Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2000 (23/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, MORDAZA 23 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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Sancionan con multa a propietario de la empresa Inkatrek Tour Operador
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 323-2000-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 13 de MORDAZA del 2000 Vistos, el Informe Nº 001-99-MITINCI/VMT/DNT/ DAN/SDNPT/INSP, de fecha 18 de enero de 1999, sobre infracciones cometidas por diversas empresas, asi como el Expediente Nº 012637 de fecha 21 de diciembre de 1998; CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente Nº 012637, se informa a la Direccion Nacional de Turismo, sobre la realizacion de actividades propias a una agencia de viajes y turismo, por parte de la empresa con nombre comercial INKATREK, con domicilio en MORDAZA Alcanfores Nº 267, Miraflores; Que, en ejercicio de las funciones de supervision conferidas a la Direccion Nacional de Turismo, con fecha 13 de enero de 1999 se llevo a cabo inspecciones a diversas empresas ubicadas en la MORDAZA de Lima; Que, en dichas inspecciones se comprobo mediante Acta de Inspeccion Nº 001-99/DNT-DAN, que la Razon Social MORDAZA MORDAZA MORDAZA propietario de la empresa con nombre comercial INKATREK TOUR OPERADOR, ubicada en MORDAZA Alcanfores Nº 267, Of. 104, Miraflores, MORDAZA, viene ejerciendo actividades propias de una Agencia de Viajes y Turismo, sin haberse constituido formalmente como tal; Que, en dicha oportunidad, se pudo recabar MORDAZA del Registro Unificado Nº 000 12F4427, que senala como actividad principal, el alquiler de equipos deportivos, y propaganda ofreciendo viajes, excursiones y campamentos; Que, el Decreto Supremo Nº 021-92-ICTI, Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo, y la Ley Nº 26935, establecen los requisitos necesarios para constituirse y prestar servicios propios de Agencias de Viajes y Turismo, entre ellos, el contar con la Carta Fianza; Que, se ha verificado que la Razon Social MORDAZA MORDAZA MORDAZA propietario de la empresa con nombre comercial INKATREK TOUR OPERADOR ubicada en MORDAZA Alcanfores Nº 267, Of. 104, Miraflores, MORDAZA, no cuenta con Carta Fianza, requisito exigido por el Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo y la Ley Nº 26935 vigentes; Que, la documentacion sustentatoria presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su calidad de Director Gerente de la empresa INKATREK TOUR OPERADOR, confirman que la citada empresa no cuenta con el documento senalado, y no obstante, brinda servicios inherentes a una Agencia de Viajes y Turismo; Que, en consecuencia, la empresa INKATREK TOUR OPERADOR ha incurrido en infraccion senalada en el inciso k), numeral II, Articulo 1º de la Escala de Infracciones y Sanciones aprobada por Resolucion Ministerial Nº 091-93-ITINCI/DM, al prestar servicios de Agencia de Viajes y Turismo sin estar autorizada; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 021-92ICTI, Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo, sus modificatorias, la Escala de Infracciones y Sanciones de Agencias de Viajes y Turismo, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 091-93-ITINCI/DM, y la Ley Nº 26935; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar con multa equivalente a UNA Y MEDIA (1.5) UIT, a la Razon Social MORDAZA MORDAZA MORDAZA propietario de la empresa INKATREK TOUR OPERADOR, con domicilio en MORDAZA Alcanfores Nº 267, Of. 104, Miraflores, MORDAZA, representada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El importe de la misma se efectivizara considerando la UIT vigente al momento de su cancelacion, debiendo ser depositada en la Cuenta Nº 00044-

107-0019-58 del Banco Wiese Sudameris, en un plazo no mayor de 30 dias calendario, contados desde la recepcion de la presente. Articulo 3º.- La Razon Social MORDAZA MORDAZA MORDAZA, propietario de la empresa INKATREK TOUR OPERADOR debera remitir a la Tesoreria del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales y a la Direccion Nacional de Turismo, MORDAZA de la Boleta de Deposito correspondiente, en un plazo no mayor de 3 dias habiles, contados desde la fecha de efectuado el deposito, bajo apercibimiento de iniciar el MORDAZA de cobranza coactiva. Articulo 4º.- Transcribir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria y a la Municipalidad Distrital de Miraflores, para los fines de ley. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA DEL MORDAZA VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 8358

Autorizan a Inversiones La MORDAZA S.A. la explotacion de maquinas tragamonedas en establecimiento ubicado en el distrito de Miraflores, provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 326-2000-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 17 de MORDAZA del 2000 Vistos, el Expediente Nº 008320-2000-MITINCI presentado por la empresa Inversiones La MORDAZA S.A. solicitando autorizacion para la explotacion de maquinas tragamonedas en el Hotel 5 Estrellas "Lima Marriott Hotel", ubicado en la avenida Malecon de la Reserva Nº 615, distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, y los Informes Tecnico Nº 075-2000-DEJCMT/FA, Financiero Nº 033-2000-DEJCMT/LAT y Legal Nº 0642000-DEJCMT/CFS; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27153 se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendo los requisitos y documentos requeridos para obtener una autorizacion para explotar maquinas tragamonedas e indicando como autoridad competente para esta materia a la Direccion Nacional de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; Que, asimismo, mediante el Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI, se faculta a la Direccion Nacional de Turismo a permitir hasta el 31 de MORDAZA del 2000, la explotacion de maquinas tragamonedas o memorias de solo lectura que no correspondan a modelos y programas de juego autorizados y registrados; Que, de la evaluacion de la documentacion e informacion presentada por la empresa Inversiones La MORDAZA S.A. en el Expediente Nº 008320-2000-MITINCI se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para obtener la autorizacion para explotar maquinas tragamonedas; Que, siendo la Direccion Nacional de Turismo la autoridad administrativa competente para otorgar autorizaciones para explotar maquinas tragamonedas en el MORDAZA, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con las Leyes Nº 27153 y Nº 27232 y los Decretos Supremos Nº 001-2000-ITINCI, Nº 0042000-ITINCI y Nº 002-94-JUS; estando a lo opinado mediante los Informes Tecnico Nº 075-2000-DEJCMT/ FA, Financiero Nº 033-2000-DEJCMT/LAT y Legal Nº 064-2000-DEJCMT/CFS;

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