Norma Legal Oficial del día 01 de julio del año 1999 (01/07/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 1 de MORDAZA de 1999

Por Resolucion Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros se dictaran las disposiciones que fueran necesarias para el cumplimiento de la presente disposicion". DISPOSICION COMPLEMENTARIA Unica.- La ejecucion del gasto referido al rubro de bienes de capital se orientara a la adquisicion de un inmueble de propiedad del Estado. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los diez dias del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA MARCENARO FRERS Presidente a.i. del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA OROPEZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas 8605

MORDAZA MORDAZA OROPEZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA MORDAZA, 30 de junio de 1999. Cumplase, comuniquese, registrese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 8606

DECRETOS DE URGENCIA
Prorrogan plazo de regimen de proteccion legal patrimonial establecido mediante el D.U. Nº 017-99
DECRETO DE URGENCIA Nº 038-99 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Gobierno ha dictado el Decreto Legislativo Nº 802, asi como diversos dispositivos legales orientados a contribuir al saneamiento economico y financiero de las empresas agrarias azucareras, facilitando su transformacion y desarrollo, con la participacion de los agentes inversionistas del sector privado; Que, dentro de las normas que conforman el MORDAZA legal aplicable al MORDAZA de saneamiento al que se hace referencia en el considerando precedente, se encuentra el regimen de proteccion legal patrimonial establecido en el Articulo 6º del Decreto de Urgencia Nº 112-96 y normas complementarias, cuyo plazo de vigencia ha sido programado hasta el 30 de junio de 1999 en virtud del Decreto de Urgencia Nº 017-99, siendo necesario prorrogar dicho plazo para alcanzar los fines propuestos; En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Extiendase hasta el 31 de diciembre de 1999 la proteccion legal patrimonial dispuesta por el Articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 017-99, sin contradecir la precision senalada en el Articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 020-99. Articulo 2º.- El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Agricultura, y entrara en vigencia el dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 8607

RESOLUCION LEGISLATIVA Nº 27149
LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolucion Legislativa siguiente:

RESOLUCION LEGISLATIVA QUE AUTORIZA AL SENOR PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA VIAJAR A LOS ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA DEL 2 AL 5 DE MORDAZA DE 1999
La Comision Permanente del Congreso de la Republica, de conformidad con lo prescrito en el inciso 9) del Articulo 102º y en el Articulo 113º de la Constitucion Politica del Peru, y en la Ley Nº 26656, ha resuelto acceder a la peticion formulada por el senor Presidente Constitucional de la Republica y, en consecuencia, autorizarlo para que se ausente del MORDAZA del 2 al 5 de MORDAZA, para atender asuntos familiares. La presente Resolucion Legislativa entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los treinta dias del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA MARCENARO FRERS Presidente a.i. del Congreso de la Republica

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