Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2000 (01/04/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 1 de MORDAZA de 2000

por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo dispuesto por el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:

Visto el expediente administrativo, en el que se da cuenta de la situacion irregular del inmueble ubicado en MORDAZA Bolognesi Nº 425, distrito de MORDAZA, MORDAZA, ocupado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, incautado por el delito de Trafico Ilicito de Drogas y que en la actualidad se encuentra indebidamente en posesion de la indicada persona y sus familiares; CONSIDERANDO:

Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico, a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA y toda persona que venga ocupando ilegal e indebidamente el inmueble ubicado en MORDAZA Bolognesi Nº 409, distrito de MORDAZA, MORDAZA, incautado por delito de Trafico Ilicito de Drogas en agravio del Estado. Articulo 2º.- Remitase a la Procuraduria Publica a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, los antecedentes y actuados del caso, con transcripcion de la presente Resolucion Ministerial, para su conocimiento y fines del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 3692 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0351-2000-IN/1101 MORDAZA, 27 de marzo del 2000 Visto el expediente administrativo, en el que se da cuenta de la situacion irregular del inmueble ubicado en Av. Manco Capac Nº 756 Int. 07, del distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, ocupado por MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA, incautado por el delito de Trafico Ilicito de Drogas a su propietario MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, y que en la actualidad se encuentra indebidamente en posesion de la indicada persona; CONSIDERANDO: Que, es indispensable garantizar y asegurar la efectividad de la medida precautelatoria de incautacion del inmueble, en concordancia con el D.L. Nº 22095 - Ley General de Drogas, su Reglamento y normas de la materia; Que, el caso se halla previsto en el Art. 7º del Decreto Supremo Nº 039-94-JUS de 22.JUL.94, correspondiendo al Ministerio del Interior interponer las acciones judiciales pertinentes en salvaguarda de los intereses del Estado; Que, en consecuencia, es necesario dictar el acto administrativo que permita la intervencion del Procurador Publico a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, para que inicie las acciones judiciales correspondientes; Estando a lo recomendado por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior (OFECOD); y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo dispuesto por el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:

Que, es indispensable garantizar y asegurar la efectividad de la medida precautelatoria de incautacion del inmueble, en concordancia con el D.L. Nº 22095 - Ley General de Drogas, su Reglamento y normas de la materia; Que, el caso se halla previsto en el Art. 7º del Decreto Supremo Nº 039-94-JUS de 22.JUL.94, correspondiendo al Ministerio del Interior interponer las acciones judiciales pertinentes en salvaguarda de los intereses del Estado; Que, en consecuencia, es necesario dictar el acto administrativo que permita la intervencion del Procurador Publico a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, para que inicie las acciones Judiciales correspondientes; Estando a lo recomendado por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior (OFECOD); y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo dispuesto por el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico, a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA y toda persona que venga ocupando ilegal e indebidamente el inmueble ubicado en MORDAZA Bolognesi Nº 425, distrito de MORDAZA, MORDAZA, incautado por delito de Trafico Ilicito de Drogas en agravio del Estado. Articulo 2º.- Remitase a la Procuraduria Publica a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, los antecedentes y actuados del caso, con transcripcion de la presente Resolucion Ministerial, para su conocimiento y fines del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 3694 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0353-2000-IN/1101 MORDAZA, 27 de marzo del 2000 Visto el expediente administrativo, en el que se da cuenta de la situacion irregular del inmueble ubicado en pasaje MORDAZA MORDAZA Mz. B-81 Lote 16, Pueblo Joven MORDAZA MORDAZA del distrito de MORDAZA MORDAZA, de propiedad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, incautado por el delito de Trafico Ilicito de Drogas y que en la actualidad se encuentra ocupado indebidamente por la senora MORDAZA MORDAZA CUIZANO PAJUELO; CONSIDERANDO:

Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico, a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra la senora MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA y toda persona que venga ocupando ilegal e indebidamente el inmueble ubicado en la Av. Manco Capac Nº 756 - Int. 07, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, incautado por delito de Trafico Ilicito de Drogas en agravio del Estado. Articulo 2º.- Remitase a la Procuraduria Publica a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, los antecedentes y actuados del caso, con transcripcion de la presente Resolucion Ministerial, para su conocimiento y fines del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 3693 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0352-2000-IN/1101 MORDAZA, 27 de marzo del 2000

Que, es indispensable garantizar y asegurar la efectividad de la medida precautelatoria de incautacion del inmueble, en concordancia con el D.L. Nº 22095 - Ley General de Drogas, su Reglamento y normas de la materia; Que, el caso se halla previsto en el Art. 7º del Decreto Supremo Nº 039-94-JUS de 22.JUL.94, correspondiendo al Ministerio del Interior interponer las acciones judiciales pertinentes en salvaguarda de los intereses del Estado; Que, en consecuencia, es necesario dictar el acto administrativo que permita la intervencion del Procurador Publico a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, para que inicie las acciones judiciales correspondientes; Estando a lo recomendado por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior (OFECOD); y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo dispuesto por el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico, a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para que en nombre

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