Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2000 (10/02/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 10 de febrero de 2000

MORDAZA como Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalia Provincial Mixta de Gran Chimu, Distrito Judicial de La MORDAZA, de conformidad con lo dispuesto por la Disposicion Transitoria y Final de la Ley Nº 27009; y, De conformidad con lo establecido en el Articulo 159º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Legislativo Nº 52 - Ley Organica del Ministerio Publico; la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, estando al Acuerdo Nº 1077 adoptado por unanimidad en Sesion de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; dejandose MORDAZA que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ferreyra, Fiscal Supremo y Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, se encuentra de vacaciones; y, en uso de las atribuciones que le confieren las Leyes Nº 26623, Nº 26695, Nº 26738 y Nº 27009; RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalia Provincial Mixta de Gran Chimu, Distrito Judicial de La MORDAZA, materia de la Resolucion Nº 279-97-MP-FN-CEMP, de fecha 7 de MORDAZA de 1997. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolucion a los senores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidente del Consejo de Coordinacion Judicial, Presidente de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Secretario Ejecutivo de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico y Titular del Pliego, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Presidente de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, Fiscal Superior Encargado de la Gestion de Gobierno Delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en el Distrito Judicial de La MORDAZA y del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Supremo (P) - y Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo y Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 1621

Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 152-78-EF/ 94.10 de fecha 8 de noviembre de 1978, se autorizo a Pandero S.A. EAFC a funcionar como empresa administradora de fondos colectivos; Que, acogiendose al regimen especial dispuesto mediante Resolucion CONASEV Nº 084-99-EF/94.10 para aquellas empresas administradoras de fondos colectivos que fortalezcan su situacion patrimonial y de garantias, Pandero S.A. EAFC con fecha 7 de diciembre de 1999 solicito a CONASEV la autorizacion de un MORDAZA programa denominado "Pandero VW-IV",el mismo que tiene por objeto adjudicar a cada asociado un Certificado de Compra en Dolares de los Estados Unidos de Norteamerica, destinado a la adquisicion de un vehiculo MORDAZA de la MORDAZA Volkswagen con proveedor predeterminado; Que, luego de evaluada la documentacion presentada por Pandero S.A. EAFC se ha determinado que la empresa cumple con los requisitos de capital, patrimonio y garantia exigidos para acceder al regimen especial; Que, asimismo, Pandero S.A. EAFC ha cumplido con los requisitos exigidos por la normatividad vigente para la autorizacion de un programa, por lo que corresponde aprobar el programa denominado "Pandero VW-IV"; y, Estando a lo dispuesto en los Articulos 13º y 15º del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 73097-EF/94.10; Articulos 1º, 2º y 5º de la Resolucion CONASEV Nº 084-99-EF/94.10; Texto Unico de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-98-EF; asi como a las facultades otorgadas a la Gerencia de Intermediarios y Fondos mediante Acuerdo Nº 118-99 del Directorio de esta Institucion, reunido en sesion de fecha 6 de MORDAZA de 1999; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a Pandero S.A. EAFC la administracion del programa denominado "Pandero VW-IV", bajo el Sistema de Certificado de Compra con proveedor predeterminado, cuyas caracteristicas son las siguientes:
Denominacion Objeto Pandero VW-IV Adjudicar a cada asociado un Certificado de Compra en dolares americanos, destinado a la adquisicion de un vehiculo MORDAZA de la MORDAZA Volkswagen. De US$ 10 000 a US$ 30 000 Al interior de cada grupo, el certificado de compra de menor valor no podra ser inferior al cincuenta por ciento (50%) del certificado de compra de mayor valor. Al interior de cada grupo, el numero de valores del certificado de compra no podra exceder a ocho (8) valores distintos. Numero de Asociados Duracion del Grupo Cuota de Inscripcion 180 60 meses Hasta el seis por ciento (6%) del valor del Certificado de Compra, estando facultada la Administradora a dividir el pago hasta en cinco (5) armadas. A la entrega del bien adjudicado, el asociado debera haber cancelado la totalidad de la cuota de inscripcion. Equivalente al valor del certificado de compra dividido entre el numero de meses de duracion del grupo. Hasta el 24% del valor de la cuota capital mensual. Estaran exonerados de este pago, los asociados que abonen su cuota mensual hasta el dia de vencimiento. Equivalente a la sumatoria de la cuota capital mas la cuota de administracion. Tres (3): Una (1) por sorteo y dos (2) por remate, mas aquellas que permita el fondo colectivo.

Valor del Certificado

CONASEV
Autorizan a Pandero S.A. EAFC administrar programa para la adquisicion de vehiculos
RESOLUCION GERENCIAL Nº 008-2000-EF/94.55 MORDAZA, 4 de febrero de 2000 VISTOS: El Expediente Nº 1999/00687 iniciado por la empresa Pandero S.A. EAFC y el Informe Nº 003-2000-EF/94.55.2 de fecha 24 de enero de 2000, presentado por la Subgerencia de Fondos; con la opinion favorable del Responsable Legal; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Articulo 2º del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, corresponde a esta Comision Nacional reglamentar y controlar las actividades de las empresas administradoras de fondos colectivos;
Cuota Total Numero y Modalidad de Adjudicaciones Cuota Capital

Cuota de Administracion

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