

MORDAZA MORDAZA CUCULIZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 2703

RELACIONES EXTERIORES
Delegan facultades a Embajador para suscribir Convenio para Combatir el Uso Indebido, la Produccion y el Trafico Ilicitos de Drogas, entre la Republica del Peru y la Republica de Costa Rica
RESOLUCION SUPREMA Nº 074-99-RE MORDAZA, 25 de febrero de 1999 Vistos el Memorandum (DGM-DRO) Nº 057-99, de 15 de febrero de 1999, de la Direccion General de Politica Multilateral, y la Hoja de Tramite (GAC) Nº 0401, de 16 de febrero de 1999, del Gabinete de Coordinacion del senor Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores; Debiendo suscribirse el "Convenio para Combatir el Uso Indebido, la Produccion y el Trafico Ilicitos de Drogas entre la Republica del Peru y la Republica de Costa Rica"; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y el Decreto Supremo Nº 517, de 5 de noviembre de 1954; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1º.- Delegar en la persona del senor MORDAZA Varillas MORDAZA, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica de Costa Rica, las facultades suficientes para suscribir en representacion del

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