Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 1999 (04/09/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 4 de setiembre de 1999

El escrito presentado el 13 de agosto de 1999, por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA saliente del Concejo Distrital de Yanas, de la provincia de Dos de MORDAZA, quien solicita se le permita cumplir con el acto de transferencia municipal, pidiendo se desbloquee las cuentas del Concejo Distrital del Banco de la Nacion, y se precise la fecha limite de entrega de cargos; Los escritos presentados el 19 y 20 de agosto del ano que corre, por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien pide que se desestime el pedido de nulidad de elecciones que formula MORDAZA MORDAZA Borrovich, asi como tambien que se desestime el pedido del MORDAZA cesante de Yanas, MORDAZA MORDAZA Pacheco; CONSIDERANDO: Que, el recurso de nulidad de las Elecciones Municipales Complementarias de Yanas, presentado por Elvino MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se sustento en que 1) no existio coordinacion por parte de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales, permitiendo, por ejemplo, la instalacion de mesas hasta dos horas despues de la hora oficial de inicio; 2) los miembros de mesas no han pegado los resultados en los locales de votacion por intimidacion de los funcionarios de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales; 3) los empleados de dicha oficina no han publicado los resultados finales totales de las elecciones; 4) el jefe de la ODPE abandono el distrito de Yanas el mismo dia de las elecciones; 5) el conteo de votos efectuado por la mencionada oficina ha estado parcializado en favor de la Agrupacion Independiente "Movimiento Independiente Somos Peru", toda vez que los ganadores se reunieron a celebrar con los empleados y jefe de ODPE; 6) se ha encontrado a la Agrupacion Independiente "Movimiento Independiente Somos Peru", haciendo propaganda el mismo dia de las elecciones, obligando a votar por su lista, mediante soborno e intimidacion; Que, como pruebas de su recurso el impugnante presento ante el MORDAZA Electoral Especial de Dos de MORDAZA, 20 declaraciones juradas de ciudadanos que refieren los hechos senalados en el considerando precedente, 10 fotos mostrando la parte exterior de locales de mesas de sufragio, donde no se habrian pegado los resultados de votacion; MORDAZA de un informe del Fiscalizador Electoral de la provincia de Dos de MORDAZA, un acta de constatacion firmado por los miembros del MORDAZA Electoral Especial indicando que la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales impidio el pegado de resultados y una MORDAZA expedida por el Gobernador senalando que un representante de la Agrupacion Independiente "Movimiento Independiente Somos Peru", entregaba dinero a cambio de que apoyen en la votacion; Que, la prueba documental del impugnante no acredita los hechos que senala en su recurso, por lo que no se advierte la ocurrencia de graves irregularidades que vicien el MORDAZA electoral desarrollado en el distrito de Yanas, asi como tampoco se ha encontrado observaciones al escrutinio en las Actas Electorales contenidas en los "sobres verdes" de este MORDAZA Nacional de Elecciones, mas aun si efectuado un computo con dichas actas, los resultados obtenidos confirman que la proclamacion efectuada por el MORDAZA Electoral Especial de Dos de MORDAZA, es conforme; observandose finalmente que el impugnante no ha adjuntado a su recurso de nulidad el empoce correspondiente en el Banco de la Nacion; por lo que su recurso resulta improcedente; Que, por Resolucion Nº 12-99-PJEEPDM del 19 de MORDAZA de 1999, el Presidente del MORDAZA Electoral Especial de Dos de MORDAZA dispuso que se eleve el recurso al MORDAZA Nacional de Elecciones, sin resolver sobre el fondo, y por Resolucion Nº 13-99-JEEPDM, del 21 de dicho mes y ano, dejo sin efecto la Resolucion Nº 12-99-PJEEPDM, y declaro improcedente el recurso de nulidad referido; Que, en cuanto al bloqueo de las cuentas del Municipio de Yanas, dispuestas a solicitud del MORDAZA MORDAZA, que refiere MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, es de verse que la Ley Nº 26997, no establece que el MORDAZA MORDAZA tenga la facultad de disponer dicho bloqueo, debiendo tener presente los funcionarios del Banco de la Nacion lo que dispone el Articulo 7º de la referida Ley;

El MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar improcedente el recurso de nulidad de las Elecciones Municipales Complementarias del distrito de Yanas, solicitado por Elvino MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal de la lista independiente "Hijos Organizados Yanas HOY". Articulo Segundo.- Confirmar el acta de proclamacion de fecha 6 de MORDAZA de 1999, del MORDAZA Electoral Especial de Dos de MORDAZA, debiendo instalarse el MORDAZA Concejo Municipal, al dia siguiente de publicada la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Declarar que carece de objeto pronunciarse sobre las Resoluciones Nºs. 12 y 13-99PJEEPDM, de fechas 19 y 21 de MORDAZA de 1999, expedidas por el presidente del MORDAZA Electoral Especial de Dos de MORDAZA por ser competencia de este Supremo Tribunal Electoral resolver sobre la nulidad de elecciones. Articulo Cuarto.- Poner en conocimiento del Banco de la Nacion la presente Resolucion, a fin que disponga lo conveniente para facilitar el MORDAZA de transferencia de la Administracion Municipal, conforme lo expresado en el ultimo considerando. Articulo Quinto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias para el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 11306

COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO
Suspenden realizacion de taller sobre proyecto de diagnostico y diseno de despacho fiscal y propuesta de zonificacion
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 649-99-MP-CEMP MORDAZA, 3 de setiembre de 1999 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por razones de servicio es necesario suspender la realizacion del II Taller de Trabajo denominado "ANALISIS Y DISCUSION DEL PROYECTO DE DIAGNOSTICO Y DISENO DEL DESPACHO FISCAL Y PROPUESTA DE ZONIFICACION", materia de la Resolucion Nº 627-99-MP-CEMP de fecha 26 de agosto de 1999; y, estando al Acuerdo Nº 5522 adoptado por unanimidad por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en sesion de la fecha, con dispensa de la lectura el acta; y en uso de las atribuciones que le confiere las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Suspender la realizacion del II Taller de Trabajo denominado "ANALISIS Y DISCUSION DEL PROYECTO DE DIAGNOSTICO Y DISENO

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