Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2000 (08/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, sabado 8 de enero del 2000

NORMAS LEGALES
DECRETA:

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incrementen el patrimonio de la Municipalidad y/o esten vinculados directamente con las prestaciones que esta brinda; siendo facultad de la Municipalidad de Chaclacayo aceptar total o parcialmente, o rechazar las solicitudes que presenten los Contribuyentes con tal finalidad. Articulo 2º.- Las solicitudes presentadas seran evaluadas y calificadas por una Comision Tecnica, con cuyo dictamen se emitira la respectiva Resolucion de Alcaldia. El pago se entendera efectuado siempre y cuando exista conformidad del bien y/o servicio por parte del Area usuaria, en cuyo caso se expedira Resolucion de Alcaldia, dando por cancelada la deuda tributaria. Articulo 3º.- La Comision Tecnica estara integrada por: - Directora Municipal, quien la presidira. - Jefe de la Oficina de Rentas, quien actuara como Secretario. - Jefe de la Oficina de Presupuesto, Planificacion y Racionalizacion, Integrante. - Jefe de la Oficina de Administracion, Integrante. - Directora de Servicios a la Comunidad, Integrante. Articulo 4º.- Las solicitudes que se encuentren en tramite se adecuaran a las disposiciones de la presente Ordenanza, ratificandose los Convenios suscritos por la Administracion con anterioridad a su entrada en vigencia. Articulo 5º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 0151

Articulo Primero.- AMPLIAR el horario establecido en el Articulo 5º de la Ordenanza Nº 026-99/CDLO para el Servicio de Estacionamiento Vehicular, el cual sera prestado de lunes a MORDAZA, incluido feriados, durante las 24 horas del dia. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Direccion de Rentas, Direccion de Desarrollo MORDAZA y Oficina de Administracion, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto y a la Unidad de Imagen Institucional la difusion del mismo. POR TANTO: Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 0150

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Establecen disposiciones sobre contaminacion ambiental producida por vehiculos motorizados
ACUERDO DE CONCEJO Nº 060-99-MDR MORDAZA, 15 de MORDAZA de 1999 EL CONCEJO DISTRITAL DEL MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, bajo la Presidencia de la senora Alcaldesa de la Municipalidad del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la asistencia de los senores Regidores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunton, MORDAZA MORDAZA Castaneda MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Armijo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Pintado de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lazo. VISTO:

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Amplian horario del servicio de estacionamiento vehicular en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-99-MDLO/ALC Los MORDAZA, 30 de diciembre de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTOS: Los Informes Nº 1635-99/MDLO/DR de la Direccion de Rentas, Nº 778-99-MDLO/OAL de la Oficina de Asesoria Legal, Proveido Nº 1738-99 de Direccion Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 026-99/CDLO, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de agosto de 1999, se establecio en la jurisdiccion del distrito de Los MORDAZA el tributo denominado "Tasa de Parqueo Vehicular", el cual se cobra por el Servicio de Estacionamiento Vehicular que brinda la Municipalidad en diversas zonas habilitadas para tal fin, estableciendose en su Articulo 5º que el horario del mismo sera de 12 horas, que van desde las 08.00 a.m. hasta las 08.00 p.m. de lunes a MORDAZA, incluyendo los dias feriados; Que, a traves del Informe de Vistos, la Direccion de Rentas opina que se hace necesario ampliar el horario de prestacion de servicio descrito en el Considerando precedente de 12 a 24 horas, en razon de haberse detectado que a toda hora se realizan actividades comerciales; de esta forma se evitara la congestion vehicular y se mejorara la recaudacion por el cobro del derecho correspondiente. En tal sentido, debe emitirse el respectivo Decreto de Alcaldia, en virtud a la delegacion conferida al Despacho de Alcaldia en el Articulo 15º de la Ordenanza Nº 026-99/ CDLO; Que, el Despacho de Direccion Municipal, mediante el Proveido Nº 1738-99, ordena se proyecte el Decreto de Alcaldia aprobando la ampliacion de horario para la prestacion del Servicio de Estacionamiento Vehicular; Que, mediante Informe Nº 778-99-MDLO-OAL, la Oficina de Asesoria Legal opina que en virtud a la facultad conferida en el Articulo 15º de la Ordenanza Nº 026-99/CDLO, procede que el Despacho de Alcaldia establezca, via Decreto de Alcaldia, la ampliacion del horario para el cobro de la Tasa de Estacionamiento Vehicular en el distrito; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 111º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853;

El Proyecto de Ordenanza presentada por el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre Control de Gases Toxicos en la Jurisdiccion del distrito; CONSIDERANDO: Que, el Art. 191º de la Constitucion Politica del Estado concordado con el Art. 2º de la Ley Organica de Municipalidades, senala que las Municipalidades Provinciales, Distritales y las Delegadas conforme a ley, son los organos de Gobierno Local, que emanan de la voluntad popular. Son personas de derecho publico con autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, debido a las constantes quejas de vecinos, comerciantes y peatones con respecto a la contaminacion del aire producido especialmente por el MORDAZA Automotor, las fabricas y otros, que arrojan gases toxicos como el monoxido de carbono, el bioxido de carbono, el plomo, etc., y que el viento los incluye en la atmosfera, produciendo efectos negativos contra la salud, como quemaduras en la piel, alergias, asfixia, esputo negruzco, ronquera, broncoespasmo, edema pulmonar, se requiere dictar la presente ordenanza, a fin de controlar la contaminacion ambiental; Que, el Art. 66º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 precisa que son funciones de la Municipalidad normar y controlar las actividades relacionadas con el saneamiento ambiental; Que, corresponde a las Municipalidades procurar el bienestar de los vecinos, velar por su seguridad, tranquilidad, salud y saneamiento ambiental, y promover el desarrollo integral y armonico de los componentes de la localidad en la circunscripcion de su jurisdiccion; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 23853 Ley Organica de Municipalidades y con el MORDAZA Unanime de los miembros del Concejo; ACUERDA: Articulo Primero.- PROHIBIR la circulacion de vehiculos motorizados que transiten por la Jurisdiccion del MORDAZA, que tengan una emision de monoxido de carbono, por encima del 6% en volumen, considerandose este porcentaje como limite MORDAZA permisible. Articulo Segundo.- SANCIONAR a los infractores de la prohibicion senalada en el presente acuerdo, con una multa

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