Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2000 (31/08/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, jueves 31 de agosto de 2000

NORMAS LEGALES

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PRES
Autorizan donacion de inmuebles ubicados en el departamento de MORDAZA a favor de la Universidad Nacional de San MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 015-2000-PRES EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el MORDAZA parrafo del Articulo 14º de la Constitucion Politica del Peru, es deber del Estado promover el desarrollo cientifico y tecnologico del pais; Que, en la MORDAZA Especializada de la Seccion "B" del Proyecto Especial Majes MORDAZA, distrito de Lluta, provincia de Caylloma y departamento de MORDAZA, se encuentran ubicados los terrenos denominados Lote UNSA y Modulo I-BFrutales UNSA, con un area de 46.734 ha. y 55.2655 ha., inscritos en las Fichas Nºs. 71314 y 71302-71302-A del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, respectivamente, a favor de la Autoridad Autonoma de Majes, actualmente Proyecto Especial Majes Siguas; Que, por Oficio Nº 2303-99-R, de fecha 17 de setiembre de 1999, el Rector de la Universidad Nacional de San MORDAZA solicito al Director Ejecutivo del Proyecto Especial Majes MORDAZA la donacion de los precitados Lotes, asi como de la infraestructura de riego e instalaciones fijas existentes sobre los mismos; Que, con fecha 25 de MORDAZA de 1993 el Proyecto Especial Majes MORDAZA celebro un Convenio de Cesion en Uso, de Investigacion y Transferencia de Tecnologia con Universidad Nacional de San MORDAZA, para la utilizacion de los denominados Lotes UNSA Modulo I-B-Frutales UNSA por el plazo de cinco (5) anos, habiendolos orientado a labores de investigacion aplicadas en las diversas areas de la agricultura; Que, en los citados lotes existe infraestructura de riego e instalaciones fijas que son inherentes a las funciones para las cuales estan destinadas, conforme consta de la relacion que en Anexo forma parte del presente Decreto; Que, mediante Carta Nº 076-2000/CEPRI TIERRAS, de fecha 20 de enero del 2000, el Comite Especial de Promocion de la Inversion Privada de Tierras y otros, se pronuncio por la procedencia de la transferencia de los citados lotes, en virtud a que los mismos no se encuentran involucrados, directa o indirectamente, en el plan de promocion de la inversion privada, dispuesta en la Ley Nº 26440; Que, en consecuencia, es conveniente autorizar la transferencia a dicha Universidad solicitante, en calidad de donacion, de los Lotes denominados UNSA y Modulo I-B-Frutales UNSA, con un area de 46.734 ha. y 55.2655 ha., respectivamente, asi como de la infraestructura de riego e instalaciones fijas que se encuentran en los mismos, de propiedad del Proyecto Especial Majes Siguas; Que, el Articulo 110º del Reglamento de Administracion de la Propiedad Fiscal aprobado Decreto Supremo Nº 025-78VC, establece que por Decreto Supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros podran ser autorizadas las donaciones de la propiedad fiscal, en base a los expedientes que seran substanciados ante la Superintendencia de Bienes Nacionales; Que, en virtud del considerando que antecede la Superintendencia de Bienes Nacionales, mediante Oficio Nº 18532000/SBN-OAJ, ha puesto en consideracion del Ministerio de la Presidencia el expediente que substancia la donacion materia del presente Decreto Supremo; Estando a lo Informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; De conformidad con el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y Articulo 110º del Reglamento de Administracion de la Propiedad Fiscal, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-78-VC; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizar la donacion a favor de la Universidad Nacional de San MORDAZA de los lotes de terreno denominados Lote UNSA y Modulo I-B-Frutales UNSA, con un area de 46.734 ha. y 55.2655 ha., inscritos en las Fichas Nºs. 71314 y 71302-71302-A del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, respectivamente, ubicados en la MORDAZA Espe-

cializada de la Seccion "B" del Proyecto Especial Majes MORDAZA, distrito de Lluta, provincia de Caylloma y departamento de MORDAZA propiedad del citado Proyecto, asi como de la infraestructura de riego e instalaciones fijas que se encuentran en dichas parcelas y cuya relacion aparece detallada en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Facultese al Director Ejecutivo del Proyecto Especial Majes MORDAZA, para que formalice la presente donacion, mediante la escritura publica correspondiente, disponiendose su inscripcion en el Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA y en el Margesi de Bienes Nacionales. Articulo 3º.- La Universidad Nacional de San MORDAZA de MORDAZA destinara los bienes donados a las labores de investigacion y experimentacion agropecuaria, asi como a efectuar las acciones de asistencia tecnica a los agricultores del area de su influencia, no pudiendo darle destino diferente ni transferir dichos terrenos bajo ninguna modalidad a favor de terceras personas, naturales o juridicas, bajo sancion de reversion al dominio del Proyecto Especial Majes Siguas. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de la Presidencia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de agosto del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Presidencia 9924

Transfieren diversos inmuebles ubicados en los departamentos de MORDAZA y MORDAZA a favor del Ministerio de Economia y Finanzas/ FONAVI en Liquidacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 177-2000-PRES MORDAZA, 28 de agosto del 2000 Visto, el expediente del Programa de Vivienda H.U.P. "Villa Maria" - Sector A, ubicado en el distrito de MORDAZA Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, el terreno de 112 520,56 m2, ubicado en el distrito de MORDAZA Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA, no se encuentra inscrito en la Oficina Registral Regional de la Region Chavin; Que, el Estado es propietario de los terrenos denominados "Pampas de Chimbote y Rio Seco", inscritos en el Asiento 50, Fojas 304 del Tomo 2 del Registro de la Propiedad Inmueble de Chimbote; Que, con Oficio Nº 0777-00-COFOPRI CHIMBOTE, de fecha 30 de junio del 2000, la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, manifiesta que el terreno descrito en el primer considerando se encuentra comprendido en los terrenos denominados "Pampas de Chimbote y Rio Seco"; Que, en el "Programa de Vivienda H.U.P. "Villa Maria" Sector A, se ha detectado la existencia de contratos de compraventa a plazos con garantia hipotecaria, otorgados por el Banco de la Vivienda del Peru - BANVIP, representado por la Empresa Nacional de Edificaciones - ENACE, la misma que ha efectuado las obras de habilitacion con recursos del Fondo Nacional de Vivienda - FONAVI; Que, ademas de existir los contratos MORDAZA referidos, se ha verificado la existencia de contratos suscritos posteriormente entre el Ministerio de la Presidencia - Cuenta FONAVI y particulares, como compradores-prestatarios; Que, mediante Ley Nº 27044 se declara de necesidad y utilidad publica el saneamiento legal de las unidades inmobiliarias de propiedad de las cuentas del Fondo Nacional de Vivienda - FONAVI disponiendose su inscripcion a nombre del Ministerio de Economia y Finanzas/FONAVI en Liquidacion;

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